NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (26/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 61
61 NORMAS LEGALES Viernes 26 de setiembre de 2025 El Peruano / N° 000185-2025-UMGC-MIGRACIONES, que contiene el Informe N° 000015-2025-ECR-UMGC-MIGRACIONES de su Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad, que señala que el proyecto de Protocolo de Veri fi cación y Fiscalización Migratoria a Establecimientos de Hospedaje y Arrendamiento de Inmuebles a Extranjeros se ha actualizado considerando las disposiciones establecidas en la Directiva E04.OPP.DI.001-Lineamientos para la gestión de la Información Documentada; que corresponde aprobarse dicho instrumento mediante resolución de superintendencia, por tratarse de un documento normativo que contiene lineamientos de trascendencia e implicancia en la materia migratoria; debiendo además, dejarse sin efecto la versión 02 del Protocolo de Veri fi cación y Fiscalización Migratoria a Establecimiento de Hospedajes y Arrendamiento de Inmuebles a Extranjeros, con código S08.DGTFM.PTL.001; Que, en atención a lo sustentado por la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria, la Dirección de Operaciones y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Asesoría Jurídica con Informe Nº 000568-2025-OAJ-MIGRACIONES considera que resulta jurídicamente viable la aprobación del Protocolo Verifi cación y Fiscalización Migratoria a Establecimientos de Hospedaje y Arrendamiento de Inmuebles a Extranjeros, con código S08.DGTFM.PTL.001, versión 03, y dejar sin efecto el Protocolo de Veri fi cación y Fiscalización Migratoria a Establecimientos de Hospedajes y Arrendamiento de Inmuebles a Extranjeros, con código S08.DGTFM.PTL.001, versión 02, aprobado en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 000216-2024-MIGRACIONES; Que, el literal i) del artículo 11 del Texto Único Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES señala como parte de las funciones del Despacho de la Superintendencia Nacional el emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia, en concordancia con el artículo 10 del referido documento en el que se prescribe que el Despacho del Superintendente Nacional es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; Con los vistos de la Gerencia General, la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria, la Dirección de Operaciones, las O fi cinas de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; el Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, publicado a través de la Resolución de Superintendencia Nº 000031-2025-MIGRACIONES; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Protocolo de Veri fi cación y Fiscalización Migratoria a Establecimientos de Hospedaje y Arrendamiento de Inmuebles a Extranjeros, con código S08.DGTFM.PTL.001, versión 03, que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 000216-2024-MIGRACIONES, que aprueba el Protocolo de Veri fi cación y Fiscalización Migratoria a Establecimientos de Hospedaje y Arrendamiento de Inmuebles a Extranjeros, con código S08.DGTFM.PTL.001, versión 02. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación que efectúe la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe), y en el Portal de Trasparencia Estándar . Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO BENJAMIN GARCIA CHUNGA Superintendente 2442299-1PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Prorrogan el funcionamiento de la Primera, Tercera y Cuarta Salas de Derecho Constitucional y Social Transitorias; y la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000354-2025-CE-PJ Lima, 24 de setiembre del 2025VISTA:La Resolución Administrativa N° 000210-2025-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero.- Que, mediante Resolución Administrativa N° 000210-2025-CE- PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogó a partir del 1 de julio de 2025 y por el término de tres meses, el funcionamiento de la Primera, Tercera y Cuarta Salas de Derecho Constitucional y Social Transitorias; y la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente. Segundo.- Que, teniendo en consideración que aún queda considerable número de expedientes pendientes de resolver en los mencionados órganos jurisdiccionales; resulta necesario disponer la prórroga del funcionamiento de las mencionadas Salas Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses; de conformidad con lo establecido en el artículo 82, inciso 18), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Tercero.- Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1302-2025 de la cuadragésima sexta sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, llevada a cabo en la Corte Superior de Justicia de Apurímac, de fecha 22 de setiembre de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de octubre de 2025 y por el término de tres meses, el funcionamiento de la Primera, Tercera y Cuarta Salas de Derecho Constitucional y Social Transitorias; y la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente. Artículo Segundo.- Noti fi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las mencionadas Salas Supremas, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes.