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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (26/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Viernes 26 de setiembre de 2025 El Peruano / Asuntos Internacionales, para participar en el Seminario Internacional “Integridad y Control en Democracia: Encuentro regional de Parlamentos y Entidades Fiscalizadoras Superiores”, a realizarse el día 9 de octubre de 2025, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, sustentada a través de la Hoja Informativa N° 000039-2025-CG/CASI, de la Subgerencia de Cooperación y Asuntos Internacionales; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y de acuerdo con la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; así como la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Mariela Angelica del Carmen Farro Torres, Subgerenta de la Subgerencia de Cooperación y Asuntos Internacionales y del señor Joao Manuel Pacheco Castro, Subgerente de la Subgerencia de Coordinación Parlamentaria, de la Contraloría General de la República, del 7 al 10 de octubre de 2025, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores Edmundo Alberto Guardia Yzaguirre, Ejecutivo de Alta Dirección del Despacho del Contralor y Fernando Joel Márquez Morán, Ejecutivo de Alta Dirección del Despacho del Contralor, de la Contraloría General de la República, del 8 al 10 de octubre de 2025, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán fi nanciados con recursos del Pliego 019: Contraloría General, según detalle siguiente: - Mariela Angelica del Carmen Farro Torres, Subgerenta de la Subgerencia de Cooperación y Asuntos Internacionales y Joao Manuel Pacheco Castro, Subgerente de la Subgerencia de Coordinación Parlamentaria: viáticos por un importe de US$ 630.00 (2 días), gastos de instalación por un importe de US$ 315.00 (1 día) y pasajes aéreos por un importe de S/ 2,862.85 (Dos mil ochocientos sesenta y dos y 85/100 soles), por cada participante. - Edmundo Alberto Guardia Yzaguirre y Fernando Joel Márquez Morán, Ejecutivos de Alta Dirección del Despacho del Contralor: viáticos por un importe de US$ 315.00 (1 día), gastos de instalación por un importe de US$ 315.00 (1 día) y pasajes aéreos por un importe de S/ 2,862.85 (Dos mil ochocientos sesenta y dos y 85/100 soles), por cada participante. Artículo 4.- Los citados profesionales presentarán al Despacho del Contralor, con copia a la Subgerencia de Cooperación y Asuntos Internacionales, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo 5.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2442322-1Designan Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Casma RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 395-2025-CG Lima, 25 de setiembre de 2025 VISTOS:La Hoja Informativa N° 000195-2025-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial (hoy denominada Vicecontraloría de Control Gubernamental); la Hoja Informativa N° 000040-2025-CG/GRAN y el Memorando N° 000944-2025-CG/GRAN, de la Gerencia Regional de Control de Ancash; el Memorando N° 001010-2025-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; el Memorando N° 001503-2025-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa N° 000616-2025-CG/PER y la Hoja de Envío N° 027050-2025-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; la Hoja Informativa N° 000711-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000967-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392- 2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de Órgano de Control Institucional termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación defi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación;