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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (28/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Domingo 28 de setiembre de 2025 El Peruano / Ordenamiento Territorial del Consejo Regional de Cusco, periodo legislativo 2025, de fecha 18 de septiembre de 2025, se sometió a debate y análisis la propuesta de Acuerdo de Consejo Regional que propone: “AUTORIZAR LA SEGUNDA TRANSFERENCIA FINANCIERA DE RECURSOS PUBLICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO A FAVO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACCARITAMBO, POR EL IMPORTE DE S/475,461.44 (CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UNO Y 44/100 SOLES) AUTORIZADO MEDIANTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº083-2024-CRC/ GR CUSCO PARA COFINANCIAMIENTO DEL PROYECTO DE INVERSION “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ATENCION Y PROMOCION DE LAS FAMILIAS EN SEGURIDAD ALIMENTARIA PARA DISMINUIR LA ANEMIA EN NIÑOS, NIÑAS, MADRES GESTANTES Y POBLACION VULNERABLE EN LAS OCHO COMUNIDADES DISTRITO DE PACCARITAMBO DE LA PROVINCIA DE PARURO DEPARTAMENTO DEL CUSCO CON CUI Nº2635819”. Luego del debate y la evaluación correspondiente, la referida comisión procedió a votar sobre la citada propuesta de Acuerdo de Consejo Regional, siendo aprobado por mayoría; Que mediante el O fi cio Nº 0127-2025-GR CUSCO/ CRC-COPPAOT-P, de fecha 19 de setiembre del 2025, presentado por la presidenta de la Comisión Ordinaria de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento y Ordenamiento Territorial, Abg. María Elena Yabar Peralta, remite la moción de orden del día respecto del proyecto de Acuerdo de Consejo Regional contenido en el Dictamen Nº027-2025-GR CUSCO-CRC-COPPAOT, que propone: “AUTORIZAR LA SEGUNDA TRANSFERENCIA FINANCIERA DE RECURSOS PUBLICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACCARITAMBO, POR EL IMPORTE DE S/475,461.44 (CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UNO Y 44/100 SOLES) AUTORIZADO MEDIANTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº083-2024-CRC/GR CUSCO PARA COFINANCIAMIENTO DEL PROYECTO DE INVERSION – MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ATENCION Y PROMOCION DE LAS FAMILIAS EN SEGURIDAD ALIMENTARIA PARA DISMINUIR LA ANEMIA EN NIÑOS, NIÑAS, MADRES GESTANTES Y POBLACION VULNERABLE EN LAS OCHO COMUNIDADES DISTRITO DE PACCARITAMBO DE LA PROVINCIA DE PARURO DEPARTAMENTO DEL CUSCO CON CUI Nº 2635819”; Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización - Ley 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modi fi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 248-2024-CR/GRC, el Consejo Regional de Cusco, en su Vigésima Quinta Sesión Extraordinaria de fecha 19 de setiembre de 2025, con la dispensa del trámite de lectura de acta y con mayoría de votos de los Consejeros Regionales se: ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Segunda Transferencia Financiera de Recursos Públicos del Gobierno Regional de Cusco a favor de la Municipalidad Distrital de Paccaritambo saldo pendiente del S/ 1,500,000.00 autorizado mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 083-2024-CRC/GR, con la fi nalidad de darle continuidad a la ejecución del proyecto de conformidad al siguiente cuadro: Nº ENTIDAD CUI DENOMINACION MONTO S/ 1.Municipalidad Distrital de Paccaritambo2635819MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ATENCION Y PROMOCION DE LAS FAMILIAS EN SEGURIDAD ALIMENTARIA PARA DISMINUIR LA ANEMIA EN NIÑOS, NIÑAS, MADRES GESTANTES Y POBLACION VULNERABLE EN LAS OCHO COMUNIDADES DISTRITO DE PACCARITAMBO DE LA PROVINCIA DE PARURO DEPARTAMENTO DEL CUSCO475,461.44Artículo Segundo.- DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco la implementación del presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, así mismo deberá publicarse en la página web del Gobierno Regional de Cusco, entrando en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. G. CLINTON TRIVEÑO ALVIS Presidente del Consejo Regional Cusco Periodo Legislativo 2025 WILLIAMS MANUEL QUINTANA FLORES Secretario del Consejo Regional 2442329-1 Autorizan Segunda Transferencia Financiera de Recursos Públicos a favor de la Municipalidad Distrital de Quehue CONSEJO REGIONAL DEL CUSCO ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 351-2025-CRC/GR CUSCO Cusco, 19 de setiembre de 2025 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Vigésima Quinta Sesión Extraordinaria de fecha 02 de setiembre de 2025, ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 188º, dispone que: “La descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada”. En esa línea de razonamiento, en su artículo 191° establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...). La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fi scalizador (...)”; asimismo, en su artículo 192°, sobre la competencia de los gobiernos regionales establece que son, entre otras: “1. Aprobar su organización interna y su presupuesto. (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley”; Que, la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 1° numeral 1) establece que: “1) Se aprueba el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2025 por el monto de S/ 251 801 045 185,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS UN MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), que comprende los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, agrupados en Gobierno Central e instancias descentralizadas, conforme a la Constitución Política del Perú (…)”; Que, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2025, en su artículo 13°, respecto a las Transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2025 señala que: “13.1) Se autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras, conforme se detalla a continuación: (…) h) Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual