Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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36 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de agosto de 2026 El Peruano / - Para el caso de los técnicos asistenciales: * Título de técnico de Instituto Superior Tecnológico. * Capacitación requerida para el siguiente nivel, considerando el número de horas. * Constancia o certi fi cado que acredite el periodo de contratación, para efectos de lo señalado en el numeral 14.1.4 sobre el factor de tiempo de servicios. * Evaluación de Desempeño Laboral. - Para el caso de los auxiliares asistenciales:* Certi fi cado de estudios básicos. * Capacitación requerida para el siguiente nivel, considerando el número de horas. * Constancia o certi fi cado que acredite el periodo de contratación, para efectos de lo señalado en el numeral 14.1.4 sobre el factor de tiempo de servicios. * Evaluación de Desempeño Laboral. 14.1.3 EVALUACIÓN La Comisión de ascenso de la unidad ejecutora, evalúa los expedientes de los postulantes, tomando en cuenta lo siguiente: 1. Veri fi ca que el postulante cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de los presentes Lineamientos. 2. Realiza la evaluación de acuerdo a los factores de califi cación establecidos en los presentes Lineamientos. Los documentos ilegibles no serán considerados válidos para el presente proceso de ascenso. 3. Elabora y publica el acta respectiva con el listado de Aptos y de No Aptos para el ascenso, el Listado de No Aptos debe señalar el motivo por el cual se le considera en dicha situación y en el caso de Listado de Aptos se indicará el puntaje obtenido. 14.1.4 FACTORES DE EVALUACIÓN Los factores de evaluación se aplican luego que se verifi que que los postulantes cumplan con los requisitos para acceder al concurso interno. La valoración de los factores permite establecer un puntaje para determinar el orden de prelación para el ascenso, según las modi fi caciones presupuestales que se hubieran autorizado de acuerdo con el numeral 6 de la Centésima Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2026, para dicho propósito se tienen en cuenta los siguientes factores: - Para los profesionales de la salud los factores de evaluación comprenden: a) Tiempo de servicios b) Cali fi cación profesional (incluye estudios de formación profesional y capacitación). c) Evaluación (desempeño laboral). - Para los técnicos asistenciales y auxiliares asistenciales se consideran los siguientes factores: a) Tiempo de serviciob) Estudios de formación y méritos (Incluye estudios de formación, méritos y capacitaciones) c) Evaluación (desempeño laboral) A continuación, se detallan los factores señalados:a) Tiempo de Servicio: Se re fi ere al período durante el cual el personal de la salud en condición de nombrado, ha desempeñado sus funciones en el puesto de manera activa y debe ser considerado para todos los efectos como tiempo de servicios efectivamente realizado. Para el personal de la salud, una vez cumplido los cinco (5) años de permanencia en el nivel remunerativo al 31 de julio de 2024, adicionalmente se le considerará como tiempo de servicios: - El periodo de SERUMS y del residentado (incluye especialidad y sub especialidad). El periodo de SERUMS y del residentado se suma como tiempo de servicio por única vez. En el caso del residentado, para efectos de cómputo, solo se considera el residentado bajo modalidad de vacante libre, siempre y cuando no se superponga o duplique el tiempo de servicio. - El período de servicios de contratado en una plaza asistencial presupuestada, será considerado como tiempo de permanencia en el primer nivel de ascenso. b) Cali fi cación profesional o Estudios de formación y Méritos: - Para los profesionales de la salud consiste en: Formación profesional (títulos y grados), méritos y capacitación. - Para los técnicos asistenciales incluye: El título del instituto (de 3 años), méritos y capacitaciones. - Para los auxiliares asistenciales incluye: Certi fi cado de estudios, méritos y capacitaciones. Formación Universitaria/Formación técnico y/o estudios secundarios: Se toma como valor de la cali fi cación el de mayor puntaje. Todos los estudios señalados dentro del nivel educativo descritos en los factores de evaluación, son aquellos cursados regularmente dentro del sistema educativo nacional, así como los realizados en el extranjero acreditados mediante certi fi cados, diplomas o títulos expedidos de acuerdo a Ley. La capacitación requerida para el siguiente nivel, considerando el número de horas. Para la acreditación de la capacitación se consideran los certi fi cados emitidos de forma física o virtual que obren en el legajo personal, así como aquellos que el personal de la salud presente al momento de su postulación. c) Evaluación (Desempeño Laboral): Este factor de califi cación considera la evaluación de desempeño laboral que las entidades comprendidas en el sub numeral 3.1 del numeral 3 del artículo 3 de los presentes Lineamientos realicen al personal de la salud, conforme al marco legal vigente u otro instrumento de evaluación implementado por estas. De corresponder, el puntaje obtenido en dichas evaluaciones debe ser convertido a la escala vigesimal (en caso de decimales se aplica el redondeo simple). Se toma en cuenta la última evaluación realizada al servidor. El puntaje de cada uno de los factores de evaluación, se multiplicará por el factor de conversión, de acuerdo al siguiente cuadro: - Para los profesionales de la salud Criterio de Evaluación Puntaje MáximoFactor de ConversiónPuntaje Final Califi cación profesional (máximo 40 puntos) Títulos, Grados Universitarios (máximo 20 puntos) 20 1 Hasta 20Título Profesional Universitario 6 Título de Especialista 7 Doctorado (Título) 4 Doctorado (Constancia de egreso) 2 Maestría/Subespecialidad (Título) 3 Maestría/Subespecialidad (Constancia de egresado) 1