Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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44 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de agosto de 2026 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Asesora de Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 307-2026- VIVIENDA Lima, 11 de agosto de 2026CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor/a de Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora KARINA JANETH GOICOCHEA GANVINI, en el puesto de Asesora de Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURICIO FERNANDO ARNILLAS GONZÁLEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2542386-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Designan Ejecutivo de la Dirección Desconcentrada de Cusco del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000223-2026- INDECI/JEF San Isidro, 10 de agosto del 2026VISTO: El Informe Técnico N° 000151-2026-INDECI/ URH, de fecha 10 de agosto de 2026 de la Unidad de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29664, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1587, se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, de conformidad con la citada Ley, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 060-2024-PCM y el Decreto Supremo N° 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, señala que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza se efectuará mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, mediante la Ley N° 31419, se establecen las disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, comprendiendo dentro del ámbito de aplicación de la citada ley, a las entidades de la administración pública comprendidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, el artículo 163 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, dispone que toda incorporación requiere el cumplimiento del per fi l del puesto aprobado en el Manual de Per fi les de Puestos (MPP) y estar debidamente presupuestado en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, se encuentra vacante el puesto de Ejecutivo de la Dirección Desconcentrada de Cusco del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI por lo que resulta necesario designar al funcionario que ejerza el mismo; Que, a través del Informe Técnico N° 000151-2026-INDECI/URH, la Unidad de Recursos Humanos concluye que el señor Miguel Ricardo Reyna Bazalar, cumple con los requisitos establecidos y no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública y recomienda que, de acuerdo al numeral 28.4 del Artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, se continúe con el procedimiento para la emisión de la Resolución de designación del profesional propuesto para el puesto de con fi anza de Ejecutivo de la Dirección Desconcentrada de Cusco del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, bajo el régimen de la Ley N° 30057, Régimen del Servicio Civil; Con las visaciones de la Gerente General (e), del Ejecutivo de la Unidad de Recursos Humanos y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30057, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1450, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000112-2024-SERVIR-PE, que formalizo el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR, adoptado en la Sesión N° 12-2024-CD; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000060-2025-INDECI/JEF INDECI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, al señor Miguel Ricardo Reyna Bazalar, en el puesto de con fi anza de Ejecutivo de la Dirección Desconcentrada de Cusco del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, de acuerdo al Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), bajo el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución.