Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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103 NORMAS LEGALES Viernes 9 de enero de 2026 El Peruano / Nacional del Servicio Civil (SERVIR), según su numeral 6.3.1.8 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación del Persona Provisional”, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE. Por otro lado, precisa que se ha verifi cado que la Unidad Ejecutora 400 Salud Ayacucho de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho ha cumplido con presentar la totalidad de los anexos de su propuesta de CAP Provisional presentada, los cuales están llenados correctamente, por lo que, no emiten observaciones al respecto. Luego, señala que teniendo en cuenta que las propuestas de CAP Provisional de la Unidad Ejecutora 400 Salud Ayacucho de la Dirección Regional de Salud Ayacucho han seguido los lineamientos establecidos en la Directiva, corresponde otorgarles la opinión favorable de parte de SERVIR, quedando bajo responsabilidad del titular de la U.E realizar las gestiones necesarias para aprobar los CAP Provisional con el dispositivo legal que corresponde, según lo previsto en el numeral 6.3.1.8 de la Directiva. Por otro lado, en el numeral 6.8 del Informe Técnico N° 000322-2025-SERVIR-GDSRH, concluye que la propuesta de CAP Provisional de la Unidad Ejecutora 400 Salud Ayacucho de la Dirección Regional de Salud Ayacucho se enmarcan en las situaciones contempladas en la Directiva, otorga la OPINIÓN TÉCNICA FAVORABLE del CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - PROVISIONAL (CAP - P) de la U.E 400 Salud Ayacucho de la Dirección Regional de Salud Ayacucho, conforme señala el numeral 6.3.1.8 de la Directiva; Que, por Opinión Legal N° 067-2025-GRA/GG-ORAJ- DWJA, de fecha 30 de diciembre de 2025, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ayacucho, emite opinión favorable para declarar procedente la aprobación del CAP Provisional de las Unidad Ejecutora 400 Salud Ayacucho de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho para su aprobación mediante Ordenanza Regional; asimismo, por Informe Técnico N° 00272-2025-GRA/GR-ORADM-OGRH de fecha 29 de diciembre de 2025, la O fi cina de Recursos Humanos del Gobierno Regional de Ayacucho, emite opinión favorable para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - Provisional 2025 de la Unidad Ejecutora 400 Salud Ayacucho de la Dirección Regional de Salud Ayacucho, conforme señala el numeral 6.3.1.8 de la Directiva por el SERVIR emitidos mediante OFICIO N° 001446-2025-SERVIR-PE, suscrito por el Presidente Ejecutivo de fecha 26.12.2025 y el INFORME TÉCNICO N° 000322-2025-SERVIR/GDSRH de fecha 24.12.25; igualmente mediante O fi cio N° 02009-2025-GRA/GG- GRPPAT-SGP la Sub Gerencia de Presupuestos de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite opinión favorable para declarar procedente la aprobación del CAP Provisional de las Unidad Ejecutora 400 Salud Ayacucho de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho para su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, por Informe Legal N° 0027-2025-GRA/GG- GRDS-DRSA-DAJ de fecha 29 de diciembre de 2025, el Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho, concluye que la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad Ejecutora 400 Salud Ayacucho de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho, fueron elaborados de acuerdo a la normatividad vigente, y para su respectiva aprobación, elevar la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal (CAP-P) de la Unidad Ejecutora 400 Salud Ayacucho de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho al Gobierno Regional de Ayacucho para su respectiva aprobación mediante Ordenanza Regional y su posterior publicación en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo, por Informe Técnico N° 000006-2025-GRA/GG-GRDS-DRSA-OEPF de fecha 29 de diciembre de 2025, la O fi cina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho, concluye que se cuenta con la OPINIÓN FAVORABLE del CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - PROVISIONAL (CAP - P) 2025 de la Unidad Ejecutora 400 Salud Ayacucho de la Dirección Regional de Salud Ayacucho con la fi nalidad de que sea aprobado mediante Ordenanza Regional mediante el Consejo Regional y por consiguiente materializar el nombramiento de los profesionales, técnicos y auxiliares administrativos del Sector la Salud en el presente año; Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR mediante OFICIO N° 001446-2025-SERVIR-PE, emitido por el Presidente Ejecutivo de fecha 26.12.2025 y el INFORME TÉCNICO N° 000322-2025-SERVIR/GDSRH, de fecha 24.12.25 emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y en conformidad con lo establecido en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, otorga la OPINION TECNICA FAVORABLE del CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - PROVISIONAL (CAP - P) a la Unidad Ejecutora 400 Salud Ayacucho de la Dirección Regional de Salud Ayacucho, por lo que, se otorga la opinión técnica favorable a dichas propuestas conforme señala el numeral 6.3.1.8 de la Directiva; Que, por Ordenanza Regional N° 012-2023-GRA/CR de fecha 27 de noviembre de 2023, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) 2023 de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho y sus nueve (9) Unidades Ejecutoras, conforme a los fundamentos precedentemente expuestos, según detalle siguiente: (U.E. 400) Salud Ayacucho, Dirección Regional de Salud de Ayacucho, (U.E. 401) - Hospital Regional Ayacucho, (U.E. 402) - Salud Sur Ayacucho y Hospital de Apoyo Puquio y Red de Salud Puquio, (U.E. 403) - Salud Centro Ayacucho Red de Salud Centro Ayacucho y Hospital de Apoyo “Juan Fukunaga Soyama” de Cangallo, (U.E. 404) - Salud Sara Sara, Red de Salud de Cora Cora y Hospital de Apoyo Cora Cora, (U.E. 406) - Red de Salud Huamanga y Hospital de Apoyo Jesús Nazareno. (U.E. 405) - Red de Salud Ayacucho Norte y Hospital de Apoyo de Huanta “Daniel Alcides Carrión”; U.E. 407 - Red de Salud de San Miguel y Hospital de Apoyo de San Miguel; y U.E. 408 - Red Salud San Francisco, Hospital de Apoyo de San Francisco y Hospital de Apoyo de Sivia; Que, el literal b) del numeral 5.2 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH - Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, de fi ne al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, para la aprobación del CAP Provisional por los supuestos señalados en el numeral 6.2.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH - Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, es necesario contar con la opinión favorable de SERVIR; Que, el numeral 5.4.3 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, establece que la propuesta de CAP Provisional consta de tres (3) formatos, siendo: a) Formato N° 1 - Índice general del CAP Provisional (Anexo N° 1); b) Formato N° 2 - CAP Provisional (Anexo N° 2); y c) Formato N° 3 - Resumen cuantitativo del CAP Provisional (Anexo N° 3); y asimismo de acuerdo al literal d) del numeral 5.4.4 de la Directiva, las propuestas de CAP provisional debe contener el Anexo N° 6 - Registro de cargos de con fi anza; Que, conforme lo prescribe el numeral 5.4.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, la propuesta de CAP Provisional, una vez aprobada, se constituye en un documento de gestión de carácter temporal en el marco del SAGRH, razón por la que no puede ser empleado para la creación de órganos o unidades orgánicas, o la modi fi cación de sus denominaciones, en tanto dicha acción es regulada en la normativa establecida por el ente rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, y normativa vinculada, debiendo re fl ejar la estructura dispuesta en materia de órganos y unidades orgánicas en el ROF o el MOP, según corresponda, vigente de la entidad;