Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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100 NORMAS LEGALES Viernes 9 de enero de 2026 El Peruano / diciembre del 2025, debatió el Dictamen: Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - Provisional 2025 (CAP-P) de 08 Unidades Ejecutoras que conforman la Dirección Regional de Salud Ayacucho, en el marco de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2025 e Informe Técnico N° 000304-2025-SERVIR-GDSRH, documento presentado por la presidenta de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley N° 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a ley; y el artículo 192° en su inciso 1° establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículo 2°, 4° y 5° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus Normas y Disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simpli fi cación administrativa; Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el literal a) del artículo 15° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, establece que el Consejo Regional tiene entre sus atribuciones la aprobación, modi fi cación y derogación de las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional. Por otro lado, el artículo 38° de la Ley invocada, señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, igualmente, los literales a) y b) del artículo 45° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por el artículo 4° de la Ley N° 27902, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución, la Ley de Bases de Descentralización y demás leyes de la República; teniendo como función normativa y reguladora la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia; Que, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, establece lo siguiente: (…) - Literal r) del numeral 8.1 del artículo 8 autoriza el nombramiento, a partir del mes de diciembre de 2025, de hasta el 50% de los profesionales, técnicos y auxiliares administrativos del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales a los que hace referencia la Ley N° 32059, Ley que autoriza el nombramiento progresivo del personal administrativo comprendido en el Decreto Legislativo 1057 del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los gobiernos regionales, contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y que a la entrada en vigor de la Ley N° 32059, se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y tengan como mínimo dos años continuos o tres años discontinuos de servicios a la fecha de la publicación de la Ley 32059. Para tal efecto, mediante decreto supremo propuesto por el Ministerio de Salud, en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) y refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, se establecen los criterios y el procedimiento para llevar a cabo el proceso de nombramiento. Los puestos registrados en el AIRHSP del personal sujeto al Decreto Legislativo N° 1057 que se nombre en el marco del presente artículo, se eliminan de o fi cio. Para efectos del nombramiento del personal, a que hace referencia el presente literal, se autoriza al Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los gobiernos regionales, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, quedando exceptuado de lo establecido en el numeral 9.1 del artículo 9 de la presente ley.- t) El nombramiento, a partir del mes de diciembre de 2025, de los profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales al que hace referencia la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que no se encontraban registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a la entrada en vigencia de la Ley N° 31638. Para tal efecto, mediante decreto supremo propuesto por el Ministerio de Salud, en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) y refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, se establecen los criterios y el procedimiento para llevar a cabo el proceso de nombramiento; Que, por Ordenanza Regional N° 012-2023-GRA/CR de fecha 27 de noviembre de 2023, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) 2023 de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho y sus nueve (9) Unidades Ejecutoras, conforme a los fundamentos precedentemente expuestos, según detalle siguiente: (U.E. 400) Salud Ayacucho, Dirección Regional de Salud de Ayacucho, (U.E. 401) - Hospital Regional Ayacucho, (U.E. 402) - Salud Sur Ayacucho y Hospital de Apoyo Puquio y Red de Salud Puquio, (U.E. 403) - Salud Centro Ayacucho Red de Salud Centro Ayacucho y Hospital de Apoyo “Juan Fukunaga Soyama” de Cangallo, (U.E. 404) - Salud Sara Sara, Red de Salud de Cora Cora y Hospital de Apoyo Cora Cora, (U.E. 406) - Red de Salud Huamanga y Hospital de Apoyo Jesús Nazareno. (U.E. 405) - Red de Salud Ayacucho Norte y Hospital de Apoyo de Huanta “Daniel Alcides Carrión”; U.E. 407 - Red de Salud de San Miguel y Hospital de Apoyo de San Miguel; y U.E. 408 - Red Salud San Francisco, Hospital de Apoyo de San Francisco y Hospital de Apoyo de Sivia; Que, por O fi cio N° 1924-2025-GRA/GR-GG de fecha 29 de diciembre de 2025, el Gerente General del Gobierno Regional de Ayacucho, remite a la Presidencia del Consejo Regional de Ayacucho los documentos relacionados a los 08 expedientes de los Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de las Unidades Ejecutoras que conforman a la Dirección Regional de Salud de Ayacucho, a efectos de que la misma sea vista a nivel del Pleno del Consejo Regional para que se emita la Ordenanza Regional correspondiente; Que, por O fi cio N° 1698-2025-GRA/GG-GRDS- DRSA-DG de fecha 19 de diciembre del 2025, la Directora Regional de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho, solicita al Gobernador Regional de Ayacucho la aprobación con Ordenanza Regional del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de las 8 Unidades Ejecutoras que conforman a la Dirección Regional de Salud Ayacucho, para permitir continuar con el proceso de nombramiento en el presente año fi scal de los profesionales, técnicos y auxiliares administrativos y asistenciales. Que, por Informe Técnico N° 304-2025-SERVIR- GDSRH de fecha 15 de diciembre de 2025, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos mediante O fi cio N° 1415 -2025-SERVIR- PE, suscrito por el Presidenta Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), según su numeral 6.3.1.8 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación del Persona Provisional”, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE. Por otro lado, precisa que se ha veri fi cado que las 08 UE pertenecientes a la Dirección Regional de Salud de Ayacucho quienes ha cumplido con presentar la totalidad de los anexos de su propuesta de