Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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94 NORMAS LEGALES Viernes 9 de enero de 2026 El Peruano / fi scal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° s 2797-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 25 de octubre de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales por quejas y denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento al abogado Carlos Lualdi Panduro Novoa, que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2475244-4 Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 018-2026-MP-FN Lima, 8 de enero de 2026 VISTOS:Los o fi cios S/N-2025-MP-FN-RRFÑ, de fechas 16 y 29 de diciembre de 2025, e informe N° 0001-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 6 de enero de 2026, y; CONSIDERANDO:El Ministerio Público es un organismo del Estado constitucionalmente autónomo, encargado de defender la legalidad y los intereses públicos tutelados por la Ley, prevenir y perseguir el delito, además de defender a la sociedad. Así, el Fiscal de la Nación como titular del Ministerio Público es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional y con tal fi n, debe adoptar las medidas necesarias a fi n de brindar un servicio efi ciente y oportuno, cumpliendo un rol fundamental en la sociedad en la lucha contra la criminalidad. Mediante los o fi cios de vistos, cursados por el abogado Ronal Ramón Flores Ñañez, fi scal adjunto supremo provisional, adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación y coordinador de la O fi cina de Coordinación y Asistencia en Justicia Intercultural del Ministerio Público - OCAJIMP, eleva propuesta para ocupar el cargo de fi scal adjunto provincial como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2991-2023-MP-FN, de fecha 3 de noviembre de 2023, se resolvió nombrar al abogado José Eduardo Prado Soriano, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándolo en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Callao y destacado a la Fiscalía Suprema de Familia, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1966-2025-MP-FN, de fecha 27 de junio de 2025; asimismo, viene laborando a la fecha en mérito a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, en virtud de la facultad conferida al Fiscal de la Nación (i), con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal incrementado la capacidad resolutiva de los casos fi scales en trámite y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad”, se hace necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado José Eduardo Prado Soriano, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunto provincial como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento, designación y destaque señalados en el tercer párrafo; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 0140-2025-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 30 de diciembre de 2025. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado José Eduardo Prado Soriano, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Callao, así como su destaque en la Fiscalía Suprema de Familia, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° s 2991-2023-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 1966-2025-MP-FN, de fechas 3 de noviembre de 2023, 30 de diciembre de 2024 y 27 de junio de 2025, respectivamente. Artículo Segundo .- Nombrar al abogado José Eduardo Prado Soriano, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado José Eduardo Prado Soriano que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias