Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2026 (09/01/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Viernes 9 de enero de 2026 El Peruano / N° ORGANIZACIÓN POLÍTICATIPO DE ORGANIZACIÓN POLÍTICAPROCLAMACIÓN DE RESULTADO DE CÓMPUTO ELECCIONES PRIMARIAS 20PARTIDO POLITICO NACIONAL PERU LIBREPartido políticoResolución N° 0779- 2025-JNE 21PARTIDO POLITICO PERU ACCIONPartido políticoResolución N° 0780- 2025-JNE 22PARTIDO POLITICO PERU PRIMEROPartido políticoResolución N° 0781- 2025-JNE 23 PARTIDO POLITICO PRIN Partido políticoResolución N° 0782- 2025-JNE 24 PARTIDO SICREO Partido políticoResolución N° 0783- 2025-JNE 25 PERU MODERNO Partido políticoResolución N° 0784- 2025-JNE 26 PODEMOS PERU Partido políticoResolución N° 0785- 2025-JNE 27 PROGRESEMOS Partido políticoResolución N° 0786- 2025-JNE 28 SALVEMOS AL PERU Partido políticoResolución N° 0787- 2025-JNE 29 UN CAMINO DIFERENTE Partido políticoResolución N° 0788- 2025-JNE 30PARTIDO POLITICO COOPERACION POPULARPartido políticoResolución N° 0789- 2025-JNE 31PRIMERO LA GENTE - COMUNIDAD, ECOLOGIA, LIBERTAD Y PROGRESO Partido políticoResolución N° 0790- 2025-JNE 32 PARTIDO MORADO Partido políticoResolución N° 0791- 2025-JNE 33 RENOVACIÓN POPULAR Partido políticoResolución N° 0792- 2025-JNE 34 PARTIDO APRISTA PERUANO Partido políticoResolución N° 0793- 2025-JNE 35PARTIDO DE LOS TRABAJADORES Y EMPRENDEDORES PTE - PERUPartido políticoResolución N° 0794- 2025-JNE 36 FUERZA Y LIBERTAD Alianza electoralResolución N° 0795- 2025-JNE 37ALIANZA ELECTORAL VENCEREMOS Alianza electoralResolución N° 0796- 2025-JNE 38 UNIDAD NACIONAL Alianza electoralResolución N° 0797- 2025-JNE 2.- PONER la presente resolución en conocimiento de los personeros legales titulares de las organizaciones políticas señaladas en el numeral precedente de la presente resolución, así como de los Jurados Electorales Especiales, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para los fi nes correspondientes. 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Según el artículo 24 de la LOP, la modalidad b de elecciones primarias es la elección con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados.2 Según el artículo 24 de la LOP, la modalidad c de elecciones primarias es la elección a través de delegados, los que previamente deben haber sido elegidos mediante el voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados de conformidad con lo dispuesto por el estatuto y el reglamento electoral de la organización política. 2475205-1 MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 014-2026-MP-FN Lima, 8 de enero de 2026VISTOS: El o fi cio N° 007059-2025-MP-FN-PJFSLORETO, e informe N° 0019-2025-MP-FN-OREF-MGAS, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, remite y expresa conformidad a la carta presentada en fecha 28 de noviembre de 2025, suscrita por el abogado Luis Daniel Zubiaurr Traverso, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, designado en la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, quien presenta su renuncia al cargo por motivo de haber sido nombrado como docente auxiliar a tiempo completo. En su carta de renuncia, el citado abogado señala como último día de labores el 8 de diciembre de 2025 y solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, advirtiéndose que cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular N° 001-2022-MP-FN- PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 481-2024-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2024, se resolvió nombrar al abogado Luis Daniel Zubiaurr Traverso como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, designándolo en la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación (i), conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe N° 0019-2025-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 29 de diciembre de 2025, resulta