Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (08/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Domingo 8 de febrero de 2026 El Peruano / sugiere se impulse la prórroga de la protección provisional del Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico de Chipa; Que, mediante Informe N° 000135-2026/DSFL- DGPA-VMPCIC/MC de fecha 03 de febrero de 2026, por el que se remite el Informe N° 000033-2026/DSFL-DGPA-VMPCIC-JHR/MC de la misma fecha, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal recomienda emitir ato administrativo que prorrogue la determinación de la protección provisional del Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico de Chipa, dispuesta a través de la Resolución Directoral N° 000021-2024-DGPA- VMPCIC/MC, atendiendo a que la misma aún se encuentra vigente y a la fecha no se han iniciado las acciones de saneamiento físico legal en el mencionado BIP; Que, a través del Informe N° 000036-2026/DGPA- VMPCIC-ARD/MC, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble señala que aún no se cuenta con la información sobre la identi fi cación de afectación a los derechos colectivo de los pueblos indígenas u originarios, en el marco de las acciones de delimitación y declaración de fi nitiva como patrimonio cultural de la Nación del mencionado bien inmueble prehispánico por lo que opina que resulta pertinente conceder la prórroga de plazo de la vigencia de la determinación de la protección provisional del Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico De Chipa, ubicado en el distrito de Ninacaca, provincia y departamento de Pasco, contenida en la Resolución Directoral N° 000021-2024-DGPA-VMPCIC/MC; a fi n de que se cumpla con la identi fi cación, declaración y delimitación de fi nitiva del bien inmuebles prehispánico; encontrándose dicha solicitud dentro de los alcances del numeral 100.1 del artículo 100 del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial N° 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000318-2025-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de la determinación de la protección provisional del Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico De Chipa, ubicado en el distrito de Ninacaca, provincia y departamento de Pasco, por el término de dos años adicional al concedido mediante la Resolución Directoral N° 000021-2024-DGPA-VMPCIC/MC. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, la conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originario. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Pasco, los alcances de la presente resolución, a fi n de que, en ejercicio de sus funciones y atribuciones, determine proseguir con las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional que resulten necesarias para la protección y conservación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura. (https://www.gob.pe/cultura). Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad distrital de Ninacaca, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Sexto.- ANEXAR a la presente resolución, el Memorando N° 000070-2026/DDC PAS /MC, el Informe N° 000135-2026/DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, el Informe N° 000033-2026/DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC y el Informe N° 000036-2026/DGPA-VMPCIC-ARD/MC las que se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Directora de la Dirección Generalde Patrimonio Arqueológico Inmueble 2484546-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00132-2026-DE Lima, 6 de febrero del 2026 VISTOS: El O fi cio N° 023 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 00255-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00182-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, en el Anexo 1: (Plan Cooperación Bilateral 2026 - 2027) del Acta de la XVI Reunión Bilateral de Estado Mayor entre el Ejército del Perú y el Ejército Argentino, se establecieron una serie de Actividades, entre ellas, la Actividad 26.CC.12 para el “Curso de Maestro de Tropas Montadas”, a realizarse en la Escuela Militar de Tropas Montadas, Campo de Mayo, Buenos Aires, República Argentina, dirigido a un (1) Alférez/Teniente (alumno); Que, mediante Carta de fecha 10 de diciembre de 2025, el Jefe del Estado Mayor General del Ejército Argentino hace la invitación al Ejército del Perú, para que un (1) O fi cial Subalterno participe en el “Curso de Instructor de Tropas Montadas”, a realizarse en la Escuela Militar de Tropas Montadas, ubicada en Campo de Mayo, provincia de Buenos Aires, República Argentina, del 9 de febrero al 11 de diciembre de 2026; Que, con O fi cio N° 023 SCGE/N-04, el Ejército del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente EP ISAIAS BOLIVAR MASIAS, identi fi cado con DNI N° 72950819 y CIP N° 125854000, para que participe en el “Curso de Instructor de Tropas Montadas”, a realizarse en la Escuela Militar de Tropas Montadas del Ejército Argentino, en Campo de Mayo, provincia de Buenos Aires, República Argentina, del 9 de febrero al 11 de diciembre de 2026; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 8 de febrero y su retorno el 12 de diciembre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite la Hoja de Recomendación N° 009/U-4. b.3/05.00; el Dictamen Legal N° 060-2026/OAJE; la Hoja de Gastos de la Jefatura de Educación del Ejército del Perú; así como, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000003, N° 0000000399 y N° 0000000498 que garantizan el fi nanciamiento correspondiente;