Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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13 NORMAS LEGALES Domingo 8 de febrero de 2026 El Peruano / Que, con el Memorando N° 000244-2026-IN-OGPP, de fecha 3 de febrero de 2026, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000046-2026-IN OGPP-OMD de la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional, mediante el cual emite opinión favorable sobre la propuesta de creación del Grupo de Trabajo Multisectorial referido en el considerando precedente; precisando que la propuesta se alinea a las normas de competencia organizacional establecidas por la Secretaria de Gestión Pública, en su calidad de ente rector del Sistema Administrativo de Modernización del Estado; Que, a través del Informe N° 000351-2026-IN-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en mérito a lo señalado en los considerandos que anteceden, señala que es legalmente viable la tramitación del proyecto de Resolución Ministerial que dispone la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “ Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la elaboración de la propuesta de adecuación del Reglamento de la Ley N° 29701, Ley que dispone bene fi cios a favor de los integrantes de las Juntas Vecinales y establece el Día de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2013-IN, en atención a las modi fi caciones dispuestas en la Ley N° 32487, Ley que modi fi ca la Ley N° 29701 ”; Que, en tal sentido, resulta necesario crear el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la elaboración de la propuesta de adecuación del Reglamento de la Ley N° 29701, Ley que dispone bene fi cios a favor de los integrantes de las Juntas Vecinales y establece el Día de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2013-IN, en atención a las modi fi caciones dispuestas en la Ley N° 32487, Ley que modi fi ca la Ley N° 29701 ”; Que, mediante el O fi cio N° 00008-2026-MINEDU/SG, el O fi cio N° 000339-2025-EMGPNP/PNP, el O fi cio N° 00064-2026-ANGR/P y el O fi cio N° 00001-2026-AMPE/P, el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, la Policía Nacional del Perú, la Asociación Nacional de Gobiernos Regionales y, la Asociación de Municipalidades del Perú, respectivamente, han prestado su expreso consentimiento para su representación en el Grupo de Trabajo Multisectorial; Con el visado del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, de la Dirección General de Seguridad Democrática, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo N° 054-2018- PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Multisectorial Crear el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio del Interior, denominado “ Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la elaboración de la propuesta de adecuación del Reglamento de la Ley N° 29701, Ley que dispone bene fi cios a favor de los integrantes de las Juntas Vecinales y establece el Día de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2013-IN, en atención a las modi fi caciones dispuestas en la Ley N° 32487, Ley que modi fi ca la Ley N° 29701 ”; Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene por objeto elaborar la propuesta de adecuación del Reglamento de la Ley N° 29701, conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32487, Ley que modi fi ca la Ley N° 29701, a fi n de desarrollar los procedimientos, criterios técnicos y mecanismos de articulación interinstitucional para su implementación. Artículo 3.- Integrantes 3.1. El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado de la siguiente manera: a) Un/a representante de la Dirección General de Seguridad Democrática del Ministerio del Interior, quien lo preside. b) Un/a representante de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior. c) Un/a representante de la Policía Nacional del Perú. d) Un/a representante del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC). e) Un/a representante de la Asociación de Municipalidades del Perú. f) Un/a representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales. 3.2. Cada miembro del Grupo de Trabajo Multisectorial cuenta con un/una representante alterno/a, quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del titular. 3.3. La participación de los integrantes del Grupo de Trabajo es ad honorem . Artículo 4.- Designación de representantes Las entidades públicas señaladas en el artículo 3 designan a sus representantes titulares y alternos mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, dentro del plazo máximo de dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Articulo 5.- Funciones El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes funciones: - Elaborar un plan de trabajo que contemple las actividades a realizar por los responsables y los plazos para efectuar la elaboración de la propuesta de adecuación del Reglamento de la Ley N° 29701, conforme a las modi fi caciones establecidas por la Ley N° 32487; dentro del plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial. - Elaborar la agenda de las sesiones, desde su instalación hasta el término de las actividades del Grupo de Trabajo Multisectorial. - Elaborar el informe fi nal que contenga la propuesta de adecuación del Reglamento de la Ley N° 29701, que debe ser presentado ante la Secretaría Técnica para el trámite correspondiente. - Otras que consideren necesarias e importantes para el cumplimiento de su objeto. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial está a cargo de la Dirección de Participación Ciudadana de la Dirección General de Seguridad Democrática, unidad de organización que brinda apoyo técnico y administrativo, coadyuvando al cumplimiento de las funciones del citado órgano colegiado. Artículo 7.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 8.- Colaboración, asesoramiento y apoyo 8.1. El Grupo de Trabajo Multisectorial previo acuerdo de sus integrantes y a través de su Secretaría Técnica, puede invitar a representantes de otras entidades públicas o instituciones privadas y de la sociedad civil; así como a profesionales especializados, a fi n de que brinden su colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión