Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (18/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de febrero de 2026 El Peruano / Artículo 259.- Caducidad administrativa del procedimiento sancionador. 1. El plazo para resolver los procedimientos sancionadores iniciados de oficio es de nueve (9) meses contado desde la fecha de notificación de la imputación de cargos. Este plazo puede ser ampliado de manera excepcional, como máximo por tres (3) meses, debiendo el órgano competente emitir una resolución debidamente sustentada, justificando la ampliación del plazo, previo a su vencimiento. La caducidad administrativa no aplica al procedimiento recursivo. Cuando conforme a ley las entidades cuenten con un plazo mayor para resolver la caducidad operará al vencimiento de este. (…) 4. En el supuesto que la infracción no hubiera prescrito, el órgano competente evaluará el inicio de un nuevo procedimiento sancionador. El procedimiento caducado administrativamente no interrumpe la prescripción. (…) Que, en tal sentido, la autoridad se encuentra impedida, bajo sanción de nulidad de la notificación, de suplir una modalidad con otra y modificar el orden de prelación establecido en el precitado artículo, que es el siguiente: “Artículo 20. Modalidades de notificación 20.1 Las notificaciones son efectuadas a través de las siguientes modalidades, según este respectivo orden de prelación: (…). 20.1.3 Por publicación en el Diario Oficial el Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional, salvo disposición distinta de la ley. Adicionalmente, la autoridad competente dispone la publicación del acto en el respectivo Portal Institucional, en caso la entidad cuente con este mecanismo”. Que, por consiguiente al amparo del numeral 18.1 del TUO de la LPAG que señala (…) La notificación del acto será practicada de oficio y su debido diligenciamiento será competencia de la entidad que lo dictó (…) que en el presente caso, se tiene RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la CADUCIDAD E INICIO DEL NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS), remitidas por el Área de notificación de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte de la MPC, es así que, existe la posibilidad latente de que estas al no ser notificadas, puedan prescribir si su notificación y publicación no se realiza oportunamente; por lo que, conforme a lo dispuesto por el numeral 20.1.3 del TUO de la LPAG el cual manifiesta que las notificación se podrán realizar mediante publicación en el Diario Oficial el Peruano o en uno de mayor circulación en el territorio nacional. Qué, en ese orden de ideas, cuando resulte impracticable otra modalidad de notificación preferente por ignorarse el domicilio del administrado, pese a la indagación realizada, se procederá a realizar la publicación de los actos administrativos de manera excepcional la misma que conlleva un gasto presupuestal que deberá ser requerido por la GTVT ante la Oficina de Presupuesto de la Entidad Edil a efectos de materializar la notificación (vía publicación) conforme se detallará en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Que, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Cusco, aprobado por Ordenanza Municipal N° 034-2013-MPC de fecha 19 de diciembre de 2013; SE RESUELVE: Primero.- DECLARAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN de la RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 774-2026-GTVT/MPC la misma que declara la CADUCIDAD E INICIO DEL NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR de los procedimientos derivados de las papeletas de infracción al tránsito detallados en la gráfica de referencia, la RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 867-2026-GTVT/MPC y la RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 869-2026-GTVT/MPC las mismas que declaran la CADUCIDAD E INICIO DEL NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR, vía publicación a través de la publicación en el Diario Oficial el Peruano o en uno de mayor circulación en el territorio nacional y en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Provincial del Cusco; en conformidad con el orden de prelación de notificaciones establecido en el Art 20° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG), conforme al detalle adjunto relación de Resoluciones Gerenciales y de Papeletas de Infracción al Tránsito: NRO.NRO. PAPELETAADMINISTRADO CÓDIGO FECHA RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 774-2026-GTVT/MPC 1. 408200E HECTOR LUNA PIEROLA M-40 26/03/2022 2. 408323EBLASS EXALTACION SORIA TRILLOM-24 30/03/2022 3. 406527ELIMBERT JEAN PAUL MACHACA APAZAM-21 29/03/2022 4. 409353EJEANCARLO RODRIGO CANDIA GUZMANM-28 29/03/2022 5. 409354EJEANCARLO RODRIGO CANDIA GUZMANM-27 29/03/2022 6. 407029EREYNER HAMILT AVENDAÑO ALVAREZM-24 23/03/2022 7. 407028EREYNER HAMILT AVENDAÑO ALVAREZM-28 23/03/2022 8. 396669E YEVAN QUISPE YAPURA M-18 24/03/2022 9. 405611E HILDER QUINDAÑO HUSKA M-18 19/03/2022 10. 409125E JESUS LIPA CHINO M-28 30/03/2022 11. 405396ERONALD RICHARD HANCCO HUANCAM-40 26/03/2022 12. 408136EELVIS CARDENAS HUARCAYAM-24 25/03/2022 13. 407717EJUAN CARLOS YTURRIAGA JORDANM-40 20/03/2022 14. 408311E EDGAR HUAMANI ARQQUE M-24 27/03/2022 15. 408217E JORGE QUISPE VITORINO M-28 30/03/2022 16. 407852EISRRAEL ALAN GARCIA CHAUCAM-03 19/03/2022 17. 407608EMANUEL JESUS RODRIGUEZ CUNOM-28 20/03/2022 18. 407601EALBERTO ZARAVIA QUISPEM-09 19/03/2022 19. 408148E PAULINO QUISPE PFUÑO M-19 17/03/2022 RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 867-2026-GTVT/MPC 20. 414841E IVAN HUAMANI HUARAYA M-02 04/06/2022 RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 869-2026-GTVT/MPC 21. FLAGRANCIA JOSUE PUMA MORA M-02 15/12/2024 Segundo.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación, las RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la CADUCIDAD E INICIO DEL NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS) ello en aplicación del principio de eficacia del acto administrativo y la potestad sancionadora del estado. Tercero.- DISPONER el cumplimiento de la presente resolución a la División de Administración de Infracciones y Sanciones (DAIS), debiendo esta instancia, a través de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte, realizar las acciones necesarias ante las oficinas competentes (oficina de presupuesto) que permitan materializar las notificaciones por vía edicto. Regístrese, notifíquese, cúmplase. REYNALDO BELLIDO MERIDA Gerente Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte 2487977-1