Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 58
58 NORMAS LEGALES Viernes 3 de julio de 2026 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Se modi fi ca el artículo 8 de la Resolución Ministerial Nº 0524-2025-MIDAGRI, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 0023-2026-MIDAGRI que delega facultades en diversos funcionarios del MIDAGRI y de órganos adscritos o descentralizados, proyectos especiales, programas u otros organismos dependientes, durante el año fi scal 2026, en el rubro “En materia de contrataciones públicas”, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 8.- Delegación de facultades en el Director General de la O fi cina General de Administración Se delega en el Director General de la O fi cina General de Administración, las siguientes facultades y atribuciones en el ámbito de sus competencias: (…) En materia de Contrataciones Públicasa) Solicitar la inscripción, actualización de la información o desactivación de la inscripción de la entidad en el Registro de Entidades Contratantes (REC) en el marco de la Directiva Nº 007-2025-OECE-CD “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE” aprobada con Resolución D000055-2025-OSCE-PRE. b) Solicitar el usuario de gestor de la información de la entidad de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 007-2025-OECE-CD. c) Suscribir, modi fi car y resolver los contratos con proveedores no domiciliados en el país, a que se re fi ere el literal n) del numeral 7.1 del artículo 7 de la LGCP, así como suscribir sus adendas. d) Suscribir y resolver los contratos que resulten de procedimientos de selección competitivos y no competitivos, y los que deriven de los procedimientos de selección desarrollados en el marco de convenios suscritos por las compras corporativas facultativas y compras por encargo. e) Autorizar la cesión de posición contractual en los casos permitidos en la LGCP. f) Otorgar la garantía a cargo de la entidad, para los contratos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles. g) Suscribir y tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y otros actos vinculados a los procedimientos de contratación, que deban realizarse ante el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes - OECE, el Tribunal de Contrataciones Públicas, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a las Contrataciones Públicas. h) Emitir pronunciamiento que observe, elabore y/o apruebe la liquidación de los contratos de obra previstos en la LGCP. i) Designar a los miembros integrantes de los Comités de recepción de obra. j) Autorizar y suscribir la realización de contrataciones complementarias para bienes y servicios, salvo las excepciones previstas en la LGCP. k) Aprobar o denegar la subcontratación por escrito y de manera previa, dentro del plazo previsto en el Reglamento de la LGCP. l) Ejercer la representación del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante entidades fi nancieras, para hacer efectiva la ejecución de las garantías presentadas por los Contratistas. m) Suscribir Convenios Institucionales para la realización de Compras Corporativas Facultativas de bienes y servicios en general para encargar a otra Entidad Pública las actuaciones preparatorias y/o los procedimientos de selección de bienes y servicios en general así como desistirse de participar en las Compras Corporativas Facultativas de acuerdo al artículo 242 del Reglamento de la LGCP. (…)”.Artículo 2.- Se modi fi ca el artículo 12 de la Resolución Ministerial Nº 0524-2025-MIDAGRI, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 0023-2026-MIDAGRI que delega facultades en diversos funcionarios del MIDAGRI y de órganos adscritos o descentralizados, proyectos especiales, programas u otros organismos dependientes, durante el año fi scal 2026, incorporando el rubro “En materia de obras por impuesto”, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 12.- Delegación de facultades en el Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto Se delega en el Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, las siguientes facultades y atribuciones en el ámbito de sus competencias: En materia Presupuestal y Financiera Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático que se realicen dentro de las Unidades Ejecutoras del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, de acuerdo a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público. En materia de Obras por Impuesto Emitir la Carta de Compromiso de Priorización de Recursos para Intervenciones que se ejecuten parcial o totalmente en los años fi scales siguientes. (…)”. Artículo 3.- Se dispone se notifi que la presente Resolución Ministerial al Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, al Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, al Secretario General, así como a todos los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Artículo 4.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE CÉSAR MEZA MILLÁN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2531395-1 Modifican el artículo 1 de la Resolución de Secretaria General Nº 0161-2025-MIDAGRI-SG, sobre delegación de facultades en el Director General de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° D000073-2026- MIDAGRI-SG Jesús María, 2 de julio del 2026CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, se establece que la Autoridad de Gestión Administrativa que forma parte de la Alta Dirección en los Ministerios es el Secretario General; Que, el artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 080-2021-MIDAGRI, establece que el Secretario General es la Máxima Autoridad Administrativa del Ministerio; Que, el numeral 67.1 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus