Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 65
65 NORMAS LEGALES Viernes 3 de julio de 2026 El Peruano / Huaral, por mayoría simple, entre las Municipalidades Distritales de la Provincia de Huaral. La Municipalidad Provincial de Huaral hace las veces de veedor y no tiene derecho a voto. La elección se formaliza mediante Resolución de Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Huaral, en el plazo máximo de siete (07) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto Supremo que aprueba el presente Reglamento, en el Diario O fi cial El Peruano. Dicha designación es notifi cada al Presidente del Consejo, al MEF, a la ANIN y la ANA CHANCAY en el plazo antes mencionado. 5.4. El presidente del Consejo de Administración del Fondo convoca a sesión de instalación en el plazo máximo de diez (10) días hábiles de la elección a que se hace referencia en el numeral 5.3 del presente artículo. 5.5. Los integrantes del Consejo de Administración del Fondo ejercen su labor ad honorem , por tanto, no perciben el pago de dietas o similares por las funciones que realicen en el marco de la Ley N° 32278 y del presente Reglamento. 5.6. En caso de asunción de mando de una nueva gestión municipal o cambio de la autoridad edil, los plazos para efectos de las designaciones y elecciones a que se hace referencia en los numerales 5.2 y 5.3 se contabilizan desde el día de la asunción de funciones. Los demás supuestos de modi fi caciones en la conformación del Consejo son contemplados en el Reglamento Interno del Consejo de Administración. Artículo 6. Funciones del Consejo de Administración del Fondo Son funciones del Consejo de Administración del Fondo: 1. Priorizar el fi nanciamiento de inversiones y proyectos de carácter social en el marco de la CIET y la Estrategia Integral que impulse el desarrollo económico y social en las zonas de in fl uencia del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay, siempre que se encuentren comprendidos dentro del área de in fl uencia establecida en el numeral 3 del artículo 3 del presente Reglamento. 2. Aprobar los montos a ser asignados para el fi nanciamiento de las inversiones y proyectos de carácter social, conforme a la priorización señalada en el numeral anterior. 3. Efectuar el seguimiento a los montos asignados para el fi nanciamiento de las inversiones y proyectos de carácter social, en coordinación con las entidades que correspondan. 4. Garantizar la transparencia en el ejercicio de las funciones a su cargo. 5. Coordinar con la ANA CHANCAY y la ANIN para el cumplimiento de lo establecido en el numeral 1 del presente artículo. Artículo 7. Criterios de priorización para el fi nanciamiento de inversiones y proyectos de carácter social para el cierre de brechas de infraestructura o el acceso a los servicios públicos 7.1. La priorización del fi nanciamiento de las inversiones y proyectos de carácter social que se señala en el numeral 1 del artículo 6 del presente Reglamento, se determina considerando los siguientes criterios: a) Según la función: Se prioriza la inversión según la función que cumple, considerando su importancia en el contexto actual: Función Puntaje Orden público y Seguridad / Defensa 5Transportes 4 Saneamiento / Salud / Agricultura/Agua Potable 3 Otros 2 b) Según el estado de la inversión: Se prioriza la inversión que presente un mayor avance en el Ciclo de Inversión: Estado de la Inversión Puntaje Ejecución 5Viable / Aprobado 4Idea 3 c) Según la población bene fi ciaria: Se prioriza la inversión que atiende a un mayor número de bene fi ciarios: Categoría Puntaje Mayor a 100 000 beneficiarios 5 Entre 40 000 y 100 000 beneficiarios 4Menor a 40 000 beneficiarios 3 d) Según el costo estimado: Se prioriza la inversión o proyecto de carácter social cuyo monto de inversión es menor: Proyecto de Inversión Puntaje Menor a S/ 40 000 000 5Entre S/ 40 000 000 y S/ 200 000 000 4Mayor a S/ 200 000 000 3 IOARR Puntaje Menor a S/ 1 600 000 5 Entre S/ 1 600 000 y S/ 5 000 000 4 Mayor a S/ 5 000 000 3 Proyecto de carácter social Puntaje Menor al 50% del tope máximo 5Entre el 50% y el 80%máximo 4Mayor al 80% del tope máximo 3 e) Según el nivel de alineamiento: Se prioriza el nivel de alineamiento de las inversiones con la CIET y de los proyectos de carácter social con la Estrategia Integral elaborada por la ANA CHANCAY y: Alineamiento Puntaje Alto 5 Medio 4Bajo 3No Alineado 0 7.2. La priorización se determina sobre la base del puntaje acumulado. En caso de empate, se resuelve por decisión de la Presidencia del Consejo de Administración del Fondo. 7.3. En el caso de las inversiones en el marco del SNPMGI a ser fi nanciadas por el Fondo, estas forman parte de la cartera de Programación Multianual de Inversiones de la entidad proponente. Para el caso de los proyectos de inversión, todos los criterios indicados en el numeral 7.1 son aplicables. Para el caso de las IOARR, el criterio c) no es aplicable. La fuente de información para la aplicación de los criterios proviene de los aplicativos informáticos del SNPMGI. 7.4. Para el caso de proyectos de carácter social a ser fi nanciados por el Fondo, la aplicación de los criterios a) y c) se realiza tomando en cuenta la información proveniente del proyecto de inversión mediante el cual se hayan generado o modi fi cado los activos cuyo funcionamiento o mantenimiento corresponda al propósito del proyecto de carácter social, considerando como fuente de información para su aplicación aquella proveniente de los aplicativos informáticos del SNPMGI. El proyecto de inversión relacionado debe haber culminado su ejecución física. La aplicación de los criterios d) y e) se realiza considerando la fi cha del proyecto de carácter social para cada tipología de inversión, conforme a las disposiciones que establezca el MIDIS en coordinación con los sectores competentes, incluyendo el monto máximo por cada tipología de proyecto de carácter social y la identi fi cación de los códigos únicos de inversión de los proyectos de inversión relacionados. El criterio b) no es aplicable a estos proyectos. CAPÍTULO III ASIGNACIÓN Y EJECUCIÓN DE RECURSOS Artículo 8. Asignación de los recursos del Fondo Los montos aprobados por el Consejo de Administración del Fondo son comunicados por su