Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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71 NORMAS LEGALES Martes 14 de julio de 2026 El Peruano / CÓDIGO INFRACCIÓN GRAVEDAD DE SANCIÓN MULTA UIT-% UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA 45.005 Negar la atención o restringir la adquisición de uno o más productos y/o la prestación de servicios a una persona o grupo de personas de los establecimientos abiertos al público por razones de raza, color de piel, origen étnico, idioma, religión, sexo, orientación sexual, identidad de género, posición política, afiliación a un partido o movimiento político, residencia, condición económica, vestimenta, edad, estado civil, discapacidad, estado físico u otra condición similar; por parte del personal que tiene a su cargoMG 1UIT Clausura Temporal 45.006 Realizar todo tipo de comentario lesivo, por razones de raza, color de piel, origen étnico, idioma, religión, sexo, orientación sexual, identidad de género, posición política, afiliación a un partido o movimiento político, residencia, condición económica, vestimenta, edad, estado civil, discapacidad, estado físico u otra condición similar; en contra de una persona o grupo de personas en el interior y exterior del/los establecimientos/s abiertos al público, en el distrito de Lurigancho.MG 1 ½ UIT Clausura Temporal 2533205-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA Autorizan viaje de regidores y servidor de la Municipalidad Provincial de Urubamba a la República Federal de Alemania, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 029-2026-MPU/C Urubamba, 5 de junio de 2026 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA, en sesión ordinaria de fecha 04/06/2026, bajo la convocatoria por el alcalde Sr. Ronald Vera Gallegos y la asistencia de los regidores: Sr. Yuri Robinson Durand Flores, Sra. María Guadalupe Romero Ochoa, Sr. Roberto Rojas Concha, Sr. Juan Escobedo Quin, Sr. Efraín Achahui Cuyro, Sra. Victoria Quispe Tito, Sr. Marcos Marcial Concha Tupayachi, Sra. Cinthia Fiorella García Tisoc y el Sr. Mariano Tapia Yupanqui; y, VISTO: El acta de la sesión ordinaria del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Urubamba de fecha 04/06/2026, en la que se debatió la postergación de viaje al exterior del país de regidores del Concejo Municipal y de un servidor de la Municipalidad Provincial de Urubamba; y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el artículo 41º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y fi nanciamiento, según corresponda; Que, el artículo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, sobre atribuciones del Concejo Municipal, señala: Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27619 Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala: Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades Públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, el Jurado Nacional de Elecciones, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, las Municipalidades y la Contraloría General de la República, se autorizarán mediante Resolución de las más alta autoridad de la respectiva Entidad; Que, mediante documento s/n de fecha 17/03/2026, con registro Nº 005892 del área de atención al ciudadano, el Primer alcalde de Eching de la República Federal de Alemania, señor Sebastián Thaler, cursa invitación ofi cial al señor Ronald Vera Gallegos, alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, y al señor Eiger Sánchez Motta, Gerente de Medio Ambiente, a fi n de que participen en una visita de intercambio técnico a desarrollarse en la ciudad de Eching, Alemania, en el marco de la cooperación climática municipal entre ambas entidades. Dicha visita se encuentra programada con ocasión del evento denominado “Echinger Klimafrühling”, a realizarse el 07 de mayo de 2026, teniendo como fi nalidad fortalecer el intercambio técnico y la cooperación interinstitucional en materia de protección del clima y desarrollo sostenible. Asimismo, se prevé la participación de un tercer representante designado por la Municipalidad Provincial de Urubamba; Que, mediante Informe Nº 0499-2026-MPU-GMA/ ESM de fecha 15/05/2026, el Gerente de Medio Ambiente informa que, conforme al correo electrónico de la referencia remitido por la señora Daniela Kirschstein, representante de la Municipalidad de Eching (Alemania), se comunicó que, debido a los procesos de organización interna de SKew, no resulta posible concretar la visita técnica en las fechas inicialmente programadas,