Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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58 NORMAS LEGALES Martes 14 de julio de 2026 El Peruano / De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, de manera excepcional, que el cargo de Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura sea ejercido a dedicación exclusiva, ello en virtud a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, no debiendo considerarse acto administrativo que se oponga a lo dispuesto en el presente artículo, únicamente en dicho extremo. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Raúl Solórzano Cosar, fi scal superior titular penal de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en la Segunda Fiscalía Superior Penal de Huaura, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2942-2024-MP-FN, de fecha 27 de diciembre de 2024. Artículo Tercero.- Designar al abogado Marlon Javier Calle Pajuelo, fi scal superior titular penal de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en la Segunda Fiscalía Superior Penal de Huaura. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento al abogado Raúl Solórzano Cosar que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Quinto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Imagen Institucional y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2534596-8 Nombran fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2035-2026-MP-FN Lima, 13 de julio de 2026 VISTO Y CONSIDERANDO: El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por el Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado, en virtud del cual los fi scales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores. Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3850-2025-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2025, se resolvió, entre otros, nombrar al abogado Gilberto Cayatopa Idrogo, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín, designándolo en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Tarapoto; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y especí fi cas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030 — ha de fi nido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fi scal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fi scal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal. De la información que obra en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), se advierte la existencia de una (1) plaza de fi scal adjunto superior pendiente de ocupar en la Fiscalía Superior Mixta de Jaén. En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), y las metas institucionales, se ha considerado oportuno emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Gilberto Cayatopa Idrogo, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunto superior en la Fiscalía Superior Mixta de Jaén, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento y designación descritos en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Gilberto Cayatopa Idrogo, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín, y su designación en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Tarapoto, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2956-2024-MP-FN y 3850-2025-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2024 y 30 de diciembre de 2025, respectivamente. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Gilberto Cayatopa Idrogo, como fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolo en la Fiscalía Superior Mixta de Jaén. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Gilberto Cayatopa Idrogo que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lambayeque y San Martín, O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas