Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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57 NORMAS LEGALES Martes 14 de julio de 2026 El Peruano / fecha 3 de julio de 2026, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2665-2024-MP-FN, de fecha 20 de noviembre de 2024, e informe Nº 0169-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 10 de julio de 2026, y; CONSIDERANDO: Mediante los o fi cios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, eleva la solicitud del abogado Marlon Javier Calle Pajuelo, fi scal superior titular penal de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, comunicando que ha concluido sus funciones que desempeñó como integrante del Jurado Electoral Especial de Huaura, en calidad de segundo miembro titular del Jurado Electoral Especial de Huaura y solicita la reincorporación al despacho fi scal que corresponda. Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2665-2024-MP-FN, de fecha 20 de noviembre de 2024, se dispuso que el ejercicio del cargo de presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal constituya una labor adicional al desempeño de la función fi scal en el despacho fi scal que se encuentre designado u otro que se le asigne, a partir del 1 de enero de 2025. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2942-2024-MP-FN, de fecha 27 de diciembre de 2024, se resolvió, entre otros, designar al abogado Raúl Solórzano Cosar, fi scal superior titular penal de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en la Segunda Fiscalía Superior Penal de Huaura; habiéndosele proclamado como Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, por el período 2025-2026, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2945-2024-MP-FN, de fecha 27 de diciembre de 2024. Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2804-2025-MP-FN, de fecha 11 de septiembre de 2025, se resolvió dar por concluida, a partir del 29 de agosto de 2025, la designación del abogado Marlon Javier Calle Pajuelo, fi scal superior titular penal de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, como jefe de la Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Huaura, al haber sido designado como segundo miembro titular del Jurado Electoral Especial de Huaura. Consecuentemente, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura con Resolución de Presidencia Nº 001441-2025-MP-FN-PJFSHUAURA, de fecha 15 de agosto de 2025, concedió licencia sin goce de remuneraciones al magistrado Marlon Javier Calle Pajuelo, a partir del 29 de agosto de 2025 hasta la culminación del proceso de Elecciones Generales 2026. En otro aspecto, con el o fi cio Nº 006354-2026-SG/ JNE, de fecha 3 de julio de 2026, la Secretaria General del Jurado Nacional de Elecciones pone en conocimiento a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, el cierre del Jurado Electoral Especial de Huaura y término de funciones del segundo miembro representante del Ministerio Público – Elecciones Generales 2026, adjuntándose el acta de cierre del Jurado Electoral Especial de Huaura, de fecha 3 de julio de 2026, y además se indica lo establecido en el acápite 12.3 del Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales para procesos electorales, aprobado mediante la Resolución Nº 0162-2025-JNE: “12.3 El segundo miembro del JEE, en caso de ser fi scal en actividad, debe reincorporarse a la Junta de Fiscales Superiores respectivas el siguiente día hábil después de la desactivación del JEE como órgano colegiado”; asimismo, señala que el 5 de julio de 2026, culminó su vínculo con el Jurado Nacional de Elecciones y que su fecha de reincorporación al Ministerio Público (de ser el caso) debería ser el 6 de julio de 2026. Con el o fi cio Nº 004116-2026-MP-FN-GG-OGPOHU- OAPH, de fecha 9 de julio del presente año, la O fi cina de Administración de Potencial Humano informa que el abogado Marlon Javier Calle Pajuelo cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) Nº 020226, correspondiente a la categoría remunerativa de Fiscal Titular y al cargo estructural de Fiscal Superior; asimismo, señala que el registro detallado, ha sido considerado en la “Cantidad Máxima de Plazas, Puestos y Posiciones del Personal Activo y Registro de Contrato Administrativo de Servicios asociado a la Asignación Presupuestas Multianual 2026-2028”. El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por el Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado, en virtud del cual los fi scales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores. Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y especí fi cas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030— ha de fi nido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fi scal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fi scal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal. En tal sentido, en virtud de la facultad conferida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), las metas institucionales y la necesidad de priorizar el uso e fi ciente del presupuesto institucional, se torna imperativo adoptar medidas que permitan brindar un mejor servicio fi scal. Por ello el fi scal superior de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Huaura deberá de desempeñar únicamente funciones en dicho despacho; consecuentemente, a partir de la fecha, el cargo de Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura deberá desempeñarse a dedicación exclusiva. Por lo tanto, resulta necesario emitir el resolutivo correspondiente que disponga, de manera excepcional, que el ejercicio del cargo de Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura sea a dedicación exclusiva; y, en consecuencia, se dé por concluida la designación del abogado Raúl Solórzano Cosar, fi scal superior titular penal de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en la Segunda Fiscalía Superior Penal de Huaura. Por otro lado, atendiendo que las funciones como segundo miembro en el Jurado Electoral Especial de Huaura que desempeñaba el abogado Marlon Javier Calle Pajuelo, fi scal superior titular penal de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura han culminado, conforme se aprecia del acta de cierre de las funciones del pleno (3 de julio de 2026), el o fi cio Nº 001399-2026-JEEHUAURA- EF2026/JNE y el o fi cio Nº 006354-2026-SG/JNE y que conforme este último documento, deberá reincorporarse al Ministerio Público a partir del 6 de julio de 2026, se deberá tener en cuenta que el referido fi scal cuenta con el código AIRHSP Nº 020226, de acuerdo a la información proporcionada por la O fi cina de Administración de Potencial Humano, a través del o fi cio Nº 004116-2026-MP- FN-GG-OGPOHU-OAPH, de fecha 9 de julio de 2026; en consecuencia corresponde designarlo, en su condición de magistrado titular, fi scal superior titular penal de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en la Segunda Fiscalía Superior Penal de Huaura; en atención al marco normativo, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0169-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 10 de julio de 2026.