Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 59
59 NORMAS LEGALES Martes 6 de octubre de 2026 El Peruano / SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. De la revisión de los actuados, se veri fi ca que, a través del Acuerdo de Concejo Nº 055-2026-AL/CPB, del 17 de junio de 2026, el Concejo Provincial de Barranca concedió la licencia al señor regidor, por el periodo de treinta (30) día antes del proceso electoral a efectuarse el 4 de octubre de 2026, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.4.). 2.2. En ese sentido, dado que la solicitud de licencia sin goce de haber cuenta con la aprobación del Concejo Provincial de Barranca y, conforme a lo establecido en la LOM y en la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), con la fi nalidad de completar el número legal de regidores, corresponde convocar a don Diógenes Leocadio Torres Ventocilla, identi fi cado con DNI Nº 15858830, candidato no proclamado de la organización política Partido Democrático Somos Perú, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Barranca. 2.3. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 31 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huara, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.4. Cabe precisar que no corresponde convocar a doña Roxana Utrilla Domínguez, candidata no proclamada de la organización política Partido Democrático Somos Perú, debido a que, de la consulta efectuada en la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (en el detalle del Expediente Nº ERM.2026022630), se advierte que dicha ciudadana participa como candidata en las ERM 2026. 2.5. Asimismo, de la consulta efectuada en la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones, no se registra que don Diógenes Leocadio Torres Ventocilla, identi fi cado con DNI Nº 15858830, participe como candidato en las ERM 2026. 2.6. Del mismo modo, de la consulta de la fi cha en línea del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec), se veri fi ca que, a la fecha de cali fi cación del presente expediente, no se ha registrado fallecimiento o se haya cuestionado la identidad del referido ciudadano. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Ramón Wilfredo Ramírez Oropeza, regidor del Concejo Provincial de Barranca, departamento Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026. 2. CONVOCAR a don Diógenes Leocadio Torres Ventocilla, identi fi cado con DNI Nº 15858830, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Barranca, departamento Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado mediante la Resolución Nº 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINAGONZALES BARRÓNTORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2 Aprobado mediante la Resolución Nº 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2561727-1 Convocan a ciudadanas para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital de Salaverry RESOLUCIÓN Nº 3740-2026-JNE Expediente Nº JNE.2026287126 SALAVERRY - TRUJILLO - LA LIBERTAD LICENCIA DE AUTORIDADCONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, 8 de setiembre de 2026 VISTO : el O fi cio Nº 385-2026-MDS-SG, presentado, el 7 de setiembre de 2026, por la Municipalidad Distrital de Salaverry, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad (en adelante, entidad recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Carlos Humberto Arroyo Rojas, alcalde de la referida comuna (en adelante, señor alcalde), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026). ANTECEDENTES 1.1. A través del o fi cio citado en el visto, la entidad recurrente informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor alcalde, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2026, a fi n de que se convoque a su respectivo reemplazo. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 040-2026- MDS, del 9 de junio de 2026. 1.2. En la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones 1 (JNE), en el detalle del Expediente Nº ERM.2026012283, se visualiza la solicitud de licencia presentada, el 29 de mayo de 2026, por el señor alcalde ante la entidad recurrente. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El artículo 24 determina que, en caso de ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM 2 1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, con la fi nalidad de elegir a gobernadores,