Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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50 NORMAS LEGALES Martes 6 de octubre de 2026 El Peruano / 2.5. Del mismo modo, de la consulta de la fi cha en línea del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, se veri fi ca que, a la fecha de cali fi cación del presente expediente, no se ha registrado fallecimiento o se haya cuestionado la identidad de la referida ciudadana. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don José Edwin Cabos Urrunaga, consejero del Consejo Regional de la Libertad, por la provincia de Pacasmayo, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026. 2. CONVOCAR a doña Ana Luisa Cotrina Sánchez, identi fi cada con DNI N° 76151546, para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejera del Consejo Regional de la Libertad, por la provincia de Pacasmayo, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado mediante la Resolución N° 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINA GONZALES BARRÓN TORRES CORTEZOYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Del 11 de diciembre de 2025. 2 Aprobado mediante la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2561719-1 Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcaldesa y regidor de la Municipalidad Distrital de Tate RESOLUCIÓN N° 3628-2026-JNE Expediente N° JNE.2026277753 TATE - ICA - ICALICENCIA DE AUTORIDAD CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 3 de setiembre de 2026VISTO : el O fi cio N° 09-2026-MDT/SG, presentado, el 10 de agosto de 2026, por don Luis Armando Mendoza Chanco, responsable de la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Tate, provincia y departamento de Ica (en adelante, señor recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Félix Jean Paul Moncada López, regidor de la referida comuna (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026), y teniendo a la vista el Expediente N° JNE.2026255367. ANTECEDENTES1.1. Mediante el o fi cio citado en el visto, el señor recurrente informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2026, a fi n de que se convoque a su respectivo reemplazo. Para tal fi n, adjuntó el Acuerdo de Concejo N° 027-2026-MDT/A, del 12 de junio de 2026, así como la solicitud de licencia, presentada por el señor regidor, el 4 del mismo mes y año, a la Municipalidad Distrital de Tate. 1.2. A través de la Resolución N° 3179-2026-JNE, del 19 de agosto de 2026, expedido en el Expediente N° JNE.2026255367, se convocó al señor regidor para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Tate, por el periodo comprendido del 4 de setiembre hasta el 3 de octubre de 2026, por los fundamentos ahí desarrollados. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El artículo 24 determina que en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM 1 1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República. En la Resolución N° 00746-2025-JNE 2 1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, organismos, empresas del Estado y municipalidades soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. El inciso 6.1 del numeral 6 de la parte resolutiva dispone: […] 6.1 Las solicitudes de licencia sin goce de haber tiene que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones). […] En el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales 3 (en adelante, Reglamento) 1.5. El artículo 14, sobre la noti fi cación de los pronunciamientos, regula lo siguiente: