Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 26
26 NORMAS LEGALES Viernes 9 de octubre de 2026 El Peruano / no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de octubre del año dos mil veintiséis. KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI Presidenta de la República ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA Ministro de Economía y Finanzas 2562862-1 Designan Directores del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar - Policial, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 040-2026-EF Lima, 7 de octubre de 2026CONSIDERANDO:Que, los artículos 12 y 13 del Decreto Ley Nº 21021, Ley que crea la Caja de Pensiones Militar – Policial, establecen que el Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar – Policial está integrado, entre otros, por dos directores designados por el Ministro de Economía y Finanzas, quienes son nombrados mediante resolución suprema, refrendada por los Ministros de los sectores correspondientes; su mandato se ejerce por un período de dos (2) años, prorrogable por una sola vez y por el mismo plazo; Que, mediante Resoluciones Supremas Nº 002- 2026-EF y Nº 007-2026-EF, se designó al señor José Luis Bustamante Solis y a la señora Isabel Lucía Matías Elías, respectivamente, como Directores del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar – Policial, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, se estima conveniente dar por concluida las citadas designaciones y designar en su reemplazo al señor Rafael Francisco Herrada Vargas y a la señora María Paula Vargas Romero como Directores del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar - Policial, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Ley Nº 21021, Ley que crea la Caja de Pensiones Militar – Policial; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1. Dar por concluida la designación del señor José Luis Bustamante Solis como Director del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar - Policial, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Dar por concluida la designación de la señora Isabel Lucía Matías Elías como Directora del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar - Policial, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3. Designar al señor Rafael Francisco Herrada Vargas como Director del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar - Policial, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4. Designar a la señora María Paula Vargas Romero como Directora del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar - Policial, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 5. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas.Regístrese, comuníquese y publíquese. KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI Presidenta de la República ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA Ministro de Economía y Finanzas 2562862-7 Autorizan viaje de funcionario del Ministerio de Economía y Finanzas, a la República Popular China, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 458-2026-EF/43 Lima, 7 de octubre del 2026CONSIDERANDO:Que, mediante Carta de fecha 10 de setiembre de 2026, el Foro de Cooperación Económica Asia Pací fi co (APEC) invita al Ministerio de Economía y Finanzas a participar en la Reunión de Ministros de Finanzas de APEC (FMM) 2026 y eventos conexos, que tendrán lugar del 19 al 21 de octubre de 2026, en la Región Administrativa Especial de Hong Kong, República Popular China; Que, el mencionado evento constituye un foro de discusión sobre la coyuntura macroeconómica y una plataforma de negociación de las prioridades de política económica y fi nanciera de la región APEC, por lo que, participar permitirá salvaguardar que el trabajo que se realice aluda y dé continuidad a los acuerdos y resultados obtenidos; Que, la participación de Perú en dichos eventos es relevante para los intereses nacionales y de este Ministerio, dado que está en línea con el objetivo de consolidar el desarrollo y la estabilidad del sistema fi nanciero y económico nacional, mediante la armonización de políticas, la transparencia, la promoción de inversiones, la inclusión fi nanciera y la prevalencia del enfoque macroprudencial. Asimismo, la intervención en las citadas reuniones permitirá que los acuerdos que se adopten se encuentren en concordancia con los lineamientos de política económica de nuestro país y los compromisos adoptados en el marco de todos los procesos de integración económica en los que participa el Perú como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Alianza del Pací fi co (AP); Que, en tal sentido, resulta de interés nacional e institucional la participación del señor Franklin Paul Thompson Loyola, Director de la Dirección de Asuntos de Economía Internacional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas en el mencionado evento, toda vez que la mencionada Dirección tiene entre sus funciones participar en el diseño e implementación de las estrategias de integración económica y comercial y asegurar la consistencia de los acuerdos internacionales en materia económica con la política económica general; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior del indicado personal, señalando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional;