Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (18/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Domingo 18 de octubre de 2026 El Peruano / 8. Promover la inclusión y participación de jóvenes en situación de vulnerabilidad y de jóvenes con discapacidad. 9. Emitir opiniones o pronunciamientos sobre asuntos de interés juvenil, respetando el marco legal y la institucionalidad municipal. 10. Elaborar y aprobar su Reglamento Interno, de conformidad con la presente Ordenanza y su Reglamento. 11. Las demás que correspondan a su naturaleza y sean previstas en el Reglamento. Artículo 7.- Organización El CDPJ-SI se organiza, como mínimo, mediante: 1. Asamblea General; 2. Junta Directiva;3. Secretaría Técnica;4. Grupos de Trabajo; y5. Comité Electoral durante los procesos de elección. La composición, funciones y mecanismos de funcionamiento de estas instancias se desarrollan en el Reglamento. Artículo 8.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica estará a cargo de la unidad orgánica municipal competente en materia de juventudes, conforme al ROF vigente, y será designada mediante el acto administrativo que corresponda. La Secretaría Técnica brindará asistencia técnica, coordinación y apoyo administrativo y logístico dentro de las competencias y disponibilidad institucional, sin interferir en la autonomía participativa del Consejo. Artículo 9.- Proceso eleccionario La elección de la Junta Directiva y demás representantes se realizará mediante procedimientos democráticos, transparentes, veri fi cables e inclusivos, conforme a la presente Ordenanza, su Reglamento y el Reglamento Electoral que corresponda. Artículo 10.- Padrón y tratamiento de datos El padrón de miembros, representantes y participantes será administrado por la Secretaría Técnica conforme a la Ley N° 29733, su Reglamento y demás normativa aplicable. Solo se recopilarán y tratarán los datos adecuados, pertinentes y necesarios para las fi nalidades de acreditación, participación, comunicación y gestión del Consejo. Artículo 11.- Carácter no remunerado Los cargos y funciones de representación del CDPJ-SI son ad honorem y no generan vínculo laboral, contractual ni derecho a remuneración, dieta, asignación o bene fi cio económico por parte de la Municipalidad. Artículo 12.- Reglamento APROBAR el Reglamento del Consejo Distrital de Participación de la Juventud de San Isidro, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 13.- Implementación La Municipalidad realizará las acciones necesarias para la convocatoria e instalación del Consejo, conforme a sus competencias y disponibilidad presupuestal, sin que la presente Ordenanza implique, por sí misma, la creación de nuevos puestos, unidades orgánicas o gastos permanentes no previstos en el presupuesto institucional. Artículo 14.- Coordinación institucional Las unidades orgánicas municipales, dentro del ámbito de sus competencias, podrán brindar información, asistencia técnica y coordinación al CDPJ-SI para el desarrollo de sus funciones, observando las normas de acceso a la información pública, protección de datos personales, integridad, transparencia y demás disposiciones aplicables. Asimismo, la unidad orgánica competente en materia de juventudes podrá gestionar, cuando corresponda, asistencia técnica de la Secretaría Nacional de la Juventud - SENAJU u otras entidades competentes, en el marco de sus respectivas funciones y competencias.Artículo 15.- Reglamento Interno El CDPJ-SI aprobará su Reglamento Interno, el cual desarrollará aspectos operativos no previstos en la presente Ordenanza o su Reglamento, sin contravenirlos ni establecer disposiciones que excedan la naturaleza y competencias del Consejo. Artículo 16.- Vigencia La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a ley. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Instalación El Consejo Distrital de Participación de la Juventud de San Isidro se instalará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Ordenanza y su Reglamento, salvo que el cronograma electoral aprobado establezca una secuencia distinta dentro de dicho plazo. SEGUNDA.- Disposiciones complementarias y operativas Facúltese a la Alcaldesa para dictar, mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones complementarias y operativas que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, dentro de los límites de sus competencias. TERCERA.- Publicación Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza y su Reglamento en el Diario O fi cial “El Peruano”, conforme a la normativa aplicable; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación en la sede digital institucional. CUARTA.- Implementación y seguimiento Encargar a la unidad orgánica responsable de la materia de juventudes, de acuerdo con el ROF vigente, la implementación y seguimiento de la presente Ordenanza, en el ámbito de sus competencias. QUINTA.- Derogación de disposiciones incompatibles Déjese sin efecto toda disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando, se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro a los 12 días del mes de octubre de 2026. NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN Alcaldesa REGLAMENTO DEL CONSEJO DISTRITAL DE PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD DE SAN ISIDRO TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I: OBJETO, ÁMBITO Y PRINCIPIOS Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento desarrolla las disposiciones de la Ordenanza que crea el Consejo Distrital de Participación de la Juventud de San Isidro, en adelante el CDPJ-SI, regulando su organización, composición, funcionamiento, participación, acreditación, proceso eleccionario, mecanismos de coordinación y demás aspectos necesarios para el cumplimiento de sus fi nes. Artículo 2.- Sigla y denominación Para efectos del presente Reglamento se denomina Consejo Distrital de Participación de la Juventud de San Isidro al espacio de participación juvenil creado por Ordenanza, pudiendo utilizarse indistintamente la denominación CDPJ-SI.