Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (18/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Domingo 18 de octubre de 2026 El Peruano / el comportamiento de la ciudadanía respecto del uso y conservación de la diversidad biológica, considerando los enfoques territorial e intercultural, lo que evidencia la pertinencia de institucionalizar un Programa Regional EDUCCA en el ámbito del departamento de Puno; Que, conforme al desarrollo de la Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Puno, se tiene como punto de agenda el O fi cio N° 000026-2026-GRP/CR-AUU, presentado por el Consejero Regional por la provincia de Puno, Alfredo Ucharico Uruchi, mediante el cual pone a consideración del Pleno el proyecto de Ordenanza Regional que propone aprobar el Programa Regional de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de Puno - Programa Regional EDUCCA Puno; como instrumento de plani fi cación y gestión orientado a fortalecer, en el ámbito regional, los procesos de educación, cultura y ciudadanía ambiental, promoviendo la generación de conocimientos, actitudes, valores y prácticas ambientalmente responsables, así como la participación y articulación de las entidades públicas, instituciones educativas, organizaciones privadas y sociedad civil, en el marco de las competencias y funciones que corresponden a cada una de las entidades involucradas; Que, la implementación del Programa Regional EDUCCA Puno responde a la necesidad de contar con un instrumento regional que permita articular las intervenciones de las diferentes unidades de organización del Gobierno Regional Puno, así como fortalecer la coordinación con las entidades públicas, gobiernos locales, instituciones educativas, organizaciones privadas y sociedad civil, dentro del ámbito de las competencias legalmente asignadas a cada entidad; Que, mediante Informe Técnico N° 006 2026GOB.REG. PUNO/GRAA/SGGA, el especialista en Gestión Ambiental de la Gerencia Regional de Autoridad Ambiental, sustentó técnicamente la aprobación del Programa Regional EDUCCA Puno, determinándose su correspondencia con el marco normativo ambiental nacional y con los instrumentos de política pública aplicables en materia de educación, cultura, ciudadanía ambiental y conservación de la diversidad biológica; sustento que fue elevado mediante Informe N° 000194-2026-GRP/SGGA y remitido al Consejo Regional mediante O fi cio N° 000500-2026-GRP/GRAA; Que, mediante Opinión Legal N° 000240-2026-GRP/ ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica efectuó el análisis jurídico de la propuesta normativa, reconociendo la competencia del Gobierno Regional Puno para promover políticas, programas y acciones orientadas a la educación, cultura y ciudadanía ambiental dentro de su jurisdicción, precisando que su implementación debe efectuarse respetando la rectoría del Ministerio de Educación y las competencias sectoriales correspondientes; Que, en atención a las precisiones efectuadas en el análisis jurídico, la propuesta fue sometida a evaluación de la Dirección Regional de Educación Puno, cuya Dirección de Gestión Pedagógica, mediante Informe N° 000007-2026-GRP/DREP-DGP-ROPA, emitió opinión técnica favorable, precisando que las acciones del Programa Regional EDUCCA Puno que involucren directamente a las instituciones educativas deberán desarrollarse en articulación con la Dirección Regional de Educación Puno y, según corresponda, con las Unidades de Gestión Educativa Local, observando las políticas, normas y orientaciones técnico-pedagógicas establecidas por el Ministerio de Educación; Que, mediante O fi cio N° 311-2026-GR PUNO/GRDS/ DREP/OAJ, la Dirección Regional de Educación Puno remitió los actuados y la opinión técnica especializada emitida por sus áreas competentes, con lo cual se incorporó al expediente el pronunciamiento técnico sectorial requerido para la viabilidad de la propuesta normativa; Que, mediante Informe N° 000214-2026-GRP/GGR, la Gerencia General Regional elevó el expediente al Gobernador Regional, quien, mediante O fi cio N° 000544- 2026-GRP/GR PUNO, lo remitió al Consejo Regional; y que, luego de su derivación al Consejero Regional competente, la propuesta del Programa Regional EDUCCA Puno fue presentada al Pleno, contando con sustento técnico-ambiental, opinión legal institucional y opinión técnica favorable de la Dirección Regional de Educación Puno, por lo que resulta procedente, en el marco del artículo 123° del Reglamento Interno del Consejo Regional, solicitar la exoneración del procedimiento legislativo y estudio de comisión; Que, la aprobación del Programa Regional EDUCCA Puno permitirá institucionalizar un marco de plani fi cación y articulación para las acciones de educación, cultura y ciudadanía ambiental en el ámbito regional, orientando su implementación hacia el fortalecimiento de capacidades, la participación ciudadana, la generación de prácticas ambientalmente responsables y la prevención y atención de los principales problemas ambientales existentes en el territorio regional; Que, el Pleno del Consejo Regional, luego de la exposición y sustentación por parte del consejero Alfredo Ucharico Uruchi y del especialista de la Gerencia de Autoridad Ambiental, así como del análisis y debate correspondiente, y contando con las adhesiones de los consejeros regionales: Percy Mamani Vargas, Abad Vizcarra Estrella, Basilio Mendoza Uriarte, Wido Willam Condori Castillo, Walker Narciso Mamani Ururi, Leyder Carina Puma Ojeda, Esteban Mamani Quispe, Elvis Augusto Aliaga Payehuanca, Jaime Chanel Perlas Hancco, María Elena Mamani Apaza, Percy Quispe Miranda, Concepción Aguirre Ccaso y Rolando Rivera Zevallos, procedió a someter a votación la propuesta normativa, la misma que fue aprobada con diecisiete (17) votos a favor, en consecuencia, se aprobó la Ordenanza Regional que aprueba el Programa Regional EDUCCA Puno; Que, el Consejo Regional en Pleno después del respectivo debate y votación; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias Ley N° 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28961 y la Ley 31433. El Pleno del Consejo Regional, por mayoría legal; ORDENA: Artículo Primero. - APROBAR el Programa Regional de Educación, Cultura, y Ciudadanía Ambiental del Gobierno Regional Puno - Programa Regional EDUCCA Puno, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la aprobación, mediante resolución de Gerencia General y durante el primer trimestre de cada año, de los planes de trabajo anuales como instrumento de priorización, contextualización y formalización de actividades, tareas y proyectos para efectos de la implementación del Programa Regional EDUCCA Puno. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Autoridad Ambiental, coordinar la elaboración participativa de la propuesta de Plan de Trabajo Anual del Programa Regional EDUCCA Puno, gestionar su aprobación a través de las instancias correspondientes y coordinar su implementación con el conjunto de unidades de organización del Gobierno Regional Puno; generar o aplicar los mecanismos de coordinación, concertación y participación, así como las alianzas necesarias; implementar los mecanismos de seguimiento y evaluación, elaborar los reportes requeridos aplicando los canales, formatos e indicadores que establezca la Autoridad Ambiental Nacional; presentar el reporte anual correspondiente a la Gerencia General Regional, al Consejo Regional, a la Comisión Ambiental Regional (CAR) Puno y al Ministerio de Ambiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al conjunto de unidades de organización del Gobierno Regional Puno aportar a la implementación del Programa Regional EDUCCA de Puno y, a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, programar y asignar anualmente de acuerdo a la disponibilidad presupuestal el presupuesto y los recursos necesarios para asegurar la implementación del Plan de Trabajo Anual del Programa Regional EDUCCA Puno. Artículo Quinto.- DISPONER la entrega de la presente Ordenanza Regional y el programa anexo, así como los planes de trabajo anuales, a la Comisión Ambiental Regional (CAR) Puno y al Ministerio del Ambiente, para los fi nes de registro y seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible y la normativa internacional vigente, de las políticas y normativa ambiental