Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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42 NORMAS LEGALES Domingo 18 de octubre de 2026 El Peruano / Artículo 13.- Funciones de la Asamblea General Son funciones de la Asamblea General: a) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y sus modi fi caciones. b) Conocer y evaluar el informe anual de gestión de la Junta Directiva. c) Conformar Grupos de Trabajo y conocer sus resultados. d) Aprobar y modi fi car el Reglamento Interno del CDPJ-SI. e) Emitir acuerdos, opiniones y pronunciamientos sobre asuntos de interés juvenil. f) Ejercer las funciones que correspondan respecto de la Junta Directiva conforme al presente Reglamento. g) Promover mecanismos de participación y consulta de las juventudes del distrito. h) Las demás previstas en la Ordenanza y el presente Reglamento. Artículo 14.- Sesiones y convocatoria La Asamblea General sesionará ordinariamente por lo menos dos (2) veces al año. Podrá sesionar extraordinariamente cuando la Junta Directiva lo considere necesario o cuando sea solicitada por no menos del veinticinco por ciento (25 %) de los representantes acreditados con derecho a voto. La convocatoria deberá indicar fecha, hora, modalidad, agenda y, de corresponder, la documentación pertinente. Artículo 15.- Quórum En primera convocatoria, la Asamblea General se instala con la asistencia de la mitad más uno de los representantes acreditados con derecho a voto. En segunda convocatoria, podrá instalarse con la asistencia de no menos del veinticinco por ciento (25 %) de dichos representantes. Las materias que, por su naturaleza, requieran quórum especial serán determinadas por el Reglamento Interno, sin contravenir la Ordenanza ni el presente Reglamento. Artículo 16.- Acuerdos Los acuerdos de la Asamblea General se adoptan por mayoría simple de los representantes presentes con derecho a voto, salvo disposición expresa distinta. Los acuerdos constarán en acta y deberán guardar correspondencia con la naturaleza consultiva y propositiva del CDPJ-SI y con el ordenamiento jurídico vigente. Artículo 17.- Participantes invitados La Asamblea General podrá invitar, con voz y sin voto, a autoridades, funcionarios, servidores, especialistas, representantes de entidades públicas o privadas, organizaciones de la sociedad civil y jóvenes, cuando su participación contribuya al análisis de los asuntos comprendidos en la agenda. CAPÍTULO II: JUNTA DIRECTIVA Artículo 18.- Naturaleza La Junta Directiva es la instancia de representación, dirección, coordinación y organización del CDPJ-SI y responde ante la Asamblea General por el cumplimiento de las funciones que le corresponden. Artículo 19.- Integración La Junta Directiva estará integrada por tres (3) representantes elegidos mediante el proceso electoral regulado en el presente Reglamento, quienes ejercerán los cargos de: a) Secretario/a General; b) Subsecretario/a General; y c) Secretario/a de Organización. La conformación de la Junta Directiva procurará la pluralidad y participación equilibrada de las juventudes, sin discriminación y respetando las reglas electorales aplicables.Artículo 20.- Funciones de la Junta Directiva Son funciones de la Junta Directiva: a) Representar al CDPJ-SI dentro de los límites establecidos por la Ordenanza y el presente Reglamento. b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.c) Convocar y conducir las sesiones de la Asamblea General. d) Elaborar y presentar a la Asamblea General el proyecto de Plan Anual de Trabajo. e) Coordinar y supervisar el desarrollo de los Grupos de Trabajo. f) Presentar a la Asamblea General el informe anual de gestión. g) Promover la articulación con organizaciones juveniles, instituciones y demás actores vinculados a la materia. h) Mantener comunicación y coordinación con la Secretaría Técnica. i) Adoptar las medidas internas necesarias para el adecuado funcionamiento del Consejo, dentro de sus competencias. j) Otras que le correspondan conforme a la Ordenanza y el presente Reglamento. Artículo 21.- Sesiones La Junta Directiva sesionará ordinariamente con la periodicidad que determine su Reglamento Interno y, extraordinariamente, cuando resulte necesario para el cumplimiento de sus funciones. La convocatoria será efectuada por el Secretario/a General o quien haga sus veces, indicando agenda, fecha, hora y modalidad de la sesión. Artículo 22.- Quórum y acuerdos La Junta Directiva sesiona válidamente con la asistencia de dos (2) de sus integrantes. Sus acuerdos se adoptan por mayoría simple. En caso de empate, el Secretario/a General tendrá voto dirimente. Artículo 23.- Periodo El periodo de la Junta Directiva será de dos (2) años, contado desde el reconocimiento de sus integrantes, salvo las disposiciones transitorias aplicables al primer proceso electoral. Artículo 24.- Vacancia El cargo de integrante de la Junta Directiva vaca por renuncia, fallecimiento, pérdida de la condición de representante, cumplimiento de los treinta (30) años, inasistencia reiterada e injusti fi cada a las sesiones conforme a las reglas previamente establecidas, o separación acordada mediante procedimiento que garantice el derecho a ser oído y a presentar descargos. No constituye causal de vacancia, por sí misma, la condición de salud o discapacidad. Artículo 25.- Reemplazo por vacancia Producida la vacancia de un integrante de la Junta Directiva, la Asamblea General adoptará las medidas de reemplazo que correspondan de acuerdo con los resultados electorales, la prelación de la lista elegida y las disposiciones del Reglamento Interno. De no resultar posible, se procederá conforme al mecanismo previsto por el Reglamento Electoral o, en su defecto, mediante elección complementaria. CAPÍTULO III: SECRETARÍA TÉCNICA Artículo 26.- Naturaleza La Secretaría Técnica constituye la instancia de apoyo municipal al CDPJ-SI. Su intervención comprende asistencia técnica, coordinación y soporte administrativo y logístico, de acuerdo con las competencias previstas en el ROF vigente y la disponibilidad institucional, sin interferir en la autonomía participativa del Consejo. Artículo 27.- Designación La Secretaría Técnica estará a cargo de la unidad orgánica municipal competente en materia de juventudes,