Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (29/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 130

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Jueves 29 de octubre de 2026 El Peruano / 3 del Decreto Supremo N° 262- 2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con fi nanciamiento parcial, corresponde otorgar el pago del cuarenta por ciento (40%) de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero para cubrir los gastos de alimentación y transporte local; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, mediante el O fi cio N° 02457-2026-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 191-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión técnica favorable para la autorización del viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 02006-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP LUIS DAVID BUSTAMANTE IQUIRA, para participar en el Programa de Instructor Invitado en la Academia Interamericana de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América (IAAFA), a realizarse en la Base Conjunta Lackland, ubicada en la ciudad de San Antonio, Estado de Texas, Estados Unidos de América, del 2 de noviembre de 2026 al 2 de diciembre de 2028; así como autorizar su salida del país el 1 de noviembre de 2026 y su retorno el 3 de diciembre de 2028. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa el pago que corresponda, con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al concepto siguiente: Gastos de traslado de ida (equipaje, bagaje e instalación) US$ 5,346.90 x 2 x 1 persona US$ 10,693.80 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero US$ 5,346.90 / 30 x 29 días x 1 persona x 40% US$ 2,067.47US$ 5,346.90 x 1 mes x 1 persona x 40% US$ 2,138.76 ---------------------- Total a pagar en dólares americanos: US$ 14,900.03Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales de la Fuerza Aérea del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar el inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal autorizado para realizar la misión de estudios que se detalla en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El personal autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza. Artículo 9.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA Ministro de Defensa 2569394-1 Autorizan viaje de personal de la Fuerza Aérea del Perú a la República Oriental del Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 01323-2026-DE Lima, 28 de octubre del 2026VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 006362-2026-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio Nº 02527-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 02005-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 9096/26, la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Uruguaya, conforme a lo contemplado en el “Anexo Bravo” del Acta de la II Reunión de Jefes de Estados Mayores de la Fuerza Aérea del Perú y de la Fuerza Aérea Uruguaya, hace extensiva una invitación a la Fuerza Aérea del Perú, para que dos (2) efectivos militares participen en la actividad UR-04 “Intercambio Técnico Profesional en Operaciones de Caída Libre”, a realizarse en el Escuadrón de Operaciones Especiales, Brigada Aérea I, ubicado en