Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 23
23 NORMAS LEGALES Jueves 29 de octubre de 2026 El Peruano / la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 2 al 8 de noviembre de 2026; Que, con O fi cio Extra FAP Nº 006362-2026-SECRE/FAP, complementado con los correos institucionales del 19 y 26 de octubre de 2026, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Fuerza Aérea del Perú, para participar en la actividad UR-04 “Intercambio Técnico Profesional en Operaciones de Caída Libre”, a realizarse en el Escuadrón de Operaciones Especiales, Brigada Aérea I, ubicado en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 2 al 8 de noviembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 1 de noviembre y su retorno el 9 de noviembre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público; Que, a través del citado documento y correos institucionales, la institución armada remite entre otros, el Informe Legal Nº 0084-2026-COAL, la “Exposición de motivos y sustento”, el documento “Hoja de gastos y declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 HG Nº 153 DGVC-ME/SIAF-SR”; así como, la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000022, que garantiza el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la “Exposición de motivos y sustento”, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el citado viaje al exterior, en comisión de servicio; por cuanto, permitirá adquirir e intercambiar conocimientos, experiencias, tácticas, técnicas y procedimientos relacionados con las operaciones de caída libre, que posteriormente podrán ser difundidas, replicadas y aplicadas al interior de la Fuerza Aérea del Perú, contribuyendo al fortalecimiento de los procesos de instrucción, entrenamiento y preparación operativa del personal militar; Que, conforme a lo señalado en el O fi cio Nº 9096/26, los gastos por los conceptos de hospedaje, alimentación y transporte interno serán cubiertos por la Fuerza Aérea Uruguaya; Que, de acuerdo con el documento “Hoja de gastos y declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 HG Nº 153 DGVC-ME/SIAF-SR”, la institución armada señala que, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, correspondiente a la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante O fi cio Nº 02527-2026-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 132-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, con Informe Legal Nº 02005-2026-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Fuerza Aérea del Perú que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en la actividad UR- 04 “Intercambio Técnico Profesional en Operaciones de Caída Libre”, a realizarse en el Escuadrón de Operaciones Especiales, Brigada Aérea I, ubicado en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 2 al 8 de noviembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 1 de noviembre y su retorno el 9 de noviembre de 2026. Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Montevideo (República Oriental del Uruguay) – Lima Clase económica US$ 2,088.50 x 2 persona US$ 4,177.00 Total a pagar en dólares americanos: US$ 4,177.00 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de personal autorizado. Artículo 5.- El personal autorizado para realizar la comisión de servicio que se detalla en el artículo 1 de la presente resolución, debe cumplir con presentar informe al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA Ministro de Defensa 2569402-1 Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a Estados Unidos de América, en comisión especial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01325-2026-DE Lima, 28 de octubre del 2026VISTOS: El O fi cio N° 8967/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 02570-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 02010-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 113-2026- DE se designa al Técnico Supervisor 1° Sad. JUAN EDUARDO GONZALES PIÑA, para desempeñar el cargo de Asistente en la Sección de Recursos Humanos (Bienestar, Disciplina y Relaciones Laborales) de la