Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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71 NORMAS LEGALES Viernes 30 de octubre de 2026 El Peruano / Decreto Supremo N° 011-2012-EM, se incluyeron, como parte del peaje por conexión unitario del Sistema Principal de Transmisión, los siguientes cargos: (i) El cargo por seguridad de suministro que compensa a los contratos de Reserva Fría (RF) de las Plantas de Ilo, Talara, Eten, Puerto Maldonado y Pucallpa; (ii) El cargo por Prima determinado a partir de la diferencia entre la valorización de las inyecciones netas de energía de los generadores que utilizan recursos energéticos renovables (RER), a su correspondiente Tarifa de Adjudicación de licitación, y la valorización de dicha energía a Costos Marginales de Corto Plazo; (iii) El cargo que compensa los recargos pagados por los generadores eléctricos para fi nanciar el Fondo de Inclusión Social Energética (FISE); (iv) El cargo por con fi abilidad en la cadena de suministro de energía, que se determina en base a los costos necesarios para compensar las situaciones de emergencia eléctrica o graves de fi ciencias del servicio eléctrico, por falta de capacidad de producción y/o transporte, declarados por el Ministerio de Energía y Minas; (v) El cargo por capacidad de generación eléctrica de los contratos de Nodo Energético en el sur del Perú de las centrales térmicas Puerto Bravo y NEPI, de Samay I S.A. y de Engie Energía Perú S.A., respectivamente; y (vi) El Cargo Unitario por Importación de Energía en Situación de Emergencia; Que, con Resoluciones N° 651-2008-OS/CD, N° 001-2010-OS/CD, N° 151-2013-OS/CD, N° 140-2015-OS/CD, N° 073-2016-OS/CD y sus modi fi catorias, se aprobaron los respectivos procedimientos que establecen la metodología a seguir para la determinación de los mencionados cargos unitarios al momento de fi jarse los precios en barra, así como su revisión trimestral; Que, mediante Resolución N° 70-2026-OS/CD modi fi cada con Resolución N° 133-2026-OS/CD, se fi jaron los precios en barra aplicables para el periodo mayo 2026 - abril 2027, incluyéndose los cargos unitarios mencionados. Asimismo, en la citada resolución también se dispuso que tales cargos se actualicen mediante la aplicación del factor de actualización “p”, el cual se determina trimestralmente conforme a lo establecido por los procedimientos aprobados; Que, asimismo, mediante Resolución N° 84-2026- OS/CD modi fi cada con Resolución N° 140-2026-OS/CD, se fi jó el Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP a ser adicionado al peaje del Sistema Secundario de Transmisión y Sistema Complementario de Transmisión, para el periodo mayo 2026 - abril 2027, conforme a lo previsto en el “Procedimiento para Aplicación del Mecanismo de Compensación establecido en el Decreto Supremo N° 035-2013-EM”, aprobado con Resolución N° 114-2015-OS/CD. La actualización de dicho cargo, de corresponder, también se realiza trimestralmente a través del factor de actualización “FA”; Que, luego de revisada la información reportada, así como efectuado el análisis y cálculo por parte del Regulador, corresponde aprobar los factores “p” y “FA” aplicables para determinar los cargos unitarios actualizados del 04 de noviembre de 2026 al 03 de febrero de 2027; Que, se ha emitido el Informe Técnico N° 630-2026- GRT y el Informe Legal N° 486-2026-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los cuales forman parte integrante de la presente resolución y complementan la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo, cumpliéndose de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos al que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General de Osinergmin aprobado con Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin aprobado con Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 006-2026-JUS; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 37-2026 de fecha 29 de octubre de 2026. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los factores de actualización “p” consignados en el Cuadro N° 1, aplicables del 04 de noviembre de 2026 hasta el 03 de febrero de 2027, para los cargos unitarios por Compensación por Seguridad de Suministro de Reserva Fría, por Prima RER, por FISE, por Con fi abilidad en la Cadena de Suministro de Energía (CCCSE) y por Capacidad de Generación Eléctrica aprobados mediante Resolución N° 70-2026-OS/CD, modi fi cada con Resolución N° 133-2026-OS/CD. Cuadro N° 1 Cargo Unitario Factor “p” Cargo Unitario por Compensación por Seguridad de SuministroRF: Reserva FríaRF Planta Talara 0,9913 RF Planta Ilo 0,9921RF Planta Eten 0,9924 RF Planta Puerto Maldonado 0,9922 RF Planta Pucallpa 0,9955Central Cogeneración Paramonga0,2868 C.H. Santa Cruz II 0,6731 Cargo por Prima RERC.H. Santa Cruz I 0,5833 C.H. Poechos 2 0,0000 C.H. Roncador 0,0000 C.H. La Joya 0,0000C.H. Carhuaquero IV 0,6848 C.H. Caña Brava 0,4035 C.T. Huaycoloro 1,3143C.H. Huasahuasi I 0,7500 C.H. Huasahuasi II 0,6420 C.H. Nuevo Imperial 0,3158Repartición Solar 20T 0,8518 Majes Solar 20T 0,8764 Tacna Solar 20T 0,8456Panamericana Solar 20T 0,8713 C.H. Yanapampa 0,0000 C.H. Las Pizarras 0,9200C.E. Marcona 0,0000 C.E. Talara 0,0000 C.E. Cupisnique 0,0000 C.H. Runatullo III 0,5687 C.H. Runatullo II 1,0703CSF Moquegua FV 0,7327 C.H. Canchayllo 0,0000 C.T. La Gringa 0,5500C.E. Tres Hermanas 0,0000 C.H. Chancay 0,2195 C.H. Rucuy 0,0000C.H. Potrero 0,0000 C.H. Yarucaya 0,0000 C.S. RubÍ 0,1996