Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 75
75 NORMAS LEGALES Viernes 30 de octubre de 2026 El Peruano / consultorías de obra; así como autorizar las reducciones de prestaciones por el mismo porcentaje. e) Autorizar la ejecución y pago de las prestaciones adicionales hasta por el 15% del monto del contrato original, para los contratos de obra bajo el sistema de entrega de solo construcción. f) Autorizar la ejecución y pago de las prestaciones adicionales hasta por el 25% del monto del contrato original por el componente diseño, para los contratos de obra bajo el sistema de entrega de diseño y construcción. g) Autorizar la ejecución y pago de las prestaciones adicionales hasta por el 20% del monto de la obra considerado en el Expediente Técnico aprobado o del monto del presupuesto actualizado de la obra en el caso de la ejecución mediante fast track, para los contratos de obra bajo el sistema de entrega de diseño y construcción. h) Informar al Tribunal de Contrataciones Públicas y a la Contraloría General de la República en caso se aprueben prestaciones adicionales de obra por de fi ciencias en el expediente técnico de obra, ello según el numeral 64.5 del artículo 64 de la LGCP. i) Autorizar las ampliaciones de plazo en los contratos de bienes y servicios, conforme el procedimiento señalado en el artículo 142 del RLGCP. j) Autorizar las ampliaciones de plazo en los contratos de Consultoría de obra y ejecución de obra, conforme lo establecido en el artículo 199 y 200 del RLGCP. k) Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios en general. l) Aprobar o denegar la subcontratación hasta por un máximo de 40% del monto del contrato vigente para el caso de bienes, servicios u obras, según lo dispone el artículo 108 del RLGCP. m) Requerir al contratista el cumplimiento de las obligaciones emanadas del Contrato, sea por conducto notarial u otro medio, en los casos que corresponda; además de resolver los contratos que se deriven de procedimientos de selección competitivos y no competitivos. n) Aprobar el pago de mayores gastos generales y costos directos, derivados de solicitudes de ampliación de plazo, mayores metrados, entre otras formas de modi fi cación contractual. o) Autorizar la cesión de posición contractual para los casos en los que se admita hacerlo, para la entidad y el contratista, conforme lo establece el artículo 112 del RLGCP. p) Disponer el registro del informe técnico legal mediante el cual se exprese la posición de la Entidad, así como remitir la información adicional y el expediente de contratación; en los casos en donde se presente el recurso de apelación ante el Tribunal de Contrataciones Públicas. q) Encargarse de correr traslado previo a la parte o partes afectadas por el acto y/o contratos presuntamente nulos, a fi n que puedan ejercer su derecho de defensa. r) Comunicar por conducto notarial la declaración de nulidad de o fi cio del contrato, adjuntando copia autenticada de la Resolución correspondiente. s) Gestionar el pago de las valorizaciones y/o entregables mensuales de los contratistas en aquellos contratos de bienes, servicios, consultorías u obras conforme a ley. t) Aprobar modi fi caciones al contrato de bienes, servicios y obras, cuando estas impliquen la modi fi cación del monto contractual o hechos sobrevinientes al perfeccionamiento del contrato siempre que no haya mediado dolo (aun cuando sea por culpa de alguna de las partes), conforme lo establece el numeral 110.3 y 110.5 del artículo 110 del RLGCP. u) Veri fi car y hacer seguimiento que, los servidores de la Dependencia Encargada de las Contrataciones (DEC) se encuentren certi fi cados como compradores públicos conforme al nivel que les corresponda, de acuerdo a las actividades que realizan. v) Designar a una o más unidades orgánicas de la entidad contratante como áreas técnicas estratégicas, dadas sus funciones, especialidad o conocimientos técnicos, para la atención de una o más necesidades de otras áreas usuarias contenidas en el CMN aprobado. w) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités; así como evaluar el motivo de la ausencia del titular a efectos de determinar su responsabilidad, si la hubiere.x) Designar a los expertos integrantes del jurado y a un suplente, de acuerdo al numeral 1 del artículo 60 del RLGCP. y) Cancelar el procedimiento de selección, en cualquier momento previo a la adjudicación de la buena pro o la adjudicación para la innovación, por los supuestos señalados en el artículo 57 de la LGCP. z) Aprobar que no se utilice la subasta inversa para la contratación de bienes o servicios que cuenten con fi cha técnica, cuando de la estrategia de contratación se determine que existe el riesgo objetivamente sustentado de que no se presenten su fi cientes proveedores para realizar la puja correspondiente, debiendo remitir a Perú Compras la documentación que sustenta dicha aprobación en un plazo no mayor de cinco días hábiles de su aprobación. aa) Solicitar la inscripción, actualización de la información o desactivación de la inscripción de la entidad en el Registro de Entidades Contratantes (REC), en el marco de la Directiva Nº 007-2025-OECE-CD “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado- SEACE”, aprobada mediante Resolución D000055-2025-OSCE-PRE. bb) Aprobar la compatibilización del requerimiento.cc) Decidir conciliar las controversias surgidas durante la ejecución contractual. dd) Adoptar los mecanismos necesarios para que la dependencia encargada de las contrataciones revise la existencia de impedimentos señalados en el párrafo 30.1 del artículo 30 de la LGCP. ee) Autorizar que las partes pueden acordar la suspensión del plazo de ejecución cuando el evento se deba a causa imputable a la entidad contratante, sin perjuicio de iniciarse el respectivo deslinde de responsabilidades. ff ) Aprobar la modi fi cación de los contratos por acuerdo de las partes, por disposición de la entidad contratante o a solicitud del contratista, para alcanzar la fi nalidad del contrato de manera oportuna y e fi ciente y en consideración a la estrategia de contratación, de acuerdo al numeral 63.1 del artículo 63 de la LGCP. gg) Suscribir el convenio interinstitucional para encargar a Perú Compras u otra entidad contratante la realización de la fase de actuaciones preparatorias y/o de la fase de selección requeridas para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías y obras, previos informes de sustento técnico y legal de la necesidad del encargo, así como de la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, de conformidad con el numeral 237.1 del artículo 237 del RLGCP. Artículo 2.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución de Gerencia General Nº 0004-2026-ANA-GG, sobre “Delegación de facultades en la Unidad de Abastecimiento y Patrimonio”, a fi n de incluir los literales b), c) y d), los cuales tienen el siguiente tenor: b. Aprobar las modi fi caciones del Cuadro Multianual de Necesidades. c. Aprobar los Expedientes de Contratación para las contrataciones que se realicen a través de Catálogos Electrónicos del Acuerdo Marco. d. Solicitar el usuario de Gestor de la información de la entidad, en el marco de la Directiva Nº 007-2025-OECE- CD “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado- SEACE”, aprobada mediante Resolución D000055-2025-OSCE-PRE. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución de Gerencia General Nº 0140-2026-ANA-GG, de fecha 23 de octubre de 2026. Artículo 4.- Disponer la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional (www.gob.pe/ana). Regístrese, comuníquese y publíquese. YURY ALFONSO PINTO ORTIZ Gerente GeneralAutoridad Nacional del Agua 2569924-1