NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (19/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 240
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 77
77 NORMAS LEGALES Sábado 19 de setiembre de 2026 El Peruano / Diario O fi cial “El Peruano”, con anterioridad al viaje, respectivamente; Que, el numeral 12) del artículo 141° del Estatuto de la UNH, reformado con Resolución N° 004-2026-AU-UNH (19.02.2026), sobre las atribuciones del Consejo Universitario de la UNH, dice; Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del rector, vicerrectores, decanos, docentes y estudiantes; recibir y evaluar el informe correspondiente; En uso de las atribuciones que le con fi ere al Titular del Pliego, la Ley Universitaria N° 30220, Estatuto de la UNH y Resolución de Comité Electoral Universitario N° 0024-2025-CEU-CU-UNH (18.12.2025), con cargo a dar cuenta en la próxima sesión de Consejo Universitario;SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país en comisión de servicio, del Mg. César Jurado Mancha, docente de la Universidad Nacional de Huancavelica, en su condición de ganador de una de las becas internacionales de la Segunda Convocatoria del Programa de Movilidad Académica y de Investigación para Docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica, para participar en las actividades académicas y/o de investigación programadas en la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE BOLÍVAR - COLOMBIA, de acuerdo al siguiente detalle: B ECA INTERNACIONAL UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE BOLÍVARCOLOMBIA NOMBRES Y APELLIDOSDNIFACULTAD / ESCUELA PROFESIONALTIPO DE ESTANCIAINSTITUCIÓN DE DESTINO/ PAÍSPERIODOPASAJES INTERNACIONALES (S/)VIÁTICOS INTERNACIONALES (S/)MONTO TOTAL (S/) Cesar Jurado Mancha23262606Ciencias de Ingeniería/ Ingeniería Civil HuancavelicaAcadémicaUniversidad Tecnológica de Bolívar Colombia20/09/2026 al 30/09/20265,160.00 6,050.00 11,210.00 Artículo Segundo.- PRECISAR que el incentivo económico otorgado al Mg. César Jurado Mancha, por la suma de S/ 11,210.00 (ONCE MIL DOSCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), destinado a cubrir los gastos de pasajes y viáticos, será fi nanciado de la siguiente manera: ESPECÍFICA DE GASTO IMPORTE (S/) 2.3.2.1.1.1 - PASAJES Y GASTOS DE TRANSPORTE AL EXTERIOR DEL PAÍS6,066.00 2.3.2.1.1.2 - VIÁTICOS Y ASIGNACIONES POR COMISIÓN DE SERVICIO AL EXTERIOR DEL PAÍS6,050.00 TOTAL 11,210.00 Artículo Tercero.- DISPONER que el bene fi ciario efectúe la correspondiente rendición de cuentas y presente el informe que acredite el cumplimiento de las actividades académicas y/o de investigación objeto de la movilidad, conforme a la normativa vigente.Artículo Cuarto.- NOTIFICAR al Vicerrectorado Académico, al Vicerrectorado de Investigación, Dirección General de Administración, O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, Responsable de Publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la Universidad Nacional de Huancavelica e interesados, para su conocimiento y cumplimiento y demás fi nes. Regístrese, comuníquese y archívese. PEDRO ANTONIO PALOMINO PASTRANA RectorUniversidad Nacional de Huancavelica ALEJANDRO RODRIGO QUILCA CASTRO Secretario GeneralUniversidad Nacional de Huancavelica 2554675-1 Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica para participar en actividades académicas y/o de investigación en Colombia UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA Consejo Universitario RESOLUCIÓN N° 1 150-2026-CU-UNH Huancavelica, 14 de setiembre de 2026 VISTOS: Informe N° 000034-2026-UNH/DAICH-CJM (03.09.2026) más 05 anexos, Informe N° 000109-2026- UNH/OCRI (11.08.2026) más 11 anexos, Informe N° 000113-2026-UNH/OCRI (11.08.2026) más 19 anexos, Informe N° 000188-2026-UNH/OAJ (27.08.2026) más 02 anexos, Informe N° 000122-2026-UNH/OCRI (04.09.2026) más 04 anexos, Proveído de Rectorado N° 009044 (04.09.2026), Proveído de Secretaría General N° 004516 (04.09.2026), Proveído de Consejo Universitario N° 000128 (09.09.2026), Proveído de la Unidad de Administración Documentaria y Archivo N° 004766 (09.09.2026); sobre autorización de viaje al exterior al país de Colombia - Universidad Tecnológica de Bolívar, en comisión de servicio, a la Dra. Noemí Gladys Mencia Sánchez; y, Mg. Ronald César Cárdenas Arango, docentes ordinarios de la Universidad Nacional de Huancavelica, por ser ganadores de una de las becas internacionales de la primera convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA - 2026”; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, Cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes; El Estado reconoce la Autonomía Universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, respectivamente; Que, mediante el artículo tercero de la Resolución N° 1149-2026-CU-UNH (14.09.2026) se modi fi có, en el extremo referido al periodo de ejecución y montos de asignación de pasajes y viáticos previamente autorizados, en la Resolución N° 0875-2026-CU-UNH (25.06.2026); y, Resolución N° 0877-2026-CU-UNH (25.06.2026), que declaró ganadores, otorgó la asignación económica y autorizó la movilidad académica de la Dra. Noemi Gladys Mencia Sánchez y del Mg. Ronald César Cárdenas Arango, conforme al detalle siguiente: