Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (19/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 240

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Sábado 19 de setiembre de 2026 El Peruano / del concejo municipal puede afectar el normal funcionamiento de la entidad edil, comprometiendo, entre otros aspectos, la conformación del quórum para la adopción de acuerdos y decisiones necesarias para la gestión municipal y la atención oportuna de situaciones que demanden la intervención de las autoridades locales. Por tanto, corresponde efectuar las convocatorias que correspondan, privilegiando la continuidad y el normal funcionamiento del gobierno municipal, en observancia de los principios de celeridad, e fi cacia y economía procesal, así como del criterio establecido por este Supremo Tribunal Electoral orientado a evitar la prolongación innecesaria de los procedimientos vinculados con la incorporación de autoridades municipales (ver SN 1.5., 1.6. y 1.8.). Sobre la convocatoria.2.5. En ese sentido, corresponde considerar la licencia sin goce de haber del señor regidor por el periodo establecido en la normativa electoral; y, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.2.), corresponde convocar a doña Karol Stefani Sangama Salas, identi fi cada con DNI N° 76667283, de la organización política Partido Democrático Somos Perú, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora de la referida municipalidad, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 4 de octubre de 2026 2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia de Lamas, departamento de San Martín, del 28 de octubre del 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Moyobamba con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.7. Asimismo, de la consulta efectuada, a la fecha de cali fi cación del presente expediente, en la Plataforma Electoral del JNE, no se registra que doña Karol Stefani Sangama Salas, identi fi cada con DNI N° 76667283, participe como candidato en las ERM 2026 4. 2.8. Del mismo modo, de la consulta de su fi cha en línea del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, se veri fi ca que, la referida persona no registra restricción ni fecha de fallecimiento, y su documento nacional de identidad se encuentra vigente. 2.9. Finalmente, se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.11.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO , provisionalmente, la credencial otorgada a don Yenchi Geraldo López Saavedra, como regidor del Concejo Provincial de Lamas, departamento de San Martín, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 4 de octubre de 2026. 2. CONVOCAR a doña Karol Stefani Sangama Salas, identi fi cada con DNI N° 76667283, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Lamas, departamento de San Martín, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO GONZALES BARRÓN TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2 Publicada el 11 de diciembre de 2025 en el diario oficial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 4 En: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar>. 2555912-1 Confirman la Resolución Nº 00424-2026- JEE-HYLS/JNE RESOLUCIÓN N° 3255-2026-JNE Expediente N° ERM.2026033388 CASCAPARA - YUNGAY - ÁNCASH JEE HUAYLAS (ERM.2026030328) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2026APELACIÓN Lima, 25 de agosto de 2026VISTO : en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Juan Brayan Guzmán Huamán (en adelante, señor recurrente) en contra de la Resolución N° 00424-2026-JEE-HYLS/JNE, del 1 de agosto de 2026, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaylas (en adelante, JEE), que dispuso, entre otros, la exclusión de don Moisés Pelayo Melgarejo Jiménez, candidato a regidor distrital para el Concejo Distrital de Cascapara, provincia de Yungay, departamento de Áncash (en adelante, señor candidato), por la organización política Partido País para Todos (en adelante, OP), en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026). PRIMERO. ANTECEDENTES En el expediente ERM.2026030328 1.1. El 27 de julio de 2026, doña Thalía Olenka López Gonzales, fi scalizadora de hoja de vida del JEE, presentó el informe N° 000001-2026-TOLG-JEEHUAYLAS-ERM2026/JNE, del 14 de julio, mediante el cual puso de conocimiento que el señor candidato habría omitido consignar dos sentencias recaídas en su contra, en el rubro V, “Relación de Sentencias condenatorias fi rmes impuestas por delitos dolosos y la que incluye las sentencias con reserva del fallo condenatorio”, de su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV); las cuáles serían las siguientes: a) Resolución N° 04, del 20 de julio de 2021, expedida por el Juzgado Penal Unipersonal Permanente de la Provincia de Yungay, en el Expediente N° 00004-2021-95-0213-JR-PE-01, de la cual se desprende que en audiencia única de juicio inmediato, se emitió la sentencia aprobando acuerdo de terminación anticipada, y condenó al señor candidato, como autor del delito el delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de agresiones en contra de los integrantes del grupo familiar - agresión física. Dicha resolución se declaró consentida mediante Resolución N° 05, del 20 de julio de 2021. b) Resolución N° 04, del 1 de febrero de 2024, expedida por el Juzgado Penal Unipersonal de Huaylas - Caraz, en el Expediente N° 00050-2023-40-0213-JR-PE-01, de la cual se desprende que, en audiencia pública, se emitió la sentencia conformada por terminación anticipada, y se declaró al señor candidato, autor del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de agresión contra los integrantes del grupo familiar - agresiones físicas, habiéndosele impuesto diez meses de pena privativa de libertad con el carácter de efectiva; no obstante, por acuerdo y de conformidad al artículo 52 del Código Penal,