CAJA DE AHORROS DE LIMA
CAJA DE AHORRO DE LIMA EN LIQ
DATOS DE LA EMPRESA
RUC
20100042259
Tipo Contribuyente
INSTITUCIONES PUBLICAS
Estado Contribuyente
BAJA DEFINITIVA
Condición Contribuyente
NO HABIDO
Fecha Inscripción
8 de octubre de 1992
Fecha Inicio Actividades
30 de noviembre de 1901
Fecha Baja
23 de diciembre de 2004
Sistema Emisión Comprobantes
MANUAL
Sistema Contabilidad
COMPUTARIZADO
Actividad Comercio Exterior
SIN ACTIVIDAD
Comprobantes de Pago Autorizados
Domicilio Fiscal
JR. MANUEL VILLAVICENCIO NRO. 825 (PARQUE RAMON CASTILLA)
LINCE - LIMA - LIMA
REACTIVA PERÚ
¿Tiene deuda en cobranza coactiva mayor a una (1) UIT?
NO
Base legal: Decreto Legislativo N° 1455
Fecha de información: 30 de diciembre de 2025
PROGRAMA DE GARANTÍAS COVID-19
¿Tiene deuda en cobranza coactiva mayor a una (1) UIT?
NO
Base legal: Ley N° 31050
Fecha de información: 30 de diciembre de 2025
Actividades Económicas
DEUDAS COACTIVAS
| Entidad | Periodo | Monto | Fecha Cobranza | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Tesoro Público | 1991 - 12 | S/ 29,727.00 | 9/5/2017 | PENDIENTE |
| Tesoro Público | 1991 - 14 | S/ 4,655,374.00 | 9/5/2017 | PENDIENTE |
| Tesoro Público | 1992 - 14 | S/ 226,208.00 | 9/5/2017 | PENDIENTE |
| Fonavi | 1992 - 14 | S/ 1,236,469.00 | 9/5/2017 | PENDIENTE |
| Tesoro Público | 1993 - 14 | S/ 695,634.00 | 9/5/2017 | PENDIENTE |
| Fonavi | 1991 - 14 | S/ 70,620.00 | 11/1/2016 | PENDIENTE |
HISTORIAL BAJAS
| Condición | Fecha de Baja |
|---|---|
| No hay Información |
HISTORIAL CONDICION CONTRIBUYENTE
| Condición | Fecha Desde | Fecha Hasta |
|---|---|---|
| HABIDO | 11 DE DICIEMBRE DE 2006 | |
| NO HALLADO | 12 DE DICIEMBRE DE 2006 | 1 DE ENERO DE 2007 |
HISTORIAL DOMICILIOS
| Dirección | Fecha de Baja |
|---|---|
| CAL.TARATA NRO. 160 INT. P.6 LIMA-LIMA-MIRAFLORES | 29 DE ENERO DE 2004 |
| AV. ALFREDO BENAVIDES NRO. 1836 LIMA-LIMA-MIRAFLORES | 14 DE AGOSTO DE 2001 |
| JR. CARABAYA NRO. 638 LIMA-LIMA-LIMA | 12 DE ENERO DE 1996 |
NORMAS LEGALES
32 resultadosIgualmente, podrán realizarse los ajustes necesa- rios en la cartera cedida en caso se produzcan transfe- rencias o cobranzas a favor de la Caja de Ahorros de Lima en Liquidación, las cuales servirán para
de Ahorros de Lima en Liquidación, para culmi- nar el proceso liquidatorio.
TÍTULO II DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE LA BANCA DE FOMENTO Y LA CAJA DE AHORROS DE LIMA Artículo 7º.- Funciones de FONAFE respecto del proceso de liquidación de la Banca de Fomento y la Caja de Ahorros
Artículo 8º.- De la Banca de Fomento y la Caja de Ahorros de Lima El Banco Agrario, Banco Industrial, Banco Minero, Ban- co de la Vivienda del Perú y la Caja de Ahorros de Lima, en Liquidación, son empresas
tanto elproceso de liquidación de la Caja de Ahorros de Lima pasaron a depender directamente del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas; Que, por Resolución Ministerial Nº 191-98-EF de 27.8.98, se encargó
la Caja de Ahorros de Lima, a cargo de la Junta Liquidado- ra a que se refiere la Resolución Ministerial Nº 337-2004-EF/10; Que, al inicio del referido proceso, el Balance Gene- ral de la Caja de Ahorros
de Ahorros de Lima, a favor de diversos organismos públicos DECRETO SUPREMO Nº 199-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Banco Popular del Perú, en Liquidación, y la Caja de Ahorros
la Caja de Ahorros de Lima, en Liquidación.
Artículo 5”.- Encargara la referida ComisiónAdministra- dora de Carteras la administración de la cartera de créditos de la Caja de Ahorros de Lima en Liquidación y adscribir a la Procuraduría Ad Hoc creada
por el Artículo 7” del Decreto de Urgencia N” 032-95, el proceso de liquidación de la Caja de Ahorros de Lima.
Los procesos de disolución y liquidación de los Ban- cos Agrario, Industrial, Minero, de la Vivienda del Perú yde la Caja de Ahorros de Lima, en Liquidación, seránrealizados por una Junta Liquidadora,
El FONAFE y los Bancos Agrario, Industrial, Minero, de la Vivienda del Perú y la Caja de Ahorros de Lima, enLiquidación, supervisarán y controlarán las acciones dela Procuraduría Ad Hoc, debiendo éstas
la Caja de Ahorros de Lima, en Liquidación, en favor del Ministerio de Salud para ser destinados al INEN; Que, la transferencia de inmuebles deberá realizarse al valor de tasación determinado por el Consejo
la Caja de Ahorros de Lima, en Liquidación, detallados en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, bajo la forma de dación en pago, hasta por la suma de US$ 1 530 985,63 (UN MILLON QUINIENTOS
La JuntaLiquidadora del Banco Agrario del Perú, Banco Indus-trial del Perú, Banco Minero del Perú, Banco de la Vi-vienda del Perú y la Caja de Ahorros de Lima en Liqui- dación, establecerá el nivel de
de Ahorros de Lima, en Liquidación.
la Caja de Ahorros de Lima; Que, la Resolución Ministerial Nº 337-2004-EF-10, mediante la cual se unifica las disposiciones que regulanlas facultades del Fondo Nacional de Financiamiento dela Actividad
la Caja de Ahorros de Lima, es supervisada ycontrolada por el FONAFE; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º de la citada Resolución Ministerial, el Banco Agrario, Banco Industrial, Banco
de Ahorros de Lima, así como la administración y cobranza de la cartera de cré- ditos cuyo origen fuese distinto a la Banca de Fomento yque hubiese sido encargada a la Comisión Administra- dora de Carteras
Los Bancos Agrario, Industrial, Minero, de la Vivien- da del Perú y de la Caja de Ahorros de Lima, en Liquida-ción, en su calidad de empresas del Estado se en-cuentran bajo el ámbito del FONAFE y, por
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