Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2000 (10/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Codigo Nº 33103700, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica para su propio consumo en las instalaciones existentes de la Central Termica Fish, de propiedad de la empresa solicitante, que operara en el distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA y departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 2,05 MW. Articulo 2º.- La empresa autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 4487

Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 4490

Aprueban transferencia de autorizacion de central termica a favor de TRUPAL S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 154-2000-EM/VME MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2000 VISTO: El Expediente Nº 33039294, organizado por la empresa Manufacturera de Papeles y Cartones del Peru S.A. y la solicitud de transferencia de Autorizacion de Generacion de energia electrica a favor de Trupal S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 015-99-EM/VME de fecha 15 de enero de 1999, se aprobo la transferencia a favor de Manufacturera de Papeles y Cartones del Peru S.A., de la Autorizacion para desarrollar la actividad de Generacion termoelectrica en las instalaciones de la fabrica Trupal, ubicada en el distrito MORDAZA de Cao, de la provincia Ascope, del departamento La MORDAZA, con una capacidad instalada de 15,00 MW, la misma que fue otorgada originariamente a favor de Sociedad Paramonga Limitada S.A. mediante la Resolucion Ministerial Nº 296-94-EM/DGE del 20 de junio de 1994; Que, con fecha 17 de febrero del 2000 (Registro Nº 1270877), Trupal S.A. solicito a la Direccion General de Electricidad la aprobacion de la transferencia a su favor de la Autorizacion de Generacion senalada en el considerando que antecede, sustentando su solicitud con la MORDAZA de la Escritura Publica de Constitucion Social de Trupal S.A., debidamente inscrita en la Partida Nº 11053335 del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, asi como con la MORDAZA de las respectivas Actas de las Sesiones de Directorio de Manufacturera de Papeles y Cartones del Peru S.A. y de Trupal S.A., MORDAZA celebradas el 7 de octubre de 1999, en virtud de las cuales dichas sociedades acuerdan la transferencia y su aceptacion, respectivamente, de la Autorizacion de Generacion materia de la presente resolucion; Que, de los documentos MORDAZA mencionados, cuyas copias obran en el expediente, resulta que Trupal S.A. ha adquirido los derechos y obligaciones que emanan de la Autorizacion de generacion de energia electrica otorgada originariamente por la Resolucion Ministerial Nº 296-94-EM/DGE, razon por la cual procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la Autorizacion a la citada empresa; Estando a lo dispuesto en el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el Articulo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia a favor de Trupal S.A. de la Autorizacion para desarrollar la actividad de Generacion termoelectrica en las instalaciones de la fabrica Trupal, ubicada en el distrito MORDAZA de Cao, de la provincia Ascope, del departamento La MORDAZA, con una capacidad instalada de 15,00 MW, otorgada originariamente mediante la Resolucion Ministerial Nº 296-94-EM/DGE del 20 de junio de 1994. Articulo 2º.- Tener como titular de la Autorizacion a que se refiere el articulo anterior, a Trupal S.A., en virtud de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- La empresa autorizada queda obligada a operar sus instalaciones cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y las demas normas legales y tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 4496

Otorgan autorizacion de generacion de energia electrica termica para consumo propio a Cerveceria San MORDAZA S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 146-2000-EM/VME MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2000 Visto, el Expediente Nº 33104700, sobre otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica de acuerdo con el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 25844, presentado por CERVECERIA SAN MORDAZA S.A.A. persona juridica inscrita en el Asiento Nº 123 de la Ficha Nº 1308, del Registro Mercantil de Ucayali. CONSIDERANDO: Que, CERVECERIA SAN MORDAZA S.A.A., ha solicitado autorizacion para desarrollar actividades de generacion de energia electrica para su propio consumo en la Central Termica existente San MORDAZA de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada de 3,10 MW; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 050-2000EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a CERVECERIA SAN MORDAZA S.A.A., que se identificara con Codigo Nº 33104700, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica para su propio consumo en las instalaciones existentes de la Central Termica San MORDAZA, de propiedad de la empresa solicitante, que operara en el distrito de Yarinacocha, provincia de MORDAZA Portillo y departamento de Ucayali, con una capacidad instalada de 3,10 MW. Articulo 2º.- La empresa autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes.

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