Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2000 (10/05/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2000

Vistos la Nota Nº 061-2000-PROMUDEH/GDH de fecha 28 de MORDAZA del 2000, de la Gerenta de Desarrollo Humano del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano; CONSIDERANDO: Que mediante el documento de vistos, la Gerenta de Desarrollo Humano del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano comunica la realizacion del MORDAZA "El Trabajo Voluntario y el Desarrollo Social, Experiencia Nacional e Internacional", a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Bolivia, del 7 al 10 de MORDAZA del 2000; Que resulta importante la participacion de la referida funcionaria en el mencionado evento, con el objeto de conocer el trabajo de las organizaciones de voluntariado, permitiendo de esta manera establecer la voluntad politica de los Gobiernos para apoyar y fortalecer el trabajo voluntario, por lo que es necesario autorizar su viaje a fin de que asista al citado Seminario; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 163-81-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 031-89-EF, Decreto Supremo Nº 053-84-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la Soc. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerenta de Desarrollo Humano del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH, a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Bolivia, del 7 al 11 de MORDAZA del 2000, para el fin expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que por concepto de viaticos, pasajes, tarifa Corpac y derechos de inscripcion, irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Pasajes Derechos de Inscripcion Tarifa Corpac US$ US$ US$ US$ 1,000.00 485.00 150.00 25.00 -----------US$ 1,660.00

Secretario General de Relaciones Exteriores, de 4 de MORDAZA del ano 2000; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de MORDAZA de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; y, el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del Primer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Departamento de Ecuador de la Subdireccion para Asuntos de los Paises Andinos, para que participe en la "III Reunion del Comite Tecnico Binacional Peruano-Ecuatoriano de Pesqueria", a realizarse en la MORDAZA de Machala, Republica del Ecuador, del 10 al 11 de MORDAZA del ano 2000. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, por concepto de pasajes US$ 158.00, viaticos US$ 600.00 y tarifa por uso de aeropuerto S/. 24.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 5204

MTC
Desafectan zonas de dominio restringido a que se refiere la Ley Nº 26856, ocupadas por posesiones informales donde COFOPRI MORDAZA asumido competencia
DECRETO SUPREMO Nº 021-2000-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 5203

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomatico a Ecuador, para participar en la "III Reunion del Comite Tecnico Binacional Peruano-Ecuatoriano de Pesqueria"
RESOLUCION SUPREMA Nº 242-2000-RE MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2000 Debiendo realizarse la "III Reunion del Comite Tecnico Binacional Peruano-Ecuatoriano de Pesqueria, en la MORDAZA de Machala, Republica del Ecuador, del 10 al 11 de MORDAZA del ano 2000; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 1319, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro

Que, por Ley Nº 26856, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de setiembre de 1997, se establece que las playas del litoral de la Republica son bienes de uso publico, inalienables e imprescriptibles, quedando prohibida desde la entrada en vigencia de dicha Ley toda adjudicacion y/o construccion de inmuebles dentro de la franja de 200 metros ubicada a continuacion de la franja de 50 metros de ancho paralela a la linea de alta marea, denominada MORDAZA de dominio restringido; Que, el Articulo 3º del mencionado cuerpo legal establece que solo por Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y por el Ministerio de Defensa se podra desafectar areas de la MORDAZA de dominio restringido o establecer las causales, condiciones y procedimientos de desafectacion; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, complementado por la Ley Nº 27046 se creo la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rector MORDAZA encargado de disenar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rapida un Programa de Formalizacion de la Propiedad y su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto; Que, en atencion a lo dispuesto por el Articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo

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