Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2001 (06/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 6 de marzo de 2001

13 DE MARZO Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano Ministerio de Trabajo y Promocion Social 14 DE MARZO Ministerio de Educacion Educacion de los Consejos Transitorios de Administracion Regional 15 DE MARZO Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 19 DE MARZO Ministerio del Interior PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (Remuneraciones): 20 DE MARZO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la Republica Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economia y Finanzas Contraloria General Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Publico Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional MORDAZA Nacional de Elecciones Oficina Nacional de Procesos Electorales Defensoria del Pueblo Ministerio de la Presidencia Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Agricultura de los Consejos Transitorios de Administracion Regional 21 DE MARZO Universidades Ministerio de Agricultura Ministerio de Energia y Minas Salud de los Consejos Transitorios de Administracion Regional Ministerio de Defensa 22 DE MARZO Educacion de los Consejos Transitorios de Administracion Regional Ministerio de Educacion 23 DE MARZO Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Ministerio de Trabajo y Promocion Social Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Ministerio de Pesqueria Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano Consejos Transitorios de Administracion Regional, excepto Unidades Ejecutoras de Educacion, Agricultura y Salud Ministerio de Salud 26 DE MARZO Ministerio del Interior Articulo 2º.- La Direccion General del Tesoro Publico emitira las Autorizaciones de Pago con anticipacion de un dia habil a la fecha indicada en el Articulo 1º; en los casos de Unidades Ejecutoras que esten aplicando lo dispuesto en el Articulo 17º del D.S. Nº 347-90-EF les otorgara dichas Autorizaciones con anticipacion de dos dias habiles al programado; para el efecto las unidades ejecutoras requeriran sus habilitaciones con la antelacion necesaria. Articulo 3º.- La entrega de Cartas-Ordenes y/o cheques de los mencionados conceptos se efectuara hasta por los montos limites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administracion o quien haga sus veces. El diskette que detalla los montos a ser abonados en las cuentas de ahorro de los trabajadores debera ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden o Cheque y deberan ser presentados al Banco con dos dias de anticipacion. Articulo 4º.- Lo dispuesto en los Articulos 2º y 3º precedentes, no es de aplicacion por las dependencias a que se refiere la Duodecima Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27212, las mismas que en tal sentido se rigen por las

normas que emite la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP. Registrese y comuniquese. MORDAZA JALILIE AWAPARA Viceministro de Hacienda 19406

EDUCACION
Desactivan el Comite Tecnico de Coordinacion Intersectorial, constituido mediante el D.S. Nº 011-99-ED
DECRETO SUPREMO Nº 013-2001-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 016-99, se autorizo la transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Publico al Ministerio de Educacion y al Instituto Nacional de Radio y Television del Peru -IRTP para el financiamiento de acciones que contribuyan al desarrollo de los servicios de telecomunicaciones asi como de la educacion a distancia en areas rurales, zonas alejadas del MORDAZA y de frontera o en lugares considerados de preferente interes social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-99-ED, se constituyo un Comite Tecnico de Coordinacion Intersectorial, encargado de coordinar y articular los objetivos de los proyectos de desarrollo de los servicios de telecomunicaciones de la educacion a distancia y del mejoramiento de la infraestructura de la red de radio y television estatal; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 760-2000-ED, el Ministerio de Educacion designo a los integrantes de la Comision de Evaluacion del Plan Piloto del Proyecto de Educacion a distancia, con la finalidad de evaluar el avance y el cumplimiento de las metas propuestas; Que, la referida Comision Evaluadora ha planteado entre otras recomendaciones, la disolucion del Comite Tecnico de Coordinacion Intersectorial a que alude el MORDAZA considerando del presente Decreto Supremo, propuesta que ha sido acogida por el Viceministro de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Desactivar el Comite Tecnico de Coordinacion Intersectorial, que fuera constituido mediante el Decreto Supremo Nº 011-99-ED. Articulo 2º.- Derogar el Decreto Supremo Nº 011-99ED. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de marzo del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 19431

Aceptan renuncia de Director Regional de Educacion MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 116-2001-ED MORDAZA, 3 de marzo de 2001

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