Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2001 (06/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 6 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo 31º.- La Subgerencia de Personal es el organo encargado de administrar al personal de la Institucion y promover su capacitacion y bienestar a fin de optimizar su rendimiento. Esta a cargo de un Subgerente y depende directamente de la Gerencia de Administracion y Finanzas. Articulo 32º.- Son atribuciones de la Subgerencia de Personal: 1) Planear, organizar, ejecutar y controlar las acciones referidas al personal; 2) Ejecutar los procesos tecnicos para el ingreso, evaluacion, desplazamiento y ascenso del personal; 3) Promover, coordinar y ejecutar acciones de capacitacion y promocion social del personal de la Institucion; 4) Elaborar y mantener actualizado el Presupuesto Analitico de Personal, las planillas de remuneraciones y pensiones, asi como los programas de incentivos, preventivo de salud y asistencia social; 5) Ejecutar politicas de control de asistencia y permanencia del personal; 6) Emitir pronunciamiento expreso en casos disciplinarios, asi como aplicar las medidas correctivas necesarias; 7) Promover, coordinar y desarrollar actividades artisticas, culturales, deportivas y recreativas, extensivas a la familia de los trabajadores; 8) Asesorar a la Gerencia de Administracion y Finanzas en los asuntos de su competencia; y 9) Las demas que le asigne la Gerencia de Administracion y Finanzas. Articulo 33º.- La Subgerencia de Ejecucion Coactiva es el organo encargado de ejecutar coactivamente las acreencias de la Institucion. Esta a cargo de un Subgerente y depende directamente de la Gerencia de Administracion y Finanzas. Articulo 34º.- Es atribucion de la Subgerencia de Ejecucion Coactiva ejercer la titularidad del procedimiento de ejecucion coactiva, asi como ejercer, a nombre de la Institucion, las acciones de coercion para el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere la Ley del Procedimiento de Ejecucion Coactiva.

SUBCAPITULO II DE LA GERENCIA DE SISTEMAS Articulo 35º.- La Gerencia de Sistemas es el organo encargado de planificar, organizar, dirigir y evaluar el uso y aplicacion racional en la Institucion de las tecnologias de informacion vigentes. Esta a cargo de un Gerente y depende directamente de la Presidencia del CONSUCODE. Articulo 36º.- Son atribuciones de la Gerencia de Sistemas: 1) Proponer su Plan Operativo, Presupuesto y demas documentos de gestion administrativa; 2) Elaborar el Plan Informatico de la Institucion, Plan de Contingencias y demas instrumentos que garanticen el desarrollo informatico institucional en funcion de la orientacion estrategica institucional; 3) Apoyar y propiciar la modernizacion institucional mediante el uso y aplicacion racional de las tecnologias de informacion vigentes; 4) Desarrollar acciones para la optimizacion continua de los procesos y procedimientos de la Institucion; 5) Elaborar normas, procedimientos y demas instrumentos de normativa institucional interna, verificando y evaluando su aplicacion y actualizacion sistematica; 6) Editar, concordar, actualizar y difundir los documentos de gestion institucional a fin de garantizar su coherencia, MORDAZA y formalidad; 7) Planear, investigar y determinar, en coordinacion con las areas usuarias, los requerimientos de sistematizacion y tecnologia informatica, asi como la asignacion de recursos informaticos; 8) Analizar, disenar, desarrollar e implementar las aplicaciones computarizadas correspondientes a los diferentes aspectos de la gestion administrativa y operativa del CONSUCODE; 9) Supervisar el desarrollo e implementacion de proyectos informaticos que MORDAZA encargados a terceros; 10) Administrar las redes locales y/o remotas, asi como las diferentes bases de datos de la Institucion; 11) Evaluar periodicamente la eficiencia del software y hardware para determinar la factibilidad de aplicacion de nuevas tecnologias;

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