Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2001 (06/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, martes 6 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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CONSEJO TRANSITORIO DEL PODER JUDICIAL
Cesan vocales de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y MORDAZA por limite de edad
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 041-2001-CT-PJ MORDAZA, 2 de marzo del 2001 VISTO: El Informe Nº 011-2001-GG-GAF-SP-PJ emitido por la Supervision de Personal de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al cese por limite de edad del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de la documentacion que se adjunta aparece que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el dia 18 de febrero del 2001, ha cumplido setenta (70) anos de edad; Que, de la MORDAZA de la hoja de consulta del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, anexa, se desprende que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, nacio el 18 de febrero de 1931; Que, en virtud a lo establecido en el inciso a) del Articulo 35º del Decreto Legislativo Nº 276 y en el Articulo 186º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, una de las causales justificadas para que proceda el cese definitivo de un servidor, es por cumplir setenta (70) anos de edad, causal que es aplicable a todo servidor publico; salvo aquellos sometidos a regimenes de excepcion; Que, habiendose determinado en autos, que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ha cumplido setenta (70) anos de edad el dia 18 de febrero del 2001, se encuentra incurso en la causal de cese por limite de edad, por cuanto le resulta aplicable la MORDAZA contenida en el inciso a) del Articulo 35º del Decreto Legislativo Nº 276 y el Articulo 186º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; De conformidad con el inciso a) del Articulo 35º del Decreto Legislativo Nº 276 y el Articulo 186º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27367; RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA por limite de edad, con efectividad al 19 de febrero del 2001, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANGUERRY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTELLI 19407

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 042-2001-CT-PJ MORDAZA, 5 de marzo del 2001 VISTO: El Informe Nº 010-2001-GG-GAF-SP-PJ emitido por la Supervision de Personal de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al cese por limite de edad del doctor MORDAZA ESMAR MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, de la documentacion que se adjunta aparece que el doctor MORDAZA ESMAR MORDAZA MORDAZA Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el dia 4 de marzo del 2001, ha cumplido setenta (70) anos de edad; Que, de la MORDAZA de la Partida de Nacimiento anexa, se desprende que el doctor MORDAZA ESMAR MORDAZA MORDAZA, nacio el 4 de marzo de 1931; Que, en virtud a lo establecido en el inciso a) del Articulo 35º del Decreto Legislativo Nº 276 y en el Articulo 186º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, una de las causales justificadas para que proceda el cese definitivo de un servidor, es por cumplir setenta (70) anos de edad, causal que es aplicable a todo servidor publico; salvo aquellos sometidos a regimenes de excepcion; Que, habiendose determinado en autos, que el doctor MORDAZA ESMAR MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ha cumplido setenta (70) anos de edad el dia 4 de marzo del 2001, se encuentra incurso en la causal de cese por limite de edad, por cuanto le resulta aplicable la MORDAZA contenida en el inciso a) del Articulo 35º del Decreto Legislativo Nº 276 y el Articulo 186º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; De conformidad con el inciso a) del Articulo 35º del Decreto Legislativo Nº 276 y el Articulo 186º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27367; RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA por limite de edad, a partir de la fecha, al doctor MORDAZA ESMAR MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANGUERRY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTELLI 19408

Sancionan con destitucion a secretarios de juzgados de paz letrados de MORDAZA y San MORDAZA y de Barranco y Miraflores
INVESTIGACION ODICMA Nº 13-2000 MORDAZA, veintiseis de febrero del dos mil uno. Visto; el expediente que contiene la Investigacion ODICMA numero trece guion dos mil, instaurada con-

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