Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2001 (06/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 6 de marzo de 2001

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de marzo del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

Articulo 4º.- Son funciones del CONSUCODE: 1) Supervisar el debido cumplimiento de la Ley, su Reglamento y demas normas complementarias, dictando para el efecto resoluciones y pronunciamientos y, pudiendo requerir informacion y la participacion de las Entidades para la implementacion de las medidas correctivas que disponga; 2) Elaborar Directivas de Orientacion sobre las materias de su competencia; 3) Administrar el Registro Nacional de Contratistas y el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado; 4) Absolver las consultas sobre las materias de su competencia; 5) Pronunciarse sobre observaciones a las bases de los procesos de seleccion; 6) Dictar normas complementarias respecto a los registros que administra, de acuerdo a la ley y reglamento, asi como los criterios de calificacion; 7) Brindar servicios de administracion de procedimientos de conciliacion y/o arbitraje, pudiendo designar a los conciliadores o arbitros correspondientes, cuando asi lo decidan las partes y en los casos previstos en la normativa de la materia; 8) Designar al arbitro o miembro del Tribunal Arbitral, ante la rebeldia de alguna de las partes en cumplir con dicha designacion; 9) Aplicar sanciones a los postores y contratistas que contravengan las disposiciones de la Ley, su Reglamento y demas normas complementarias; 10) Pronunciarse, en MORDAZA instancia administrativa, sobre las controversias entre los postores o los contratistas y las Entidades sometidas a su competencia conforme a la Ley y su Reglamento; 11) Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica los casos en que detecte indicios de incompetencia, negligencia, corrupcion o inmoralidad detectados en el ejercicio de las funciones en las Entidades; 12) Proponer a la Presidencia del Consejo de Ministros el perfeccionamiento de la normativa materia de su competencia; 13) Conducir la cobranza de sus acreencias, de manera directa o a traves de terceros; 14) Ejecutar coactivamente sus acreencias, directamente o mediante la celebracion de convenios de encargo de cobranza; y 15) Las demas que le asigne la normativa. CAPITULO II DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 5º.- La estructura organica del CONSUCODE es la siguiente: ALTA DIRECCION 1.1. Presidencia ORGANO DE CONTROL 2.1. Gerencia de Auditoria Interna ORGANOS DE ASESORAMIENTO 3.1. Gerencia de Asesoria Juridica 3.2. Gerencia de Capacitacion e Informaciones 3.2.1. Subgerencia de Informaciones e Imagen Institucional 3.2.2. Subgerencia de Capacitacion 3.3. Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion ORGANOS DE APOYO 4.1. Gerencia de Administracion y Finanzas 4.1.1. Subgerencia de Logistica 4.1.2. Subgerencia de Tesoreria 4.1.3. Subgerencia de Contabilidad 4.1.4. Subgerencia de Personal 4.1.5. Subgerencia de Ejecucion Coactiva 4.2. Gerencia de Sistemas 4.2.1. Subgerencia de Soporte y Comunicaciones 4.2.2. Subgerencia de Sistemas 4.2.3. Subgerencia de Procesos y Metodos 4.3. Secretaria General ORGANOS DE LINEA 5.1. Gerencia de Registros 5.1.1. Subgerencia de Evaluacion y Calificacion 5.1.2. Subgerencia de Control y Registro 5.1.3. Subgerencia de Verificacion Posterior 5.2. Gerencia Tecnico Normativa 5.2.1. Subgerencia de Analisis Tecnico Normativo 5.2.2. Subgerencia de Monitoreo 5.2.3. Subgerencia de Investigacion y Desarrollo 5.3. Gerencia de Conciliacion y Arbitraje

CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO CONSUCODE REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES INDICE CAPITULO I CAPITULO II : DISPOSICIONES GENERALES : DE LA ESTRUCTURA ORGANICA

CAPITULO III : DE LA ALTA DIRECCION Subcapitulo Unico : De la Presidencia : DEL ORGANO DE CONTROL INTERNO Subcapitulo Unico : De la Gerencia de Auditoria Interna CAPITULO V Subcapitulo I Subcapitulo II Subcapitulo III CAPITULO VI Subcapitulo I Subcapitulo II Subcapitulo III CAPITULO VII Subcapitulo I Subcapitulo II Subcapitulo III CAPITULO VIII : DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO : De la Gerencia de Asesoria Juridica : De la Gerencia de Capacitacion e Informaciones : De la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion : DE LOS ORGANOS DE APOYO : De la Gerencia de Administracion y Finanzas : De la Gerencia de Sistemas : De la Secretaria General : : : : DE LOS ORGANOS DE LINEA De la Gerencia de Registros De la Gerencia Tecnico Normativa De la Gerencia de Conciliacion y Arbitraje CAPITULO IV

: DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Subcapitulo Unico : Del Tribunal CAPITULO IX : DEL REGIMEN LABORAL Y ECONOMICO

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES FINALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Cuando en el presente Reglamento de Organizacion y Funciones se menciona la palabra Ley, se entendera que se esta haciendo referencia a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; la mencion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se MORDAZA mediante las siglas CONSUCODE; la alusion a Entidad se entendera referida a las entidades senaladas en el Articulo 2º de la Ley y la referencia al Tribunal se entendera que alude al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Asimismo, cuando se mencione un articulo sin hacer referencia a MORDAZA alguna, se entendera referido al presente Reglamento. Articulo 2º.- El presente Reglamento de Organizacion y Funciones es un instrumento normativo de gestion que establece la naturaleza, funciones generales, estructura organica, atribuciones, el regimen economico-financiero y laboral del CONSUCODE, asi como las relaciones entre los organos que lo integran y su vinculacion con las entidades de los sectores publico y privado. Articulo 3º.- El CONSUCODE es un organismo publico descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personalidad juridica de derecho publico interno. Constituye pliego presupuestal y goza de autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera.

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