Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2002 (16/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de agosto de 2002

PROMUDEH
Autorizan a procuradora iniciar acciones por irregularidades producidas en MORDAZA sobre reivindicacion y pago de frutos seguido contra la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 185-2002-PROMUDEH MORDAZA, 20 de marzo de 2002 Vistos el Informe Nº 066-2002-PROMUDEH/OGAJ de fecha 13 de marzo del 2002, de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a los hechos, fundamentos y recomendaciones expuestas en el Informe Nº 066-2002-PROMUDEH/ OGAJ, se han evidenciado irregularidades procesales durante la secuela del MORDAZA judicial seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA contra la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica, sobre Reivindicacion y Pago de Frutos, MORDAZA que se encuentra actualmente en estado de ejecucion de sentencia, requiriendo la parte demandante el pago del justiprecio del valor del terreno sub-litis por un monto ascendente a US$ 341,357.47 (TRESCIENTOS CUARENTIUN MIL TRESCIENTOS CINCUENTISIETE Y 47/100 DOLARES AMERICANOS), y por concepto de pago de frutos la suma de US$ 52,394.36 (CINCUENTIDOS MIL TRESCIENTOS NOVENTICUATRO Y 36/100 DOLARES AMERICANOS) aproximadamente, con el consiguiente perjuicio economico a la citada Beneficencia; Que de la documentacion adjuntada al mencionado Informe, se acredita la expropiacion del terreno sub judice mediante el Decreto Supremo Nº 013-74-VI, asi como la titularidad del terreno a favor de la Sociedad de Beneficencia de Ica con derecho inscrito con fecha anterior a la inscripcion de la demandante, evidenciandose irregularidades en dicho MORDAZA judicial, siendo factible solicitar la Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta y la Nulidad de la Inscripcion Registral y del documento que lo contiene a fin de salvaguardar los intereses y derechos de la precitada Beneficencia; Que en consecuencia, resulta necesario autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de la representacion y defensa de los intereses del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH, a fin de que se inicie e impulse las acciones legales correspondientes con el objeto de salvaguardar los intereses de la Institucion; De conformidad con lo establecido por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones legales que correspondan conforme a lo senalado en el Informe Nº 066-2002PROMUDEH/OGAJ, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 14631

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el Convenio MORDAZA para la Cooperacion y Desarrollo Sostenible del Turismo, suscrito con el Gobierno de la Republica de Ecuador
DECRETO SUPREMO Nº 076-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Convenio MORDAZA para la Cooperacion y Desarrollo Sostenible del Turismo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica del Ecuador", fue suscrito en MORDAZA, Republica del Peru, el 09 de marzo de 2002; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 57 y 118º, inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar, ratificar o adherirse a estos, sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio MORDAZA para la Cooperacion y Desarrollo Sostenible del Turismo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica del Ecuador", suscrito en MORDAZA, Republica del Peru, el 09 de marzo de 2002. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de agosto del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores CONVENIO MORDAZA PARA LA COOPERACION Y DESARROLLO SOSTENIBLE DEL TURISMO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE ECUADOR. Los Gobiernos de la Republica del Peru y de la Republica del Ecuador, en adelante denominados las Partes Contratantes, en consideracion de los tradicionales vinculos de amistad que unen a ambos paises y animados a incrementar y fortalecer la relacion entre sus pueblos; Reconociendo que el Turismo constituye uno de los sectores economicos de mas rapido crecimiento en el MORDAZA y que, asimismo, es uno de los mayores generadores de puestos de trabajo contribuyendo con ello al bienestar de la poblacion; y, Conscientes de los beneficios que el Turismo brinda como componente dinamico en la cooperacion bilateral, asi como MORDAZA, estabilidad y para un mayor conocimiento reciproco de los pueblos, Han convenido en cuanto sigue: ARTICULO I Las Partes Contratantes promoveran condiciones favorables para asegurar el desarrollo sostenible y la cooperacion en materia de Turismo, con el proposito de incrementar las corrientes turisticas entre ambos paises, mejorando el conocimiento de la historia y la cultura de sus pueblos. ARTICULO II Las Partes Contratantes, mediante la participacion y coordinacion de sus organismos oficiales, los que actuaran como punto focal en cada MORDAZA, suministraran perio-

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