Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2002 (16/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de agosto de 2002

Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto la Reserva de los Lotes del 1 al 9 de la manzana "E" y el Lote 25 de la Manzana "D" de la 1º Etapa de la urbanizacion MORDAZA Rosita de Ate, Recepcionados con Resolucion de Alcaldia Nº 391 del 20 de MORDAZA del 2001, y en consecuencia Autorizar su libre Venta. Articulo Quinto.- Disponer la Publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el Plazo de 30 dias de Notificado la presente Resolucion, por cuenta de los interesados. Articulo Sexto.- Transcribase a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Ministerio de Educacion y a los interesados para su conocimiento y fines; y a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de la Inscripcion correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Director Direccion de Gestion MORDAZA 14529

tramite de la lectura y aprobacion de acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APLIQUESE el Decreto de Alcaldia Nº 007-2002/MDI, aprobandose el Beneficio de Regularizacion Tributaria, a favor de los contribuyentes de la Jurisdiccion del distrito de Independencia, con la finalidad que puedan cumplir con el pago de sus Tributos de Administracion Municipal, estableciendo su vigencia hasta el 16 de agosto del 2002. Articulo Segundo.- Para el presente beneficio, se dispone condonar los factores de ajuste, intereses moratorios y las multas tributarias, respecto a los siguientes tributos: Impuesto Predial, Impuesto Alcabala, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario. Articulo Tercero.- En el caso de las Multas Tributarias por Omision, Subvaluacion o transferencia de Dominio por las cuales ya se hallan emitidos valores solo quedan condonados los factores de ajuste e intereses moratorios. Articulo Cuarto.- Las Deudas que se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva podran acogerse al presente beneficio previo pago del 50% de las Costas y Gastos Procesales, el cual no sera menor al monto minimo establecido en el Cuadro de Aranceles Coactivos. Articulo Quinto.- Las deudas que existan compromisos de pago fraccionado, solo es aplicable el beneficio por el saldo pendiente, siempre que el total sea cancelado al contado, para lo cual debera presentar su solicitud de desistimiento, debiendo la administracion efectuar la acotacion de los pagos efectuados y determinar el saldo respectivo. Articulo Sexto.- Conceder un Beneficio de Fraccionamiento Especial, de acuerdo con los siguientes requisitos: 1. Cuota inicial 25% de la Deuda. 2. Cuota de Amortizacion mensual hasta el mes de diciembre, y monto minimo de S/. 50.00 (Cincuenta Nuevos Soles y 00/100). 3. Cuota de Fraccionamiento actualiza con el I.P.C., teniendo en cuenta un factor determinado por el I.P.C., del mes precedente a la solicitud y el mes precedente al pago. Articulo Septimo.- DISPONER un Beneficio Especial para los Arbitrios Municipales 2002, consistente en un Descuento del 10% del monto insoluto para los contribuyentes que opten con cancelar la deuda del ejercicio. Articulo Octavo.- DISPONER un Beneficio Especial a las Multas Administrativas, rebajando el 50% de su valor insoluto, quedando condonado el factor de ajuste, aplicandose el articulo 4º para las multas que se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva. Articulo Noveno.- Se encuentran exceptuadas de los beneficios tributarios mencionados, las deudas tributarias que se encuentran inscritas en los Registros Publicos o reconocidas ante la Comision de Reestructuracion Patrimonial - INDECOPI, o en MORDAZA judicial por quiebra. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando, se publique, registre, comunique y cumpla. MORDAZA CHACALTANA YEREN MORDAZA 14416

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban Beneficio de Regularizacion Tributaria a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 034-2002-MDI Independencia, 1 de agosto de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: Visto en la Sesion Ordinaria de fecha veintiseis de MORDAZA del 2002, el Informe Nº 347-2002-GAJ e Informe Nº 107-2002-GR/MDI, sobre la Propuesta de Ordenanza para ratificar el Decreto de Alcaldia Nº 007-2002, sobre otorgamiento de Beneficios Tributarios a favor de los contribuyentes; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 41º del D.S. Nº 135-99-EF-T.U.O., del Codigo Tributario, establece que excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, mediante Informe Nº 085-2002-GR/MDI por el cual la Gerencia de Rentas, comunica la necesidad de implementar un Plan de Reactivacion Economica, con la finalidad de recuperar los adeudos tributarios que mantienen nuestros contribuyentes, correspondientes a impuestos, arbitrios de anos anteriores, asi como facilidades para que regularicen su situacion de contribuyentes; Que, la Administracion consciente de la problematica economica social de los contribuyentes del distrito, lo cual dificulta el cumplimiento de las obligaciones tributarias, siendo politica de la actual gestion, otorgar las maximas facilidades para que puedan regularizar sus obligaciones de administracion municipal; En uso de las facultades conferidas en la Constitucion Politica del Peru, Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Ley de Tributacion Municipal, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores y con la dispensa del

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