Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2002 (16/08/2002)


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MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de agosto de 2002

PODER EJECUTIVO
PCM
Crean Comision para la transferencia de personal, bienes y recursos del ex Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales al Ministerio de la Produccion
DECRETO SUPREMO Nº 080-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27779 "Ley Organica que modifica la Organizacion y Funciones de los Ministerios", se crearon los Ministerios de la Produccion y de Comercio Exterior y Turismo, habiendose establecido por Leyes Nº 27789 y Nº 27790, sus respectivas funciones y estructura organica basica, debiendose aprobar por Decreto Supremo sus correspondientes Reglamentos de Organizacion y Funciones; Que, por Decreto de Urgencia Nº 040-2002 se autoriza las transferencias de partidas para el funcionamiento de los citados Ministerios en el periodo agosto - diciembre del presente Ejercicio Fiscal, entre las que se incluyen saldos presupuestales del Programa correspondiente al Viceministerio de Industria del antiguo Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales MITINCI, que se transfieren al Ministerio de la Produccion; Que, para concluir la transferencia del personal, bienes patrimoniales, acervo documentario y demas recursos del entonces Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales al Ministerio de la Produccion, es conveniente constituir la correspondiente Comision de Transferencia con representantes de ambos Ministerios, la misma que suscribira el Acta Final de Transferencia; De conformidad con la Ley del Poder Ejecutivo aprobada por Decreto Legislativo Nº 560 modificada por la Ley Nº 27779, Leyes Nº 27789 y Nº 27790 y Decretos de Urgencia Nº 038-2002 y Nº 040-2002; DECRETA: Articulo 1º.- Constituir una Comision para la transferencia del personal, bienes patrimoniales, acervo documentario, incluyendo expedientes en cobranza coactiva y de procesos judiciales y demas recursos del entonces Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales al Ministerio de la Produccion, la misma que estara conformada por los siguientes representantes: POR EL MINISTERIO DE LA PRODUCCION: Viceministro de Industria Secretaria General Director General de Administracion POR EL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO: Secretaria General Asesor del Despacho Ministerial Director General de Administracion Articulo 2º.- El Acta Final de Transferencia con el correspondiente informe sera elevada a los respectivos Despachos de los Ministros de la Produccion y de Comercio Exterior y Turismo, en el plazo MORDAZA de 15 dias habiles a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de la Produccion y de Comercio Exterior y Turismo.

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de agosto del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 14685

LEY Nº 27819
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRECISA ALCANCES DE LA LEY Nº 27534
Articulo Unico.- Objeto de la Ley Precisase que estan comprendidos dentro de los alcances de la Ley Nº 27534, los casos derivados o vinculados a la lucha de los pueblos contra la corrupcion producidos en los gobiernos locales, segun lo tipificado en los literales b) y c) del articulo 1º de dicha Ley, incluidos los que hubieran ocurrido hasta el 31 de MORDAZA del ano 2001. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de agosto del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 14699

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