Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2002 (16/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, viernes 16 de agosto de 2002 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo Unico.- Designar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director Regional de Educacion MORDAZA, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 14604

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion definitiva a EDEGEL S.A.A. para desarrollar actividades de transmision de energia electrica en linea de transmision de la Central Hidroelectrica de Chimay
RESOLUCION SUPREMA Nº 026-2002-EM MORDAZA, 15 de agosto de 2002 VISTO: El expediente Nº 14113800, el cual incluye los documentos con registros Nºs. 1300706, 1302532, 1306321, 1308863, 1321131, 1336996 y 1364362, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar las actividades de transmision de energia electrica de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, presentado por la Empresa de Generacion Electrica de MORDAZA S.A.A. - EDEGEL S.A.A., persona juridica inscrita en la partida Nº 11008822, titulo Nº 00081422 del Registro de Sociedades Mercantiles de Lima; CONSIDERANDO: Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844 y articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la solicitud de concesion definitiva de transmision comprende la linea de transmision electrica de 13,8 kV MORDAZA de Maquinas - Bocatoma de la Central Hidroelectrica de Chimay, de propiedad de la solicitante, en las zonas comprendidas dentro de las coordenadas que figuran en el expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el informe Nº 065-2002-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la Empresa de Generacion Electrica de MORDAZA S.A.A. - EDEGEL S.A.A., concesion definitiva para desarrollar las actividades de transmision de energia electrica, en la linea de transmision de 13,8 kV MORDAZA de Maquinas - Bocatoma de la Central Hidroelectrica Chimay, de propiedad de la solicitante, ubicada en el departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 3º, asignandole el codigo Nº 14113800. Articulo 2º.- La concesion operara en la siguiente linea electrica:
Salida / Llegada de la Linea de Transmision MORDAZA de Maquinas - Bocatoma de la Central Hidroelectrica Chimay Tension (kV) 13,8 Terna 01 Longitud (km) 9,62

Articulo 3º.- Aprobar el contrato de concesion Nº 2002002 a suscribirse con la Empresa de Generacion Electrica de MORDAZA S.A.A. - EDEGEL S.A.A., el que consta de 18 clausulas y 03 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, a nombre del Estado, el contrato de concesion definitiva de transmision electrica a celebrarse con la Empresa de Generacion Electrica de MORDAZA S.A.A. EDEGEL S.A.A. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion Definitiva Nº 200-2002, referido en el articulo 3º de esta Resolucion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera notificada al concesionario y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial "El Peruano" por una sola vez, dentro de los cinco (05) dias calendario de expedida. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 14688

Reconocen servidumbres convencionales de ocupacion de bienes para instalacion de subestaciones a favor de Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 323-2002-EM/DM MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2002 VISTO: El Expediente Nº 31126502 organizado por Luz de Sur S.A.A., en el que solicita la imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5216, ubicada en la MORDAZA Teruel Nº 144, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5216; Que, la concesionaria ha acreditado que, en el mismo predio sobre el que solicita la imposicion de servidumbre, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion de bienes de propiedad particular sobre un area de 3,52 metros cuadrados para una subestacion de distribucion, conforme consta en la Minuta extendida el 15 de MORDAZA de 1998, cuya MORDAZA obra en el expediente, celebrada con la empresa Constructora MORDAZA S.A., propietaria del predio involucrado; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 038-2001-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas como es el presente caso, pueden solicitar al Ministerio el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso c) del articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el arti-

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