Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2002 (22/08/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 228638

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de agosto de 2002

tario del Sector Publico Ano Fiscal 2002, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 043-2001-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Restituir al Colegio Militar "Ramon Castilla" del departamento de La MORDAZA, su condicion de Unidad Ejecutora a partir de la vigencia del presente dispositivo legal. Articulo 2º.- Remitase la presente Resolucion a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, Contraloria General de la Republica, Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; al Colegio Militar MORDAZA MORDAZA y al CTAR La MORDAZA, asi como a Direcciones, Oficinas y Unidades del Ministerio de Educacion que correspondan. Registrese y comuniquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 14959

Autorizan contratar servicios de diseno, impresion, embalaje, modulado y distribucion de material educativo mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 647-2002-ED MORDAZA, 20 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que con Memorandum Nº 797-2002-P.HUASCARAN, el Director Ejecutivo del Proyecto Huascaran pone en conocimiento del Viceministro de Gestion Pedagogica la situacion de urgencia presentada en la Direccion Pedagogica por el inminente riesgo de paralizacion de labores educativas en los Centros Pilotos de Educacion a Distancia, CPED's, por no contar con el servicio de diseno, reimpresion e impresion, embalaje, modulado y distribucion de material educativo; sustentado en el Informe Tecnico, emitido por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Huascaran, a traves del Memorandum Nº 817-2002P.HUASCARAN/DE, por lo que solicita la autorizacion correspondiente para exonerar al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion correspondiente y se le autorice a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, al respecto, el articulo 21º del citado Texto Unico Ordenado, senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios que la entidad tiene a su cargo; Que el numeral 2 del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que la Oficina de Asesoria Juridica ha emitido opinion legal a traves del Informe Nº 1045-2002-ME/SG-OAJ, conforme a lo dispuesto por el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM;

Que, de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la MORDAZA de dicha Resolucion y el informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que el articulo 114º del precitado Reglamento, senala que la facultad de aprobacion de las exoneraciones referidas en el MORDAZA considerando, no puede ser delegada por las autoridades que se indican en el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado; Que, en consecuencia, resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia el servicio de diseno, reimpresion e impresion, embalaje, modulado y distribucion de material educativo a los Centros Pilotos de Educacion a Distancia, CPED's; Que con Hoja de Coordinacion Interna Nº 118-2002-ME/ SG-OA-UP, la Unidad de Presupuesto opina favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la presente Resolucion; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 012-2001-PCM, Nº 013-2001PCM y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE-PRE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerase al Ministerio de Educacion, del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico, y autorizase a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, el servicio de diseno, reimpresion e impresion, embalaje, modulado y distribucion de material educativo para los Centros Pilotos de Educacion a Distancia, CPED's, por un valor referencial de S/. 428 000,00 (Cuatrocientos Veintiocho Mil y 00/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- El egreso que irrogue la contratacion a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, sera con cargo a la cadena funcional: Fuente de Financiamiento: 13 Donaciones y Transferencias-FITEL; Funcion 09; Programa 028; Subprograma 0074; Actividad 100759; Componente 32289; de la Unidad Ejecutora 026, del Pliego 010 - Ministerio de Educacion. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 14971

Aprueban Directiva sobre "Ampliacion de los Plazos para la Eleccion del Consejo Escolar Consultivo"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 083-2002-ED MORDAZA, 19 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 073-2002ED se aprobo la Directiva Nº 08-2002/ME-VMGI con la fi-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.