Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2002 (22/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 22 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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10.1. Coordinar y supervisar las labores y la marcha administrativa de todos los organos de la PCM, la ejecucion de las politicas y actividades de los organos de la PCM y los organismos y comisiones adscritos a MORDAZA, asi como de aquellos organos u organismos cuya coordinacion y/o supervision le sea expresamente asignada; 10.2. Dirigir y supervisar las acciones de coordinacion interinstitucional, de gestion multisectorial y de gestion publica; 10.3. Coordinar con los Organismos Publicos Descentralizados adscritos a la PCM el cumplimiento de las politicas del Sector; 10.4. Informar al Presidente del Consejo de Ministros sobre el cumplimiento de las politicas sectoriales; 10.5. Ejercer la representacion de la PCM para fines de coordinacion intersectorial; 10.6. Participar en las sesiones de la Comision Interministerial de Asuntos Economicos y Financieros (CIAEF) y de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales - CIAS y presidir la Comision de Coordinacion Viceministerial; 10.7. Celebrar, con las instituciones publicas o privadas, nacionales o extranjeras, los contratos y/o convenios necesarios para el cumplimiento de sus funciones; 10.8. Supervisar la emision de la opinion tecnico-legal de los organos de linea, respecto de las autografas de ley que MORDAZA derivadas a la PCM. 10.9. Someter a consideracion del Presidente del Consejo de Ministros los planes, programas y proyectos que requieran su aprobacion; 10.10. Supervisar las labores de los organos de asesoramiento y de apoyo de la PCM; 10.11. Dirigir las actividades de la Secretaria General de la PCM; 10.12. Expedir Resoluciones y Directivas sobre asuntos administrativos; 10.13. Ejercer por delegacion la administracion presupuestaria del Pliego; y, 10.14. Las demas que le encomiende el Presidente del Consejo de Ministros. CAPITULO III: ORGANOS DE ASESORAMIENTO SUBCAPITULO I: GABINETE DE ASESORES Articulo 11º.- Del Gabinete de Asesores El Gabinete de Asesores es el organo de asesoramiento directo de la Alta Direccion de la Presidencia del Consejo de Ministros para el cumplimiento de sus funciones. Asimismo presta asesoria y asistencia a las Comisiones Interministeriales y de Coordinacion Viceministerial. Sus integrantes son designados mediante Resolucion Ministerial. Articulo 12º.- Del Jefe del Gabinete de Asesores El Gabinete de Asesores se encuentra a cargo de un Jefe. El Jefe del Gabinete de Asesores depende directamente del Presidente del Consejo de Ministros y tiene a su cargo la coordinacion de las actividades del Gabinete de Asesores. SUBCAPITULO II: SECRETARIA DE COMUNICACIONES Articulo 13º.- De la Secretaria de Comunicaciones La Secretaria de Comunicaciones se encuentra a cargo de un Secretario de Comunicaciones, designado por el Presidente del Consejo de Ministros, mediante Resolucion Ministerial, quien depende del Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 14º.- De las Funciones La Secretaria de Comunicaciones tiene las siguientes funciones: 14.1 Actuar como organo de comunicacion de la PCM, siendo responsable de mantener MORDAZA de informacion entre el Poder Ejecutivo y la Sociedad; 14.2 Desarrollar y coordinar la politica de comunicaciones del Poder Ejecutivo proporcionando a la Sociedad la informacion apropiada y oportuna sobre las tareas que este realiza; 14.3 Mantener informada a la Alta Direccion del Poder Ejecutivo de las noticias y actividades de mayor trascendencia y de los requerimientos de la ciudadania;

14.4 Coordinar las comunicaciones del Poder Ejecutivo con las demas entidades sectoriales; 14.5 Proponer criterios y estrategias para la elaboracion y difusion del material informativo que corresponda a los medios de comunicacion nacionales e internacionales; 14.6 Proveer a las autoridades del Gobierno la informacion actualizada del acontecer nacional e internacional, asi como el analisis sistematico de los medios de prensa; 14.7 Encargar y supervisar la elaboracion de los estudios de opinion publica y de analisis de medios y audiencias que el Gobierno requiera para evaluar la percepcion y recepcion de sus programas y politicas; 14.8 Tener a su cargo el diseno estrategico y la supervision de todas las campanas de bien social e informacion a la ciudadania que realiza el gobierno; 14.9. Las demas que le encomiende el Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 15º.- De los Organos Para el cumplimiento de sus funciones, la Secretaria de Comunicaciones esta conformada por los siguientes organos, cada uno de los cuales se encuentra a cargo de un Jefe designado por Resolucion Ministerial: 15.1 Oficina de Analisis y Planeamiento: Tiene por funcion el seguimiento de escenarios politicos, sociales y economicos, en funcion a los requerimientos de la comunicacion de gobierno. 15.2 Oficina de Investigacion Social: Tiene por funcion el desarrollo de los estudios comunicacionales y de opinion publica. 15.3 Oficina de Comunicacion Estrategica: Tiene por funcion la intermediacion de las relaciones del Gobierno con los medios de comunicacion. 15.4 Oficina de Asuntos Intersectoriales: Tiene por funcion la coordinacion de criterios comunes de informacion con los diferentes sectores del Gobierno. SUBCAPITULO III: SECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVOS Articulo 16º.- De la Secretaria de Asuntos Legales y Normativos La Secretaria de Asuntos Legales y Normativos es el organo de asesoramiento legal de la Alta Direccion y de los demas organos de la PCM. Se encuentra a cargo de un Secretario designado mediante Resolucion Ministerial, quien depende del Secretario General de la PCM. Articulo 17º.- De las Funciones La Secretaria de Asuntos Legales y Normativos tiene las siguientes funciones: 17.1. Prestar asesoramiento legal cuando lo requieran la Alta Direccion o los organos de la PCM; 17.2. Preparar proyectos de dispositivos y visar las resoluciones y directivas administrativas de la PCM; 17.3 Emitir opinion legal respecto de las autografas de ley que se sometan a su consideracion, pudiendo al efecto pedir los alcances tecnicos que estime necesarios a los organos de linea para la mejor comprension de los temas involucrados. 17.4. Efectuar el analisis constitucional y legal de todas las iniciativas legales y reglamentarias que se sometan a su consideracion; 17.5. Colaborar con los Ministerios en la elaboracion de proyectos de ley, a solicitud de estos; 17.6. Efectuar un estricto seguimiento de los distintos proyectos normativos que se someten a su consideracion, para verificar sus cambios y eventuales conflictos juridicos; 17.7. Colaborar en la propuesta de prioridades legislativas para cada reunion del Consejo de Ministros; 17.8. Emitir opinion legal respecto a los asuntos internos de la PCM; 17.9. Compilar, concordar y sistematizar la legislacion de competencia de la PCM; y, 17.10. Las demas que le encomiende el Secretario General.

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