Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2002 (22/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 22 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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MORDAZA Publica Nacional o Internacional y que el costo de las Bases excede el costo directo de reproduccion de dichos documentos; Que, a traves del Oficio Nº 001-2002-PROMUDEH/ CTE.LP. Nº 0001-UOE de fecha 31 de MORDAZA de 2002, la Presidente del Comite Especial da respuesta a la observacion de CONSUCODE senalando que la Directiva Nº 011-2001CONSUCODE/PRE no establece la necesidad de senalar la naturaleza del MORDAZA de seleccion, y respecto al costo de las Bases, que se publicaria el Aviso de Fe de Erratas correspondiente; Que, con fecha 15 de agosto de 2002, luego del acto publico de MORDAZA de propuestas, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado emite el Oficio Nº 1890-2002(GTN/MON), reiterando la observacion formulada en el Oficio Nº 1698-2002(GTN/MON) precisando que se deberia adecuar las Bases a la normativa vigente sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, debiendo determinar si la Licitacion Publica convocada es Nacional o Internacional, lo cual debe darse MORDAZA de efectuar la convocatoria, como consecuencia del obligatorio estudio de MORDAZA que deben elaborar las entidades MORDAZA de autorizar la realizacion de cualquier MORDAZA de seleccion, conforme lo establecido en el Articulo 12º del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, la etapa de elaboracion de Bases en el MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Nº 0001-2002-PROMUDEH, no observo lo dispuesto en la MORDAZA legal mencionada, toda vez que la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad debio definir con precision la cantidad y las caracteristicas de los bienes a adquirir, para lo cual, MORDAZA de iniciar el MORDAZA de adquisicion debio efectuar un estudio sobre las posibilidades que ofrece el MORDAZA, mas aun cuando en el presente MORDAZA, los bienes son de procedencia nacional y otros de procedencia internacional; Que, teniendo en consideracion lo expresado en los parrafos precedentes, se ha configurado los supuestos de nulidad establecidos en el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que senala que son nulos los actos administrativos cuando prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, por lo que, en aplicacion de lo dispuesto por el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones

del Estado, es procedente declarar de oficio la nulidad de dicho MORDAZA, debiendo retrotraerse a la aprobacion de bases, previa reformulacion de las mismas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793, el Decreto de Urgencia Nº 038-2002, los Decretos Supremos Nº 012-2001-PCM y Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de Oficio la Nulidad de la Licitacion Publica Nº 0001-2002-PROMUDEH - Primera Convocatoria para la adquisicion de Utiles de Oficina y Escritorio para el Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, por un valor referencial ascendente a S/. 629,357.84 (SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 84/100 NUEVOS SOLES), debiendo retrotraer el citado MORDAZA a la aprobacion de bases, previa reformulacion de estas, debiendo la dependencia usuaria realizar el estudio de MORDAZA que dispone el Articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y la determinacion del MORDAZA a convocarse, segun corresponda. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a los Miembros integrantes del Comite Especial, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CACHAY MORDAZA Gerencia de Gestion Administrativa 14978

PRODUCCION
Sancionan con multa a armadores pesqueros por infringir la Ley General de Pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 031-2002-PRO/DINSECOVI MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2002

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a tres (3) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de diskette. 4.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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