Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2002 (22/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 22 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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nalidad de establecer los procedimientos y plazos para la eleccion de los representantes de los estudiantes y padres de familia a los Consejos Escolares Consultivos de los centros educativos estatales; Que, los plazos establecidos en la Directiva MORDAZA senalada no ha permitido la eleccion de los representantes a los Consejos Escolares Consultivos en muchos centros educativos estatales, principalmente en las Direcciones Regionales de Educacion; Que, es necesario dar las facilidades necesarias que aseguren la eleccion de los representantes a los Consejos Escolares Consultivos en todos los centros estatales del MORDAZA, para fortalecer su gestion participativa, democratica y transparente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y Decretos Supremos Nº 51-95-ED; Nº 002-96-ED; Nº 007-2001-ED y R.M.Nº 168-2002-ED. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 010-2002/MEVMGI " Ampliacion de los Plazos para la Eleccion del Consejo Escolar Consultivo". Registrese y comuniquese. MORDAZA CHONG MORDAZA Viceministro de Gestion Institucional DIRECTIVA Nº 010-2002-VMGI/OAAE "DIRECTIVA DE AMPLIACION DE LOS PLAZOS PARA LA ELECCION DEL CONSEJO ESCOLAR CONSULTIVO" I. Finalidad La presente Directiva tiene por finalidad de impulsar y facilitar la conformacion y formalizacion de los Consejos Escolares Consultivos en los centros educativos estatales estableciendo la ampliacion de los plazos fijados en la Directiva Nº 008-2002/ME-VMGI para la eleccion de sus miembros. II. Objetivos 2.1 Lograr la conformacion de los Consejos Escolares Consultivos en la totalidad de los Centros Educativos Estatales del pais. 2.2 Promover en los Centros Educativos Estatales la efectiva participacion democratica de estudiantes, docentes y padres de familia a traves de los Consejos Escolares Consultivos. III. Base legal 3.1 Decreto Ley Nº 25762 modificada por la Ley Nº 26510, D.S. Nº 051-95-ED, Organizacion Interna del Ministerio de Educacion y funciones Generales de los Organos que lo integran. 3.2 Decreto Supremo Nº 002-96-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion. 3.3 Decreto Supremo Nº 007-2001-ED. 3.4 Directiva Nº 016 VMGP/UPECUD-2001. 3.5 Decreto Supremo Nº 025-2001-ED. 3.6 Resolucion Ministerial Nº 168-2002-ED " Normas para la Gestion y Desarrollo de las Actividades en los Centros y Programas Educativos". 3.7 Resolucion Viceministerial Nº 073-2002-ED. IV. Alcance 4.1 Direccion de Educacion del Callao 4.2 Direcciones Regionales de Educacion y organos desconcentrados. 4.3 Centros Educativos Estatales. V. Disposiciones Generales 5.1 Los Directores de los organos intermedios y los Directores de los Centros Educativos Estatales difundiran,

orientaran y facilitaran la eleccion y conformacion de los Consejos Escolares Consultivos, dentro de los plazos senalados en la presente Directiva. 5.2 El calendario de ampliacion de los plazos para la eleccion de los representantes a los Consejos Escolares Consultivos que se establece en la presente Directiva, es valido solamente para los centros educativos estatales que no los eligieron en los plazos fijados en la Directiva Nº 08 ­ 2002/ME-VMGI. 5.3 Los centros educativos de las Unidades de Servicios Educativos de la Direccion de Educacion de MORDAZA se sujetaran, para la eleccion de los Consejos Escolares Consultivos, a los plazos establecidos en la Directiva Nº 0038DEL-UGP-2002. VI. Disposiciones especificas 6.1 La eleccion de los representantes de los directivos, docentes, padres de familia y estudiantes a los Consejos Escolares Consultivos, se efectuara dentro de los plazos siguientes: a) Del 26 MORDAZA al 12 de agosto: Sensibilizacion y difusion en los Centros Educativos que no han elegido los Consejos Escolares Consultivos en los plazos establecidos en la Directiva Nº 08-2002/ME-VMGI. b) Del 12 al 29 de agosto: Eleccion de los representantes de los directivos y docentes al Consejo Escolar Consultivo. c) Del 2 al 20 de setiembre: Eleccion de los representantes de los estudiantes al Consejo Escolar Consultivo. d) Del 23 de setiembre al 06 de octubre: Eleccion de los representantes de los padres de familia al Consejo Escolar Consultivo. e) Del 14 al 18 de octubre: Juramentacion de los Consejos Escolares Consultivos. 6.2 El Director de cada Centro Educativo facilitara la conformacion de los Comites Electorales que organicen el MORDAZA en forma democratica, imparcial y participativa, bajo condiciones de eleccion universal y secreta. 6.3 Los directores de los Centros Educativos reconoceran a sus Consejos Escolares Consultivos mediante Decreto Directoral senalando la fecha de su juramentacion y lo elevaran al Organo Intermedio correspondiente, adjuntando MORDAZA de las Actas Electorales. VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 7.1 Para los casos en que los estudiantes y padres de familia senalen irregularidades en los procesos de eleccion los directores de los centros educativos, procederan a la evaluacion respectiva y adoptaran las medidas correctivas, informando de lo resuelto al Organo Intermedio correspondiente. 7.2 Los aspectos relacionados con el MORDAZA eleccionario no contemplados en la presente directiva seran resueltos por los directores de los centros educativos estatales en coordinacion con los organos intermedios de gestion educativa. MORDAZA, 13 de agosto del 2002. MORDAZA CHONG MORDAZA Viceministro de Gestion Institucional 14966

INTERIOR
Establecen Grupo de Trabajo que implementara mecanismos para brindar garantias a ciudadanos en la expedicion de mandatos de detencion, anotacion, ejecucion y levantamiento de requisitorias
RESOLUCION SUPREMA Nº 0779-2002-IN/0103 MORDAZA, 19 de agosto del 2002

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