Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2002 (22/08/2002)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de agosto de 2002

- Un delegado del Comite Internacional de la MORDAZA Roja. El Grupo de Trabajo podra invitar a expertos con experiencia en el tema de requisitorias, a fin de aportar sugerencias para la adopcion de medidas que sobre el particular se formulen. Articulo 3º.- El Grupo de Trabajo tendra un plazo de 90 dias calendario, contados a partir de la fecha de su instalacion, para presentar los resultados de la gestion y coordinacion interinstitucional encomendadas, asi como sus recomendaciones finales. Articulo 4º.- El Ministerio del Interior prestara al Grupo de Trabajo que se conforma mediante la presente Resolucion Suprema, los servicios de Secretaria Tecnica. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros del Interior y Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 14963

Que, la MORDAZA es un derecho fundamental de la persona y, en consecuencia, no se permite forma alguna de restriccion de la MORDAZA personal, salvo en los casos previstos por la Ley de conformidad con el literal b), inciso 24) del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, teniendo como punto de partida el respeto de tales derechos fundamentales, organizaciones no gubernamentales comprometidas con la proteccion de los Derechos Humanos, asi como la Defensoria del Pueblo y comisiones de trabajo conformadas por el Estado, han formulado propuestas respecto a la problematica de homonimias y requisitorias en general, que ameritan una atencion especial; Que, algunas de las recomendaciones formuladas requieren de un seguimiento continuo para su efectiva implementacion, por lo que es necesario conformar un Grupo de Trabajo cuyo objeto principal sea plasmar dichas propuestas en resultados concretos que redunden en garantizar el respeto a la MORDAZA personal, al libre MORDAZA y al MORDAZA de la presuncion de la inocencia; Que, la problematica de las requisitorias no se agota en el tema de las homonimias, sino que obedece a un conjunto de variables de indole legal, organizacional y logistico que requiere ser abordado de manera integral, por lo que es necesario que el referido Grupo de Trabajo tenga un amplio MORDAZA de accion con miras a subsanar otras disfuncionalidades que se presentan en dicha materia; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; concordante con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 370 - Ley Organica del Ministerio del Interior; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer un Grupo de Trabajo encargado de elaborar e implementar mecanismos que brinden garantias a los ciudadanos y ciudadanas en los procedimientos para la expedicion de mandatos de detencion, anotacion, ejecucion y levantamiento de requisitorias. El Grupo de Trabajo tendra en consideracion las recomendaciones que sobre la problematica de homonimias y requisitorias, han sido formuladas por la Defensoria del Pueblo, asi como por comisiones de trabajo conformadas por el Estado y las organizaciones no gubernamentales comprometidas con la proteccion de los Derechos Humanos. Articulo 2º.- El Grupo de Trabajo estara conformado de la siguiente manera: - El Viceministro del Interior, quien lo presidira, pudiendo delegar su representacion; - Un representante del Poder Judicial; - Un representante del Consejo Supremo de Justicia Militar; - Un representante del Ministerio Publico; - Un representante de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru; - Un representante de la Direccion de Telematica de la PNP; - Un representante de la Direccion de la Policia Judicial PNP; - Un representante de la Direccion de Criminalistica PNP; - Un representante de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion; - Un representante del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC); y, - Un representante de la Defensoria del Pueblo. Participan como observadores permanentes del Grupo de Trabajo las siguientes instituciones: - Un representante de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos;

Aceptan renuncia de Director de la Oficina de Telecomunicaciones e Informatica del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1556-2002-IN MORDAZA, 20 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0002-2000-IN/ 0901 de 06ENE2000 se encargo en via de regularizacion al senor ingeniero MORDAZA Ahrens MORDAZA el cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo IV, Categoria F-5, Director de la Oficina de Telecomunicaciones e Informatica del Ministerio del Interior, a partir del 01SET99; Que, luego, mediante Resolucion Suprema Nº 00492000-IN/0901 de 07ENE2000 se designo al referido profesional en el cargo MORDAZA mencionado; Que, el ingeniero MORDAZA Ahrens MORDAZA ha formulado renuncia a dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa - Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, concordante con la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560, y lo establecido en la Ley Organica del Ministerio del Interior - Decreto Legislativo Nº 370 y en la Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos - Ley Nº 27594; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar a partir de la fecha de la presente Resolucion, la renuncia formulada por el senor ingeniero MORDAZA AHRENS MORDAZA al cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo IV, Categoria F-5, Director de la Oficina de Telecomunicaciones e Informatica del Ministerio del Interior, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 14929

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