Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2002 (18/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 18 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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k) Promover y prestar servicios de asistencia tecnica en sanidad agropecuaria, de acuerdo a las politicas y programas establecidos por la autoridad nacional de sanidad agraria. l) Fomentar sistemas de proteccion de biodiversidad y germoplasma. m) Fomentar la investigacion y transferencia de tecnologica y extension agropecuaria. n) Promover, gestionar y administrar el MORDAZA de saneamiento fisico-legal de la propiedad agraria, con la participacion de actores involucrados, cautelando el caracter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas y nativas. o) Promover politicas para generar una cultura de seguridad alimentaria. p) Promover, asesorar y supervisar el desarrollo, conservacion, manejo, mejoramiento y aprovechamiento de cultivos nativos, camelidos sudamericanos y otras especies de ganaderia regional. q) Otorgar permisos, autorizaciones y concesiones forestales, en areas al interior de la region, asi como ejercer labores de promocion y fiscalizacion en estricto cumplimiento de la politica forestal nacional. Articulo 52º.- Funciones en materia pesquera

d) Proponer la creacion de las areas de conservacion regional y local en el MORDAZA del Sistema Nacional de Areas Protegidas. e) Promover la educacion e investigacion ambiental en la region e incentivar la participacion ciudadana en todos los niveles. f) Planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitacion en el ambito del territorio regional y organizar evaluar y tramitar los expedientes tecnicos de demarcacion territorial, en MORDAZA con las politicas y normas de la materia. g) Participar en el diseno de los proyectos de conformacion de macrorregiones. h) Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdiccion. Imponer sanciones ante la infraccion de normas ambientales regionales. i) Formular planes, desarrollar e implementar programas para la venta de servicios ambientales en regiones con bosques naturales o areas protegidas. j) Administrar, en coordinacion con los Gobiernos Locales, las areas naturales protegidas comprendidas dentro de su jurisdiccion, asi como los territorios insulares. Articulo 54º.- Funciones en materia de industria

a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia pesquera y produccion acuicola de la region. b) Administrar, supervisar y fiscalizar la gestion de actividades y servicios pesqueros bajo su jurisdiccion. c) Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos bajo su jurisdiccion. d) Promover la provision de recursos financieros privados a las empresas y organizaciones de la region, con enfasis en las medianas, PYMES y unidades productivas orientadas a la exportacion. e) Desarrollar e implementar sistemas de informacion y poner a disposicion de la poblacion informacion util referida a la gestion del sector. f) Promover, controlar y administrar el uso de los servicios de infraestructura de desembarque y procesamiento pesquero de su competencia, en MORDAZA con las politicas y normas del sector, a excepcion del control y vigilancia de las normas sanitarias sectoriales, en todas las etapas de las actividades pesqueras. g) Verificar el cumplimiento y correcta aplicacion de los dispositivos legales sobre control y fiscalizacion de insumos quimicos con fines pesqueros y acuicolas, de acuerdo a la Ley de la materia. Dictar las medidas correctivas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes. h) Promover la investigacion e informacion acerca de los servicios tecnologicos para la preservacion y proteccion del medio ambiente. i) Velar y exigir el adecuado cumplimiento de las normas tecnicas en materia de pesqueria. Dictar las medidas correctivas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes. j) Vigilar el estricto cumplimiento de las normas vigentes sobre pesca artesanal y su exclusividad dentro de las cinco millas marinas. Dictar las medidas correctivas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes. Articulo 53º.- Funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales. b) Implementar el sistema regional de gestion ambiental, en coordinacion con las comisiones ambientales regionales. c) Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicacion de las estrategias regionales respecto a la diversidad biologica y sobre cambio climatico, dentro del MORDAZA de la estrategias nacionales respectivas.

a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de industria de la region, en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales. b) Impulsar el desarrollo de sus recursos humanos, y la mejora en la productividad y competitividad de sus unidades economicas y el aprovechamiento de las potencialidades regionales. c) Identificar las oportunidades de inversion y promover la iniciativa privada en proyectos industriales. d) Promover la provision de servicios financieros a las empresas y organizaciones sociales productivas de la region, con enfasis en las PYMES y las unidades productivas orientadas a la exportacion, por parte del sector privado. e) Desarrollar, implementar y poner a disposicion de la poblacion sistemas de informacion relevante y util para las empresas y organizaciones de la region, asi como para los niveles regional y nacional. f) Simplificar los tramites y procedimientos administrativos aplicables a las empresas en su jurisdiccion, con enfasis en las medianas y PYMES y las unidades productivas orientadas a la exportacion. g) Organizar ferias regionales y promover la participacion de la region en eventos similares de nivel internacional. Articulo 55º.- Funciones en materia de comercio a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de comercio de la region, en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales, en coordinacion con las entidades del sector publico competentes en la materia. b) Impulsar el desarrollo de los recursos humanos regionales y la mejora en la productividad y competitividad de las unidades economicas de la region, a traves de actividades de capacitacion, provision de informacion y transferencia tecnologica. c) Elaborar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo de la oferta exportable y de promocion de las exportaciones regionales. d) Identificar oportunidades comerciales para los productos de la region y promover la participacion privada en proyectos de inversion en la region. e) Promover la provision de servicios financieros a las empresas y organizaciones de la region, con enfasis en las medianas, PYMES y las unidades productivas orientadas al comercio y a las exportaciones, por parte del sector privado. Articulo 56º.- Funciones en materia de transportes a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia

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