Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2002 (18/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, lunes 18 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a AVIACION DEL SUR S.A., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial - Transporte Aereo Especial. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - MI-8MT. - MI-8MTV-1. ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTOS: MORDAZA, AMAZONAS Y MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, Chachapoyas, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA El Valor, Galilea, MORDAZA, MORDAZA, Cajabamba, MORDAZA MORDAZA, Chiclayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote, Helipuerto Yanacancha, Huascaran / Anta. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, MORDAZA Y MORDAZA DE MORDAZA - Andahuaylas, Cusco/Velasco MORDAZA, Kiteni, Kirigueti, Helipuerto de Superficie El Rocotal, Miaria, MORDAZA MORDAZA, Patria, Quincemil, Taini, MORDAZA (San Francisco), Tangoshiari, MORDAZA, Timpia, MORDAZA, Huaypetue, Iberia, Inapari, MORDAZA, Mazuco, Puerto Maldonado. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA / MORDAZA Ballon, MORDAZA, Ayo, Caravelli, Chala, Chivay, Huambo, MORDAZA, Orcopampa, Sayla, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vitor/San Isidro. DEPARTAMENTOS: ICA, MORDAZA Y HUANCAVELICA - MORDAZA, Palmapampa, Vilcashuaman, Churropampa, MORDAZA de Coris (Helipuerto), Nasca, Ocucaje, MORDAZA, MORDAZA Margarita. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, MORDAZA Y PASCO - Codo del Pozuzo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Tingo MORDAZA, Tournavista, Alto Pichinaqui, Cutivereni, Chichireni, Jauja, Mazamari/Manuel MORDAZA, Potsateni, Poyeni, Puerto Ocopa, Uchubamba, Vado Oroya (Helipuerto), Amuesha / MORDAZA, Iscozasin, Vicco, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Constitucion. DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - Cartavio, MORDAZA Grande, Chagual, Chao, Huamachuco, Pacasmayo, MORDAZA, Urpay. DEPARTAMENTO: MORDAZA - CALLAO - Internacional MORDAZA MORDAZA, Paramonga, San MORDAZA (Helipuerto). DEPARTAMENTO: MORDAZA - Abejaico, Anatico, Andoas, Bellavista, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, Corrientes (Trompeteros), Intuto, Iquitos, MORDAZA MORDAZA, El Estrecho, Paranapura, MORDAZA, San MORDAZA, Yurimaguas, Orellana. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, TACNA Y MORDAZA - Cuajone (Botiflaca), Campamento Ilo, Ilo, MORDAZA, Juliaca, San MORDAZA, Tacna, Toquepala.

DEPARTAMENTOS: TUMBES Y MORDAZA - Tumbes, Bayobar, Huancabamba, MORDAZA, Talara DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - Juanjui, Moyobamba, Palmas del MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA de Biavo, Saposoa (Pona), MORDAZA, Tarapoto, Tocache, Uchiza, Puerto Yarina. DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Breu, Chicosa, Oventeni, Paititi, Pucallpa MORDAZA, Puerto MORDAZA, Sepahua, Yarinacocha. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Andoas. - Aeropuerto de Corrientes (Trompeteros). - Aeropuerto de MORDAZA Mundo. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a AVIACION DEL SUR S.A. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- AVIACION DEL SUR S.A. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- AVIACION DEL SUR S.A. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- AVIACION DEL SUR S.A. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- AVIACION DEL SUR S.A. podra hacer uso de las instalaciones de helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- Las aeronaves de AVIACION DEL SUR S.A. podran operar en las rutas, helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o economico- financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de AVIACION DEL SUR S.A., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece el Reglamento de la referida Ley. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- AVIACION DEL SUR S.A. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- AVIACION DEL SUR S.A. requiere para realizar sus actividades aereas el correspondiente Certificado de Explotador, asi como las Especificaciones Tecnicas de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el

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