Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2002 (18/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 18 de noviembre de 2002

n) Promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad. o) Otras que se le senale por ley expresa. 2. Competencias Compartidas Son Competencias Compartidas, de acuerdo al articulo 36º de la Ley Organica de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, las siguientes: a) Educacion. Gestion de los servicios educativos de nivel inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidad orientados a potenciar la formacion para el desarrollo. b) Salud publica. c) Promocion, gestion y regulacion de actividades economicas y productivas en su ambito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesqueria, industria, comercio, turismo, energia, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente. d) Gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental. e) Preservacion y administracion de las reservas y areas naturales protegidas regionales. f) Difusion de la cultura y potenciacion de todas las instituciones artisticas y culturales regionales. g) Competitividad regional y la promocion de empleo productivo en todos los niveles, concertando los recursos publicos y privados. h) Participacion ciudadana, alentando la concertacion entre los intereses publicos y privados en todos los niveles. i) Otras que se le delegue o asigne conforme a Ley. TITULO II ORGANIZACION DE LOS GOBIERNOS REGIONALES CAPITULO I ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 11º.- Estructura basica Los Gobiernos Regionales tienen la estructura organica basica siguiente: EL CONSEJO REGIONAL, es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Esta integrado por el Presidente Regional, el Vicepresidente Regional y los Consejeros de las provincias de cada region, con un minimo de 7 y un MORDAZA de 25, los mismos que son elegidos por sufragio directo por un periodo de 4 anos. El mandato es irrenunciable, pero revocable conforme a la Ley de la materia. LA PRESIDENCIA REGIONAL, es el organo ejecutivo del Gobierno Regional. El Presidente es elegido por sufragio directo conjuntamente con un Vicepresidente por un periodo de 4 anos. El mandato es irrenunciable, pero revocable conforme a la Ley de la materia. Articulo 12º.- Organizacion del Organo Ejecutivo del Gobierno Regional El Organo Ejecutivo del Gobierno Regional se organiza en Gerencias Regionales coordinadas y dirigidas por una Gerencia General. Se complementa con los organos de linea, apoyo, asesoramiento y control que establece el reglamento correspondiente, conforme lo determine cada Gobierno Regional, de acuerdo a los limites presupuestales asignados para su gasto corriente. CAPITULO II CONSEJO REGIONAL Articulo 13º.- El Consejo Regional Es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. Esta integrado por el Presidente Regional, el Vicepresidente Regional y los Consejeros Regionales elegidos en cada region. Articulo 14º.- Sesiones a. Sesion de instalacion El Consejo Regional es convocado para sesion de instalacion el 1 de enero por el Presidente Regional elegido.

En la sesion de instalacion, el Consejero de mayor edad toma juramento al Presidente; acto seguido, el Presidente Regional toma juramento al Vicepresidente y los consejeros. b. Regimen de sesiones El Consejo Regional se reune en sesiones ordinarias y extraordinarias, de acuerdo a lo que establece su Reglamento. Debera reunirse como minimo en una sesion ordinaria al mes. Adicionalmente se convocara a solicitud de un MORDAZA del numero legal de consejeros. Las sesiones son publicas, salvo excepciones por razones de seguridad nacional y/o regional debidamente establecidas en el Reglamento del Consejo Regional. Para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas, organiza su trabajo en Comisiones. A traves del MORDAZA electronico del Gobierno Regional se difunde a la ciudadania la agenda y las actas de las sesiones. Articulo 15º.- Atribuciones del Consejo Regional Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. b. Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulacion entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinacion Regional. c. Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el MORDAZA del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la Republica y la Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal. d. Aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios. e. Aprobar su Reglamento Interno. f. Fijar la remuneracion mensual del Presidente y Vicepresidente y las dietas de los Consejeros. g. Declarar la vacancia y suspension del Presidente, Vicepresidente y los Consejeros. h. Autorizar, conforme a Ley, las operaciones de credito interno y externo incluidas en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y solicitadas por el Presidente Regional. Las operaciones de credito externo se sujetan a la Ley de Endeudamiento Publico. i. Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional. j. Aprobar la creacion, venta, concesion o contratos, disolucion de sus empresas y otras formas empresariales, bienes y/o activos regionales, conforme a la Constitucion y la Ley. k. Fiscalizar la gestion y conducta publica de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier MORDAZA de interes publico regional. l. Proponer ante el Congreso de la Republica las iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia. m. Proponer la creacion, modificacion o supresion de tributos regionales o exoneraciones, conforme a la Constitucion y la Ley. n. Aprobar el Programa de Promocion de Inversiones y Exportaciones Regionales. o. Aprobar el plan de competitividad regional, los acuerdos de cooperacion con otros gobiernos regionales e integrar las estrategias de acciones macrorregionales. p. Definir la politica permanente del fomento de la participacion ciudadana. q. Aprobar el plan regional de desarrollo de capacidades humanas y el programa de desarrollo institucional. r. Proponer y desarrollar acciones de integracion fronteriza de conformidad con los Convenios y Tratados Internacionales, en acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores. s. Las demas que les corresponda de acuerdo a Ley.

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