Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2002 (18/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, lunes 18 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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Visto el Informe Nº 05-2002-2-0054-EM/IG - "Examen Especial a las Adquisiciones, Licitaciones y Concursos Realizados por la Oficina de Abastecimiento Durante los Anos 2000 y 2001", de fecha 23 de MORDAZA de 2002, emitido por la Oficina de Inspectoria General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 375-2002-EM/ DM, de fecha 22 de agosto de 2002, se constituyo la Comision Especial de Procesos Administrativo Disciplinarios encargada de evaluar el Informe del visto a fin de determinar la procedencia de la instauracion del MORDAZA administrativo disciplinario al Ing. MORDAZA Touzett Gianello, Director General de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 242-2002-EM/ DM de fecha 23 de MORDAZA de 2002, se aprobo el Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energia y Minas; Que, el articulo 23º de dicho Reglamento, establece que el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por resolucion del Titular de la Entidad; Que, el articulo 35º del Reglamento MORDAZA mencionado, establece que las disposiciones senaladas para la constitucion, funcionamiento, atribuciones y procedimiento a seguir de la Comision Permanente, seran de aplicacion para los casos de la Comision Especial; Que, de acuerdo a lo expresado en el Informe Nº 052002-2-0054-EM/IG elaborado por la Oficina de Inspectoria General se le imputa responsabilidad administrativa al Ing. MORDAZA Touzett Gianello, por no hacer constar en actas la instalacion del Comite Especial que MORDAZA en el MORDAZA de seleccion Nº 006-2001-EM/SG llevado a cabo mediante Concurso Publico; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios constituida por Resolucion Ministerial Nº 375-2002-EM/DM, segun Acta Nº 03-2002-MEM-CEPAD, de fecha 22 de agosto de 2002, recomienda que no se instaure MORDAZA administrativo disciplinario al Ing. MORDAZA Touzett Gianello, por cuanto las faltas disciplinarias en que ha incurrido no son de gravedad tal que puedan dar lugar a sancion de cese temporal o destitucion; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 242-2002-EM/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que no hay merito para proceder a la instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario al Ing. MORDAZA Touzett Gianello por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notificar en el plazo de tres (3) dias utiles, contados desde el dia siguiente de la expedicion de la presente Resolucion, al funcionario indicado en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 20287 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 537-2002-EM/DM MORDAZA, 15 de noviembre de 2002 Visto el Informe Nº 05-2002-2-0054-EM/IG - "Examen Especial a las Adquisiciones, Licitaciones y Concursos Realizados por la Oficina de Abastecimiento Durante los Anos 2000 y 2001", de fecha 23 de MORDAZA de 2002, emitido por la Oficina de Inspectoria General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 376-2002-EM/ DM, de fecha 22 de agosto de 2002, se constituyo la Comision Especial de Procesos Administrativo Disciplinarios encargada de evaluar el Informe del visto a fin de determinar la procedencia de la instauracion del MORDAZA administrati-

vo disciplinario al Econ. Alamiro Linan MORDAZA, Director de la Oficina de Informatica del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 242-2002-EM/ DM de fecha 23 de MORDAZA de 2002, se aprobo el Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energia y Minas; Que, el articulo 23º de dicho Reglamento, establece que el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por resolucion del Titular de la Entidad; Que, el articulo 35º del Reglamento MORDAZA mencionado, establece que las disposiciones senaladas para la constitucion, funcionamiento, atribuciones y procedimiento a seguir de la Comision Permanente, seran de aplicacion para los casos de la Comision Especial; Que, de acuerdo a lo expresado en el Informe Nº 052002-2-0054-EM/IG elaborado por la Oficina de Inspectoria General se le imputa responsabilidad administrativa al ex Director de la Oficina General de Sistemas, Econ. Alamiro Linan MORDAZA, por no hacer constar en actas la instalacion del Comite Especial que MORDAZA en el MORDAZA de seleccion Nº 001-2001-EM/SG llevado a cabo mediante Licitacion Publica; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios constituida por Resolucion Ministerial Nº 376-2002-EM/DM, segun Acta Nº 002-2002-MEM-CEPAD, de fecha 17 de setiembre de 2002, recomienda que no se instaure MORDAZA administrativo disciplinario al Econ. Alamiro Linan MORDAZA, por cuanto las faltas disciplinarias en que ha incurrido no son de gravedad tal que puedan dar lugar a sancion de cese temporal o destitucion; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 242-2002-EM/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que no hay merito para proceder a la instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario al Econ. Alamiro Linan MORDAZA por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notificar en el plazo de tres (3) dias utiles, contados desde el dia siguiente de la expedicion de la presente Resolucion, al funcionario indicado en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 20283

Autorizan viaje de Viceministro a Ecuador para participar en reunion de Ministros de Energia de los Paises Miembros de la OLADE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 540-2002-EM/DM MORDAZA, 15 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Peru es miembro de la Organizacion Latinoamericana de Energia - OLADE, entidad que tiene como proposito fundamental la integracion, proteccion, conservacion y defensa de los recursos energeticos de la Region, la misma que cuenta para la consecucion de sus fines con el aporte de sus miembros mediante cuotas y contribuciones que permitan el financiamiento de sus proyectos y actividades; Que, el Secretario Ejecutivo de la Organizacion Latinoamericana de Energia - OLADE, mediante documento de fecha 4 de noviembre de 2002, ha convocado al Ing. MORDAZA Quijandria Salmon, Ministro de Energia y Minas, a la XXXIII Reunion de Ministros de Energia de los Paises Miembros de la OLADE, que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, los dias 19 y 20 de noviembre de 2002; Que, en dicha reunion se tratara el Informe del Secretario Ejecutivo de OLADE; el Informe de la XXXII Junta de

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