Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2003 (12/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, martes 12 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES
VISTO:

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el veintisiete de MORDAZA del presente ano; Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 131-2003GR, se constituyo la Comision Regional de Concurso para seleccionar al Director Regional de Energia y Minas, la misma que fuera modificada por la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 228-2003-GR; Que, mediante el informe de vistos, la Comision Regional de Concurso establece que el MORDAZA de seleccion se ha llevado regularmente, con sujecion al cronograma establecido, no existiendo ningun recurso impugnatorio admitido; Que, el precitado informe establece que el Ingeniero Quimico Metalurgista MORDAZA MORDAZA MUNIZ MORDAZA, es el participante que ha alcanzado el mayor puntaje en el MORDAZA de evaluacion, por lo que al constituirse como el Ganador del Concurso Publico, debe procederse a su Designacion como Director Regional de la Direccion Regional de Energia y Minas, de conformidad con los parrafos tercero y MORDAZA del numeral 5.3.4. de la Directiva Nº 001-CND-P-2003; Que, en tal razon, a efectos de otorgar viabilidad a la designacion del MORDAZA Director Regional de Energia y Minas, debe darse por concluidas las actividades del Director Regional actualmente en funciones; De conformidad con las Leyes Nºs. 27783, 27867, 27902, Resoluciones Presidenciales Nºs. 012-CND-P2003 y 025-CND-2003-P, y en uso de las facultades conferidas por ley; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR POR CONCLUIDA la designacion del Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director Regional de Energia y Minas, a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, dandole las MORDAZA por los servicios prestados al Estado. Articulo 2º.- DESIGNAR a partir de la fecha, al Ingeniero MORDAZA MORDAZA MUNIZ MORDAZA como Director Regional de la Direccion Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de MORDAZA, por haber obtenido el primer puesto y ser declarado ganador del Concurso Publico de Seleccion. Articulo 3º.- NOTIFICAR la presente resolucion con arreglo a ley, a la Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Energia y Minas, Presidencia del Consejo Nacional de Descentralizacion e instancias competentes del Gobierno Regional de Arequipa. Articulo 4º.- DEJESE sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion; y. Articulo 5º.- El egreso que se origine, sera aplicado con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Energia y Minas MORDAZA, del Pliego 443 - Gobierno Regional de MORDAZA, del Presupuesto del Sector Publico para el ejercicio fiscal 2003. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los ocho dias del mes de agosto del dos mil tres. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON Presidente 15070

En sesion extraordinaria de fecha 25 de MORDAZA del 2003, el Informe Nº 002-2003-CE/MDP, del Comite Especial, solicitando ampliacion de vigencia al plazo de la situacion de urgencia declarada con Acuerdo de Concejo Nº 015-2003-MDP, y el Informe Nº 308-2003-MDP/OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, habiendo recibido la notificacion del CONSUCODE a traves del PRONUNCIAMIENTO Nº 097-2003 (GTN), sobre la Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2003-CE/ MDP; las recomendaciones del Comite Especial, mediante Informe Nº 002-2003-CE/MDP, senalando que en concordancia con los argumentos expuestos, recomienda retrotraer el MORDAZA hasta la etapa de elaboracion de Bases; Que, visto el Informe Nº 308-2003-MDP/OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica, que en base al PRONUNCIAMIENTO Nº 097-2003 (GTN) y al Informe Nº 002-2003CE/MDP, es procedente declarar la nulidad del MORDAZA, retrotrayendolo hasta la elaboracion de las bases; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 576-2003MDP/A, publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 20 de MORDAZA de 2003, se declara la nulidad de oficio la Licitacion Publica Nº 0001-2003-CE/MDP, debiendose retrotraer el MORDAZA a la etapa de elaboracion de las bases; Que, a la fecha se ha vencido el plazo de vigencia de la situacion de urgencia, que comprende los meses de MORDAZA y junio, declarados con Acuerdo de Concejo Nº 0152003-MDP, por lo que es imprescindible adquirir productos alimenticios, para cubrir la necesidad de atender las raciones diarias que demanda el Programa, con exoneracion del MORDAZA de seleccion hasta su correspondiente ejecucion, y efectuarlo por la modalidad de Adquisicion de Menor Cuantia; Que, con el acuerdo anotado, el Comite Especial culminara la elaboracion de las bases administrativas y procedera a la ejecucion del MORDAZA de seleccion, acatando la recomendacion del CONSUCODE, lo contrario conllevaria a la nulidad de pleno derecho del MORDAZA de seleccion, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil o penal del Comite de Administracion, del Comite Especial y del Alcalde; Que, de conformidad a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento el MORDAZA de licitacion publica nacional demanda una duracion aproximada de 60 dias, considerando todas y cada una de las etapas de dicho MORDAZA de seleccion hasta la suscripcion del contrato, lo que generaria, de esta forma, un lapso de tiempo de desabastecimiento de productos al PVL, debiendose asegurar la continuidad del funcionamiento del programa, dada las serias implicancias que conllevaria su paralizacion o interrupcion para la salud de los MORDAZA de ninos, madres gestantes y demas beneficiarios del Programa; Que, es imprescindible ampliar en 60 dias la vigencia de la declaracion de urgencia al suministro de productos al Programa del Vaso de Leche, declarado con Acuerdo de Concejo Nº 015-2003-MDP, a fin de asegurar el abastecimiento de productos al Programa en mencion, y adoptar acciones inmediatas para atender en forma normal las raciones diarias que demanda el Programa del Vaso de Leche senaladas en la Ley Nº 27470 y su modificatoria la Ley Nº 27712; Que, el articulo 19º, del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, sobre Exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, senala en el inciso c) que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Emergencia o de Urgencia declaradas de conformidad con la presente ley; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 22º de la acotada ley, se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, lo que faculta a esta, a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Autorizan adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche mediante MORDAZA de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2003-MDP/C MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2003

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